Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2009 (20/11/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES

406309

al derecho de las personas con discapacidad a gozar de condiciones adecuadas de seguridad y autonomia como elemento primordial para el desarrollo de las actividades de la MORDAZA diaria, sin restricciones del ambito fisico, MORDAZA, arquitectonico de transporte y/o comunicaciones para su integracion y equiparamiento de oportunidades. Asimismo, el articulo 62º de dicha MORDAZA, establece una serie de disposiciones tecnicas especificas para que las ciudades cuenten con infraestructura de uso comunitario, publico y privado, que brinde facilidades de movilidad, desplazamiento y servicios para las personas con discapacidad. En dicho sentido, se establece que los desniveles entre aceras y calzadas se salvaran mediante rampas que se ubicaran obligatoriamente en los cruces peatonales sobre calzadas vehiculares, complementando dicha disposicion con una serie de normas tecnicas sobre rampas. Mediante Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, se aprueban 66 Normas Tecnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones ­ MORDAZA A.120 Accesibilidad para Personas con Discapacidad, que establece las condiciones y especificaciones tecnicas de diseno para la elaboracion de proyectos y ejecucion de obras de edificacion y para la adecuacion de las existentes, con el fin de hacerlas accesibles a las personas con discapacidad, precisando que se deberan crear ambientes y rutas accesibles que permitan el desplazamiento y la atencion de las personas con discapacidad. El Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, Reglamento General de la SUNASS, establece en su articulo 19º que la funcion normativa permite a la SUNASS dictar de manera exclusiva, dentro de su ambito de competencia, reglamentos, directivas y normas de caracter general aplicables a intereses, obligaciones o derechos de las EPS o actividades bajo su ambito o de sus usuarios. Por su parte, el articulo 55º, literal b) del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Servicios de Saneamiento, dispone que la EPS tienen entre otras funciones la operacion, mantenimiento y renovacion de las instalaciones y equipos utilizados en la prestacion de los servicios de saneamiento, en dicho sentido las EPS para el cumplimiento de la prestacion del servicio, cotidianamente deben destruir y reponer pistas y aceras a fin de mantener y renovar la infraestructura de los servicios de saneamiento. Con Oficio Nº 073-2009/ALC-MDS, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Surquillo senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita a la SUNASS que establezca, mediante disposicion normativa, pautas para que las EPS cumplan con las normas vinculadas a la accesibilidad de las personas con discapacidad, en los procesos constructivos para la instalacion de agua potable y alcantarillado. Por lo MORDAZA expuesto y conforme a la obligacion de las EPS de cumplir con lo establecido en la legislacion de las personas con discapacidad, corresponde a la SUNASS emitir una Directiva especifica que complemente las disposiciones sobre accesibilidad de las personas con discapacidad, referida a la ejecucion de obras por parte de las EPS en los casos de mantenimiento o renovacion de las instalaciones de saneamiento que conlleve la destruccion de la vereda. II.- IMPACTO ESPERADO El Estado se encuentra en la obligacion de establecer politicas con el objeto de lograr igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, en dicho sentido la Directiva propuesta contribuira a que el MORDAZA cuente con infraestructura que brinde facilidades de movilidad y desplazamiento para las personas con discapacidad, beneficiando a un total de 18,911 discapacitados con limitacion por locomocion1 a nivel nacional.

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
Disponen inscripcion del fondo de inversion denominado "Fondo Emprendedores - TCHN, Fondo de Inversion Publico" en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DIRECTORAL DE PATRIMONIOS AUTONOMOS N° 025-2009-EF/94.06.2 MORDAZA, 11 de noviembre de 2009 VISTOS: El Expediente N° 2009020332 iniciado por Popular S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversion, asi como el Informe N° 571-2009-EF/94.06.2 del 05 de noviembre de 2009; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV N° 0232007-EF/94.10 del 23 de marzo de 2007, se autorizo el funcionamiento de Popular S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversion para administrar unicamente fondos de inversion; Que, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 28 del Reglamento de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 042-2003-EF/94.10 y sus modificatorias, Popular S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversion, mediante escrito presentado el 24 de junio de 2009, complementado el 23 y 24 de MORDAZA, 11 de agosto, 8 de setiembre, 5, 14, 15, 26 y 27 de octubre de 2009, solicito la inscripcion del fondo de inversion denominado "Fondo Emprendedores ­ TCHN, Fondo de Inversion Publico", en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de la evaluacion a la documentacion presentada se ha determinado que Popular S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversion ha cumplido con lo dispuesto en los articulos 9 y 23 del Decreto Legislativo N° 862, Ley de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, el articulo 28 y el Anexo D del Reglamento de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolucion CONASEV N° 042-2003-EF/94.10 y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002-EF; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 2º inciso a) del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, asi como el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 0562002-EF; y, en aplicacion de lo dispuesto en el articulo 32 literales c) y f) del Reglamento de Organizacion y Funciones de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2007-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la inscripcion del fondo de inversion denominado "Fondo Emprendedores ­ TCHN, Fondo de Inversion Publico", en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2°.- La publicidad que realice Popular S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversion para promocionar el fondo de inversion a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion, no debe inducir a

1

Segun fuente de CONADIS al ano 2008, http://www.conadisperu. gob.pe 424665-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.