Norma Legal Oficial del día 08 de octubre del año 2009 (08/10/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de octubre de 2009

NORMAS LEGALES

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ocasiono la interrupcion, en la universidad respectiva o cualquier otra con la que se hubiere firmado Convenio Interinstitucional". Articulo 12º.- MODIFICAR el nombre del Capitulo X de las Normas Complementarias para la Implementacion de la Beca MORDAZA de la MORDAZA, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 0372-2008-ED, por el siguiente: "Del Comite Especial de la Beca MORDAZA de la Torre". Articulo 13º.- MODIFICAR los Articulos 29º, 30º y 31º del Capitulo X de las Normas Complementarias para la Implementacion de la Beca MORDAZA de la MORDAZA, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 0372-2008-ED, en los siguientes terminos: "Articulo 29º.- El Comite Especial de la Beca MORDAZA de la MORDAZA, instituido y designado por la Jefatura de OBEC, mediante Resolucion, es competente para evaluar y resolver: · Toda situacion de renuncia, retiro o suspension de estudios. En caso de suspension podra tambien tomar las medidas necesarias para garantizar el reinicio de los estudios del becario, tan pronto desaparezca el impedimento que los suscito y de considerarlo pertinente. · Incumplimiento de la obligacion del Compromiso de Servicio al MORDAZA, por el cual al culminar sus estudios el becario se compromete a prestar servicios en la administracion publica por un minimo de cuatro (4) anos, siempre que participe en concursos publicos de meritos y acceda a una plaza en la administracion publica. · Incumplimiento de otras obligaciones establecidas para los becarios en el articulo 27º. "Articulo 30º.- El Comite Especial ante los hechos senalados en el articulo precedente se encuentra facultado para la aplicacion de sanciones o de eximir de responsabilidad al becario, debiendo sustentar y suscribir en ambos casos su decision, en el Acta respectiva. En caso el Comite determine la aplicacion de sanciones, estas podran imponerse de forma individual o conjunta, y de acuerdo a la naturaleza y gravedad de los hechos, con criterio de gradualidad y proporcionalidad." "Articulo 31º.- El Comite Especial de la Beca MORDAZA de la MORDAZA, podra aplicar las siguientes sanciones: a) Amonestacion escrita, pudiendo aplicarse hasta tres (3) amonestaciones. En caso persistir la inconducta del becario, que genero la amonestacion, el Comite Especial podra proceder a la aplicacion de una nueva sancion. b) Cancelacion de los beneficios establecidos en el inciso a) del articulo 8º de la presente norma.. c) Suspension parcial de los beneficios establecidos en los incisos b), c) y d) del articulo 8º de la presente MORDAZA, por el plazo que establezca el Comite. d) Inhabilitacion para postular a nuevas becas nacionales o internacionales que administre o canalice la Oficina de Becas y Credito Educativo, conforme el plazo que senale el Comite Especial de Sanciones el que no podra ser mayor de seis (6) anos. e) Restitucion al Ministerio de Educacion, del importe financiado por concepto de estudios y otros senalados en el inciso a) del articulo 8º. f) Restitucion al Ministerio de Educacion, del importe de subvencion economica otorgada al becario en merito a lo senalado en el inciso b) del articulo 8º. g) Restitucion al Ministerio de Educacion, del importe de subvencion economica otorgada al becario en merito a lo senalado en el inciso c) del articulo 8º. h) Restitucion al Ministerio de Educacion, de los gastos de transporte que hubiera utilizado el becario, de conformidad a lo senalado en el inciso d) del articulo 8º. Si el Comite estableciera como sancion la restitucion economica, debera senalar la forma y modo en que el becario realizara la restitucion del monto respectivo. En caso, el estudiante incumpla el requerimiento de pago hasta en dos (2) oportunidades se MORDAZA inicio a las acciones judiciales pertinentes." Articulo 14º.- MODIFICAR el nombre del Capitulo XI de las Normas Complementarias para la Implementacion de la Beca MORDAZA de la MORDAZA, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 0372-2008-ED, por el siguiente: "De las Condiciones Para Mantener los Beneficios de la Beca".

Articulo 15º.- MODIFICAR el Articulo 32º del Capitulo XI de las Normas Complementarias para la Implementacion de la Beca MORDAZA de la MORDAZA, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 0372-2008-ED, en los siguientes terminos: "Articulo 32º.- Para mantener la beca, el becario debe cumplir con las siguientes condiciones: a) Cumplir con las obligaciones establecidas en el articulo 27º, segun corresponda. (...) Articulo 16º.- DEJAR SIN EFECTO los Instrumentos para la Implementacion, Evaluacion, Monitoreo y Seguimiento de la Beca MORDAZA de la MORDAZA, aprobados mediante la Resolucion Ministerial Nº 0372-2008-ED. Articulo 17º.- DEJAR SIN EFECTO toda MORDAZA que se oponga a la presente, entre ellas, la parte pertinente de la Directiva Nº 042-2009-ME/VMGI-OBEC - "Normas para la Ejecucion de los Convenios de Cooperacion Institucional suscritos por el Ministerio de Educacion y las Universidades Publicas y Privadas para la Implementacion de la Beca "Haya de la Torre", aprobada mediante la Resolucion Vice Ministerial Nº 017-2009-ED. Articulo 18º.- DECLARAR LA EFICACIA ANTICIPADA de la presente Resolucion al 06 de Enero del 2009, fecha de publicacion de la Resolucion Jefatural Nº 5152-2008-OBECVMGI-MED, mediante la cual se aprobo los resultados de seleccion de la Primera Convocatoria a la Beca MORDAZA de la MORDAZA, modificada por la Resolucion Jefatural Nº 571-2009OBEC-VMGI-MED, publicada el 05 de Junio del 2009. Articulo 19º.- INCORPORAR a las Normas Complementarias para la Implementacion de la Beca MORDAZA de la MORDAZA, aprobada mediante la Resolucion Ministerial Nº 0372-2008-ED, la siguiente disposicion: DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Primera.- Todo aquello no contemplado en la presente MORDAZA, sera evaluado y resuelto por la Oficina de Becas y Credito Educativo, mediante Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 407288-1

INTERIOR
Autorizan viaje de Oficial de la Policia Nacional del Peru a Singapur para participar en la 78º Reunion de la Asamblea General de la Oficina Internacional de la Policia Criminal INTERPOL
RESOLUCION SUPREMA N° 071-2009-IN MORDAZA, 7 de octubre de 2009 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinion N° 431-2009DIRGEN.PNP/EMP-OCNI del 30 de setiembre de 2009, formulada por el Estado Mayor Personal de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, recomendando la autorizacion de viaje al extranjero en comision del servicio del MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Ejecutivo de la Oficina Central Nacional INTERPOL ­ MORDAZA, a la MORDAZA de Singapur, del 11 al 15 de octubre de 2009. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta N/Referencia: OIPC-INTERPOL N° 1/AB/AGN/2009 del 12 de junio de 2009, el Secretario General de la Organizacion Internacional de Policia Criminal ­ INTERPOL, pone en conocimiento del Director Ejecutivo de la Oficina Central Nacional INTERPOL ­ MORDAZA, que con arreglo a la decision aprobada en la

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