Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2009 (01/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

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para el periodo 2009 ­ 2010 cesaran en sus funciones el 31 de marzo del 2010. Tercera.- De acuerdo al MORDAZA legal vigente, la regulacion del computo de plazos para las diferentes acciones administrativas contenidas en la Ley Nº 29318 se aplica a partir de su vigencia, inclusive a los casos en que el plazo se hubiera iniciado MORDAZA de su promulgacion. Cuarta.- De conformidad con la Ley Nº 29357 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, las menciones al Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores se entenderan referidas al Viceministro. Asimismo, los demas cargos y unidades organicas aludidos en el presente Reglamento, se adecuaran a los cargos y unidades organicas que se aprueben en el Reglamento de Organizacion y Funciones y el Cuadro de Asignacion de Personal, segun corresponda. Quinta.- El Ministerio de Relaciones Exteriores implementara lo dispuesto en el articulo 174º del presente reglamento mediante la aprobacion de las disposiciones legales correspondientes. Disposiciones Complementarias Transitorias Primera.- El funcionario diplomatico que, a la entrada en vigencia de la Ley Nº 29318, se encuentre en la Situacion de Disponibilidad por un periodo acumulado mayor a tres (3) anos y menor a cinco (5) anos, tiene el derecho de presentar su "Solicitud de Reincorporacion a la Situacion de Actividad" en un plazo MORDAZA de 30 dias siguientes a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. La reincorporacion es en forma automatica, debiendo expedirse la Resolucion Vice Ministerial en un periodo MORDAZA de cinco (5) dias. Segunda.- Solo en casos excepcionales y por conveniencia del Servicio Diplomatico, puede extenderse el plazo de permanencia en la Situacion de Disponibilidad hasta por dos anos mas. La solicitud se resolvera por Resolucion Ministerial en un plazo MORDAZA de quince (15) dias y la extension que se apruebe se contara a partir de la fecha en que se cumplieron los tres (3) anos acumulados en la Situacion de Disponibilidad. En el caso que la solicitud no sea aprobada el funcionario tiene el derecho de presentar la "Solicitud de Reincorporacion a la Situacion de Actividad" dentro de los cinco (5) dias siguientes a la recepcion de la notificacion correspondiente. La reincorporacion es en forma automatica, debiendo expedirse la Resolucion Vice Ministerial en un periodo MORDAZA de cinco (5) dias. Tercera.- El funcionario diplomatico que, a la entrada en vigencia de la Ley Nº 29318, se encuentre en la Situacion de Disponibilidad por un periodo acumulado mayor a cinco (5) anos y menor a ocho (8) anos, tiene el derecho de presentar su "Solicitud de Reincorporacion a la Situacion de Actividad" en un plazo MORDAZA de 30 dias siguientes a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto Supremo. La reincorporacion es en forma automatica, debiendo expedirse la Resolucion Vice Ministerial en un periodo MORDAZA de cinco (5) dias. Cuarta.- La Bonificacion Anual equivalente a un MORDAZA adicional y la bonificacion diferencial para los funcionarios nombrados a prestar servicios en una mision "B" que corresponda a las misiones de condiciones de trabajo y de MORDAZA dificiles que generan el derecho a determinados beneficios establecidos en el articulo 33º de la Ley, en concordancia con el literal b) del Articulo 100º, y en el literal c) del articulo 172º del presente Reglamento, se otorgaran a partir del ano 2009, siempre que la disponibilidad presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores y el MORDAZA legal vigente, asi lo permitan. Quinta.- En el MORDAZA de ascensos del ano 2009 no se exigira a los Primeros Secretarios el requisito establecido en el inciso d) del Articulo 36º de la Ley, debiendo cumplir con los demas requisitos senalados en dicha norma. Sexta.- En el MORDAZA de ascensos del ano 2009 no se exigira a los Consejeros el requisito establecido en el inciso b) del Articulo 36º A de la Ley, debiendo cumplir con los demas requisitos senalados en dicha norma. Septima.- En el MORDAZA de ascensos del ano 2009 no se exigira a los Ministros Consejeros los requisitos establecidos en inciso e) del Articulo 34º e inciso e) del Articulo 37º de la Ley, debiendo cumplir con un plazo

minimo de permanencia en su categoria de tres (3) anos y los demas requisitos senalados en dicha norma. Octava.- En el MORDAZA de ascensos del ano 2009 no se exigira a los Ministros los requisitos establecidos en inciso f) del Articulo 34º de la Ley, debiendo cumplir con un plazo minimo de permanencia en su categoria de tres (3) anos y los demas requisitos senalados en dicha norma. Disposicion Complementaria Derogatoria Unica.- Deroguense los articulos 32º, 33º, 34º, 35º, 55º, 71º, 107º, 175º, 176º, 177º, 178º y 184º; y la primera, MORDAZA, tercera, sexta y septima disposiciones transitorias del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE. Articulo 4º.- De la Vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5º- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de setiembre del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 404566-8

Autorizan al Ministerio de Relaciones Exteriores efectuar pago de cuota a diversos organismos internacionales
RESOLUCION SUPREMA Nº 315-2009-RE MORDAZA, 30 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, es obligacion del Peru cumplir con el pago de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores se ha previsto recursos para el pago de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo y en funcion a la disponibilidad de la MORDAZA Fiscal; De conformidad con lo establecido en el articulo 67º, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores a efectuar el pago de US$ 620,000 (Seiscientos veinte mil y 00/100 dolares de los Estados Unidos de America) a los siguientes organismos internacionales:
ORGANISMO SECRETARIA GENERAL DE LA COMUNIDAD MORDAZA Saldo del IV trimestre 2008 y pago parcial del I trimestre 2009 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD MORDAZA Saldo del IV trimestre 2008 y pago parcial del I trimestre 2009 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA 510,000.00

110,000.00

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