Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2009 (13/11/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de noviembre de 2009 405998 Transporte de Vehículos Menores incluidas en el Plan Regulador, aprobado en el artículo anterior, previa evaluación de la documentación correspondiente; así como las Personas Jurídicas incluidas en dicho Plan, que a la entrada en vigencia de la presente Norma no cuenten con Resolución de Circulación para la prestación del servicio de Transporte de Vehículos Menores en el ámbito de la Jurisdicción Distrital, ya sea por caducidad o por no haber sido renovadas oportunamente. Además, de aquellas donde los paraderos y la fl ota sean modifi cados según el nuevo Plan Regulador aprobado. Artículo Cuarto.- Otórguese un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto, para la presentación de propuestas por parte de las Personas Jurídicas que cuenten con Inscripción Registral en la prestación del servicio en los 22 Paraderos, los cuales están distribuidos en las zonas 7, 10, 11 y 14, pertenecientes a la Zonas de Santa Clara, Huaycán y el AA. HH. Valle Amauta, cuya demanda de servicio requiere de 411 unidades, para cuyos efectos deberán cumplir los requisitos establecidos en el TUPA vigente. Para la evaluación de propuestas se debe de tener en cuenta los siguientes criterios técnicos – legales: • Antigüedad en la prestación de servicio, la cual deberá ser de 3 años como mínimo. • Prioridad en la presentación de solicitudes. • Cumplimiento de los requisitos establecidos en el párrafo anterior para obtener la Resolución de Circulación. • Cumplimiento de los términos señalados en el Plan Regulador respecto a la zona de trabajo, ubicación de paraderos y unidades requeridas. Una vez cumplido el plazo establecido, en caso no se presentaran propuestas para cubrir la demanda de servicio en dichas Zonas de Trabajo, la Sub Gerencia de Vialidad y Transportes evaluará la posibilidad de otorgar Resoluciones de Circulación a las Personas Jurídicas de Transportes incluidas en el Plan Regulador, los cuales operen en las referidas zonas de trabajo, teniendo en cuenta los siguientes criterios técnicos: - La fl ota existente de la Persona Jurídica autorizada. - La distancia próxima entre el paradero de la Persona Jurídica autorizado y el paradero propuesto ofertado. Artículo Quinto.- La prestación del Servicio de Transporte en Vehículo Menor en el Distrito de Ate, se efectúa de acuerdo a las especifi caciones técnicas señaladas en el Plan Regulador aprobado en la presente norma, en virtud de lo cual a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto, todas aquellas Personas Jurídicas que no se encuentran incluidas en el Plan Regulador aprobado y que brinden el servicio de transporte señalado, o las Personas Naturales que presten el referido servicio en la Jurisdicción del Distrito de Ate sin contar con la Autorización Municipal correspondiente, serán objeto de sanción administrativa de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas derivadas de la función fi scalizadora, aprobada por la Ordenanza Nº 170/MDA. Artículo Sexto.- ENCÁRGUESE el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Vialidad y Transportes, y a la Sub Gerencia de Fiscalización Municipal en el ámbito de sus competencias. Artículo Sétimo.- DERÓGUESE el Decreto de Alcaldía Nº 004, de fecha 29 de enero de 2001, y todas aquellas disposiciones complementarias, ampliatorias o modifi catorias que se opongan a la presente Norma Reglamentaria. Artículo Octavo.- PUBLÍQUESE el presente Decreto, en el Diario Ofi cial El Peruano. Y en el Portal de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), el íntegro del Anexo I, señalado en el artículo primero del presente. Artículo Noveno.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente a su Publicación hasta el 31 de diciembre de 2010. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOHNNY W. VASQUEZ ARANA Teniente Alcalde Alcalde (e) 421555-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban la Directiva Nº 010-2009/ MSI “Disposiciones para el Sorteo VPSI - 2009” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015 San Isidro, 10 noviembre de 2009 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO VISTOS, el Proyecto de Directiva N° 010-2009/MSI “Disposiciones para el Sorteo VPSI – 2009”; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 264-MSI, se aprueba el Programa de Incentivos VPSI”, dirigido a incentivar a los contribuyentes personas naturales propietarias de predios destinados a uso Casa-Habitación que se encuentren al día en el pago de sus obligaciones tributarias; Que, la Primera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ordenanza Nº 264-MSI, establece que dentro de los benefi cios del Programa de Incentivos para el Vecino Puntual Sanisidrino en el 2009 se sorteará un Vehículo Cero Kilómetros; Que, la Segunda Disposición Complementaria y Transitoria de la Ordenanza Nº 264-MSI, faculta al Alcalde para que mediante Decreto dicte las disposiciones reglamentarias para la adecuada aplicación de la citada Ordenanza; Que, resulta necesario establecer las disposiciones que regulen la ejecución y control del sorteo del Programa de Incentivos VPSI, a efectuarse entre los contribuyentes personas naturales, propietarias de predios destinados a uso Casa-Habitación, que se encuentren al día en el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébese la Directiva N° 010-2009/MSI “Disposiciones para el Sorteo VPSI – 2009”. Artículo 2º.- Autorícese a las Gerencias de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y Administración y Finanzas, para que con cargo al presupuesto, dispongan el pago del premio del Sorteo VPSI - 2009. Artículo 3º.- Confórmese la Comisión Organizadora del “SORTEO VPSI 2009”, que estará constituida por los siguientes Funcionarios: - Gerente de Administración Tributaria, quien la Presidirá; - Subgerente de Registro y Fiscalización Tributaria, como Secretario de la Comisión; - Subgerente de Control y Recaudación, como miembro; - Gerente de Administración y Finanzas, como miembro; - Gerente de de Tecnologías de la Información y Comunicación, como miembro; - Subgerente de Logística y Servicios Generales, como miembro; y, - Subgerente de Comunicaciones e Imagen, como miembro. Artículo 4º.- Encárguese a la Comisión Organizadora conformada en el artículo anterior, la ejecución y control del SORTEO VPSI - 2009, así como el cumplimiento de la Directiva aprobada en el presente Decreto. Regístrese, comuníquese y publíquese. E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde