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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 5 de octubre de 2009 403976 Que, mediante Acuerdo Nº 0946, de fecha 05 de diciembre de 2008, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó ratifi car lo recomendado en el Acuerdo Nº 0797, mencionado en el tercer considerando de la presente resolución; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación al monumento arqueológico prehispánico cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departamento Ayacucho Provincia Lucanas Nombre del sitio Distrito Datum PSAD56 Zona 18 Datum WGS84 Zona 18 arqueológico UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Huallhuay Aucará 610 877 8 421 328 610 653 8 420 960 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Regional de Cultura de Ayacucho la elaboración del expediente técnico del monumento arqueológico prehispánico mencionado en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico prehispánico declarado patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 405264-17 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1377/INC Lima, 15 de setiembre de 2009 CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un organismo público descentralizado del sector educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 1593-2008-SDIC-DA- DREPH/ INC, de fecha 05 de setiembre de 2008, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología recomienda modifi car los numerales 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º de la sección de acuerdos del Acuerdo Nº 0082, de fecha 22 de febrero de 2007, de la Sesión 05 de la Comisión Nacional Técnica de Arqueología; Que, mediante Acuerdo Nº 0703, de fecha 25 de setiembre de 2008, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, acordó lo siguiente: 1. Modifi car el numeral 1º de la sección de acuerdos del Acuerdo Nº 0082, de fecha 22 de febrero de 2007, de la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, que dice: “Recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declare Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos: Gantu Jirca, Curpa Cancha Sector I y Sector II, Estanco, y Paisaje Cultural Arqueológico Ingenio y Andenes de Pincullullog, Vinchos Pata y Andenes de Hatun Viroy, ubicados en el distrito de Cayna, provincia de Ambo, departamento de Huánuco”, debiendo decir: “Recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declare patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos siguientes: • Sitio arqueológico “Gantu Jirca”, ubicado en el distrito de Cayna, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, en las coordenadas planas del Sistema de Proyección UTM: Este (X): 350650.8371 y Norte (Y): 8868580.1434 en el Datum PSAD56, Zona 18 Sur. • Sitio arqueológico “Curpa Cancha Sector I y Sector II”, ubicado en el distrito de Cayna, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, en las coordenadas planas del Sistema de Proyección UTM: Este (X): 349544.7733 y Norte (Y): 8872054.2189 en el Datum PSAD56, Zona 18 Sur. • Sitio arqueológico “Estanco”, ubicado en el distrito de Cayna, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, en las coordenadas planas del Sistema de Proyección UTM: Este (X): 346620.9199 y Norte (Y): 8876069.5854 en el Datum PSAD56, Zona 18 Sur. • Paisaje cultural arqueológico “Ingenio y Andenes de Pincullullog”, ubicado en el distrito de Cayna, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, en las coordenadas planas del Sistema de Proyección UTM: Este (X): 350375.0606 y Norte (Y): 8869974.7447 en el Datum PSAD56, Zona 18 Sur. • Paisaje cultural arqueológico “Vinchos Pata y Andenes de Hatun Viroy”, ubicado en el distrito de Cayna, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, en las coordenadas planas del Sistema de Proyección UTM: Este (X): 350066.2019 y Norte (Y): 8869192.0249 en el Datum PSAD56, Zona 18 Sur”. 2. Modifi car el numeral 2º de la sección de acuerdos del Acuerdo Nº 0082, de fecha 22 de febrero de 2007, de la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, que dice: “Aprobar el Plano Perimétrico del paisaje cultural arqueológico Ingenio y Andenes de Pincullullog Nº 427- INC-PETT-2005, a escala 1/10000, de fecha octubre 2005, con un área de 27.9529 ha y un perímetro de 3246.87 m, ubicado en el distrito de Cayna, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva”, debiendo decir: “Aprobar el Plano perimétrico de código Nº 427-INC- PETT-2005, de fecha octubre de 2005, a escala 1/10000, del paisaje cultural arqueológico “Ingenio y Andenes de Pincullullog”, en el Datum PSAD56, Zona 18 Sur, con un área de 27.9529 ha y un perímetro de 3246.87 m, ubicado en el distrito de Cayna, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, con coordenadas planas del Sistema de Proyección UTM: Este (X): 350375.0606 y Norte (Y): 8869974.7447, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva”. 3. Modifi car el numeral 3º de la sección de acuerdos del Acuerdo Nº 0082, de fecha 22 de febrero de 2007, de la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, que dice: “Aprobar el Plano Perimétrico del paisaje cultural arqueológico Vinchos Pata y Andenes de Hatun Viroy Nº 426-INC-PETT-2005, a escala 1/10000, de fecha octubre 2005, con un área de 54.8423 ha y un perímetro de 6075.49 m, ubicado en el distrito de Cayna, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, con su respectiva fi cha técnica y memoria descriptiva”, debiendo decir: “Aprobar el Plano perimétrico de código Nº 426-INC- PETT-2005, de fecha octubre de 2005, a escala 1/10000, del paisaje cultural arqueológico “Vinchos Pata y Andenes de Hatun Viroy”, en el Datum PSAD56, Zona 18 Sur, con un área de 54.8423 ha y un perímetro de 6075.49