Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2009 (01/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

403611

VISTO: El Registro Nº 6262 que adjunta el Informe Nº 024-2009-DICON/INEN, de la Direccion de Control del Cancer, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28748 se creo como Organismo Publico Descentralizado al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas - INEN, con personeria juridica de derecho publico interno con autonomia, entre otros, de caracter normativo, adscrito al Sector Salud; Que, conforme a la Ley Organica del Poder Ejecutivo y en concordancia con el Decreto Supremo Nº 034-2008PCM, se califico al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas - INEN como Organismo Publico Ejecutor; Que, el Articulo 37-Aº del Reglamento de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2002-SA y sus modificatorias precisan que el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas - INEN tiene como mision proteger, promover, prevenir y garantizar la atencion integral del MORDAZA oncologico, dando prioridad a las personas de escasos recursos economicos; asi como, controlar, tecnica y administrativamente, a nivel nacional los servicios de salud de las enfermedades neoplasicas y realizar las actividades de investigacion y docencia propias del Instituto; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del INEN aprobado con Decreto Supremo Nº 0012007-SA, precisa en el Articulo 3º su autonomia normativa en el extremo de normar tecnicamente la promocion, prevencion, diagnostico, manejo, rehabilitacion y seguimiento del cancer en el MORDAZA, dentro del MORDAZA de las politicas sectoriales, refiriendose estas como "normas tecnicas oncologicas"; ello en concordancia con lo establecido por el literal g) del Articulo 6º del ROF que precisa como funcion general del INEN el innovar, emitir y difundir a nivel nacional, las normas, guias, metodos, tecnicas, indicadores y estandares de los procesos de promocion de la salud, prevencion de enfermedades neoplasicas, recuperacion de la salud, rehabilitacion y otros procesos relacionados especificamente con el MORDAZA oncologico; Que, asimismo, el Articulo 24º del ROF establece que la Direccion de Control del Cancer es el organo tecniconormativo encargado de planificar, proponer las normas y conducir, a nivel nacional, los procesos de promocion de la salud en el MORDAZA oncologico, de prevencion de enfermedades neoplasicas, de epidemiologia, de informacion para la salud, de investigacion en oncologia y de docencia y educacion especializada en oncologia; asi como de conducir la formulacion, sistematizacion y difusion de las normas tecnicas oncologicas y de los estandares de calidad de los servicios de salud oncologicos a nivel nacional, a los que controla tecnicamente en cumplimiento a las normas vigentes; Que, en ese orden de ideas, mediante el documento de visto se ha presentando para su aprobacion, el proyecto de "Directiva para la supervision, monitoreo, evaluacion y medicion de la calidad de Institutos Macrorregionales, Departamentos/Servicios de Oncologia/Unidades Oncologicas dedicadas al manejo integral del Cancer en Hospitales del Ministerio de Salud y Preventorios del Cancer y otras enfermedades cronicas", la misma que cuenta con el visto MORDAZA de la Direccion de Control del Cancer y sus unidades organicas, por lo que es necesario oficializar la misma; Con el visto MORDAZA de la Sub Jefatura Institucional, de la Secretaria General, de la Direccion de Control del Cancer, de la Oficina de Asesoria Juridica y la opinion de la Oficina de Organizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del INEN; En uso de las atribuciones establecidas en el Articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del INEN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2007-SA; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el documento denominado "Directiva para la supervision, monitoreo, evaluacion y medicion de la calidad de Institutos macrorregionales, Departamentos/Servicios de Oncologia/Unidades Oncologicas dedicadas al manejo integral del cancer en hospitales del Ministerio de Salud y preventorios del

cancer y otras enfermedades cronicas", la misma que en anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Encargar la difusion de la presente Resolucion a la Direccion de Control del Cancer, en el MORDAZA de la autonomia normativa del INEN conforme a su Ley de creacion. Articulo Tercero.- Disponer que la presente Resolucion se publique en el Diario Oficial El Peruano y su anexo en el MORDAZA Electronico del INEN. Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Jefe Institucional 404007-1

Aprueban "Guia Nacional para la implementacion y funcionamiento de los preventorios del cancer y otras enfermedades cronicas"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 326-2009-J/INEN MORDAZA, 25 de setiembre del 2009 VISTO: El Registro Nº 6300 que adjunta el Informe Nº 290-2009-DICON/INEN, de la Direccion de Control del Cancer, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28748 se creo como Organismo Publico Descentralizado al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas - INEN, con personeria juridica de derecho publico interno con autonomia, entre otros, de caracter normativo, adscrito al Sector Salud; Que, conforme a la Ley Organica del Poder Ejecutivo y en concordancia con el Decreto Supremo Nº 034-2008PCM, se califico al Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas - INEN como Organismo Publico Ejecutor; Que, el Articulo 37-Aº del Reglamento de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo Nº 013-2002-SA y sus modificatorias precisan que el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas - INEN tiene como mision proteger, promover, prevenir y garantizar la atencion integral del MORDAZA oncologico, dando prioridad a las personas de escasos recursos economicos; asi como, controlar, tecnica y administrativamente, a nivel nacional los servicios de salud de las enfermedades neoplasicas y realizar las actividades de investigacion y docencia propias del Instituto; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del INEN aprobado con Decreto Supremo Nº 0012007-SA, precisa en el Articulo 3º su autonomia normativa en el extremo de normar tecnicamente la promocion, prevencion, diagnostico, manejo, rehabilitacion y seguimiento del cancer en el MORDAZA, dentro del MORDAZA de las politicas sectoriales, refiriendose estas como "normas tecnicas oncologicas"; ello en concordancia con lo establecido por el literal g) del Articulo 6º del ROF que precisa como funcion general del INEN el innovar, emitir y difundir a nivel nacional, las normas, guias, metodos, tecnicas, indicadores y estandares de los procesos de promocion de la salud, prevencion de enfermedades neoplasicas, recuperacion de la salud, rehabilitacion y otros procesos relacionados especificamente con el MORDAZA oncologico; Que, asimismo, el Articulo 24º del ROF establece que la Direccion de Control del Cancer es el organo tecniconormativo encargado de planificar, proponer las normas y conducir, a nivel nacional, los procesos de promocion de la salud en el MORDAZA oncologico, de prevencion de enfermedades neoplasicas, de epidemiologia, de informacion para la salud, de investigacion en oncologia y de docencia y educacion especializada en oncologia; asi como de conducir la formulacion, sistematizacion y difusion de las normas tecnicas oncologicas y de los estandares

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