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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 5 de octubre de 2009 403977 m, ubicado en el distrito de Cayna, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, con coordenadas planas del Sistema de Proyección UTM: Este (X): 350066.2019 y Norte (Y): 8869192.0249, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva”. 4. Modifi car el numeral 4º de la sección de acuerdos del Acuerdo Nº 0082, de fecha 22 de febrero de 2007, de la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, que dice: “Aprobar el Plano Perimétrico del sitio arqueológico Gantu Jirca Nº 423-INC-PETT-2005, a escala 1/10000, de fecha octubre 2005, con un área de 55.9744 ha y un perímetro de 3724.57 m, ubicado en el distrito de Cayna, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva”, debiendo decir: “Aprobar el Plano perimétrico de código Nº 423-INC-PETT-2005, de fecha octubre de 2005, a escala 1/10000, del sitio arqueológico “Gantu Jirca”, en el Datum PSAD56, Zona 18 Sur, con un área de 55.9744 ha y un perímetro de 3724.57 m, ubicado en el distrito de Cayna, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, con coordenadas planas del Sistema de Proyección UTM: Este (X): 350650.8371 y Norte (Y): 8868580.1434, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva”. 5. Modifi car el numeral 5º de la sección de acuerdos del Acuerdo Nº 0082, de fecha 22 de febrero de 2007, de la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, que dice: “Aprobar el Plano Perimétrico del sitio arqueológico Curpa Cancha Sector I y Sector II Nº 424-INC-PETT-2005, a escala 1/2000, de fecha octubre 2005, Sector I con un área de 1.6248 ha y un perímetro de 978.27 m; Sector II con un área de 10.7496 ha y un perímetro de 2,062.65 m, ubicado en el distrito de Cayna, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva”, debiendo decir: “Aprobar el Plano perimétrico de código Nº 424-INC-PETT-2005, de fecha octubre de 2005, a escala 1/2000, del sitio arqueológico “Curpa Cancha Sector I y Sector II”, en el Datum PSAD56, Zona 18 Sur, con un Sector I de área de 1.6248 ha y perímetro de 978.27 m, y un Sector II de área 10.7496 ha y perímetro de 2,062.65 m, ubicado en el distrito de Cayna, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, con coordenadas planas del Sistema de Proyección UTM: Este (X): 349544.7733 y Norte (Y): 8872054.2189, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva”. 6. Modifi car el numeral 4º de la sección de acuerdos del Acuerdo Nº 0082, de fecha 22 de febrero de 2007, de la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, que dice: “Aprobar el Plano Perimétrico del sitio arqueológico Estanco Nº 425-INC-PETT-2005, a escala 1/1000, de fecha octubre 2005, con un área de 1.9218 ha y un perímetro de 581.07 m, ubicado en el distrito de Cayna, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva”, debiendo decir: “Aprobar el Plano perimétrico de código Nº 425-INC-PETT-2005, de fecha octubre de 2005, a escala 1/1000, del sitio arqueológico “Estanco”, en el Datum PSAD56, Zona 18 Sur, con un área de 1.9218 ha y un perímetro de 581.07 m, ubicado en el distrito de Cayna, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, con coordenadas planas del Sistema de Proyección UTM: Este (X): 346620.9199 y Norte (Y): 8876069.5854, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva”. Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en los siguientes cuadros: Departamento Huánuco Provincia Ambo Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 UTM Este UTM Norte Gantu Jirca Cayna 350650.8371 8868580.1434 Curpa Cancha Sector I y Sector II Cayna 349544.7733 8872054.2189 Estanco Cayna 346620.9199 8876069.5854 Departamento Huánuco Provincia Ambo Nombre del paisaje Distrito Datum PSAD56 Zona 18 cultural arqueológico UTM Este UTM Norte Ingenio y Andenes de Pincullullog Cayna 350375.0606 8869974.7447 Vinchos Pata y Andenes de Hatun Viroy Cayna 350066.2019 8869192.0249 Artículo 2º.- Aprobar los expedientes técnicos (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) de los siguientes monumentos arqueológicos prehispánicos ubicados en el distrito de Cayna, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros que a continuación se consignan: Nombre del Monumento Arqueológico Prehispánico Nº de Plano en Datum PSAD56 Área (ha) Perímetro (m) Gantu Jirca 423-INC-PETT-2005 55.9744 3724.57 Curpa Cancha Sector I y Sector II 424-INC-PETT-2005 1.6248 (S. I) 978.27 (S. I) 10.7496 (S. II) 2062.65 (S. II) Estanco 425-INC-PETT-2005 1.9218 581.07 Ingenio y Andenes de Pincullullog 427-INC-PETT-2005 27.9529 3246:87 Vinchos Pata y Andenes de Hatun Viroy 426-INC-PETT-2005 54.8423 6075.49 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el artículo 1º y de los planos señalados en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 405264-18 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1378/INC Lima, 15 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia;