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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 8 de octubre de 2009 404157 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 11 de setiembre de 2009, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de ampliación de extradición activa del ciudadano peruano CLAUS OSWALDO CORPANCHO KLEINICKE, por la presunta comisión de los Delitos de Asociación Ilícita para Delinquir, Colusión Desleal y Cohecho Activo, en agravio del Estado Peruano (Expediente Nº 31-2009); Que, mediante el Informe Nº 95-2009/COE-TC del 21 de setiembre de 2009, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del artículo 514º del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España suscrito en Madrid el 28 de junio de 1989 y el literal “a” del artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de ampliación de extradición activa del ciudadano peruano CLAUS OSWALDO CORPANCHO KLEINICKE, formulado por el Quinto Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión de los Delitos de Asociación Ilícita para Delinquir, Colusión Desleal y Cohecho Activo, en agravio del Estado Peruano y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de España, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 407791-9 Designan Director de la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Medios Alternativos de Solución de Conflictos de la Dirección Nacional de Justicia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0191-2009-JUS Lima, 7 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0149-2009-JUS se designó a la señora abogada Sigrid Concepción Reyes Navarro en el cargo de Directora de la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Medios Alternativos de Solución de Confl ictos de la Dirección Nacional de Justicia en el Ministerio de Justicia; Que, dicha profesional ha formulado renuncia al cargo para el que fue designada, la que es pertinente aceptar; Que, asimismo, es necesario designar a quien desempeñará el cargo de Director de la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Medios Alternativos de Solución de Confl ictos de la Dirección Nacional de Justicia en el Ministerio de Justicia; Vista la propuesta alcanzada por la Directora Nacional de Justicia y de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la señora abogada SIGRID CONCEPCIÓN REYES NAVARRO en el cargo de Directora de la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Medios Alternativos de Solución de Confl ictos de la Dirección Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor abogado CHRISTIAN MANUEL LADRON DE GUEVARA BOZA en el cargo de Director de la Dirección de Conciliación Extrajudicial y Medios Alternativos de Solución de Confl ictos de la Dirección Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO PASTOR VALDIVIESO Ministro de Justicia 407790-1 PRODUCE Autorizan viaje de funcionario de IMARPE a los EE.UU. para asistir a ronda de negociaciones para establecer un Organismo Regional de Ordenación Pesquera para Alta Mar en el Pacífico Sur RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 037-2009-PRODUCE Lima, 7 de octubre del 2009 VISTOS: el Memorando Nº 3934-2009-PRODUCE/ DVP del Despacho Viceministerial de Pesquería, el Ofi cio Nº DE-100-236-2009-PRODUCE/IMP y el Informe Técnico Nº 011-2009, ambos de la Dirección Ejecutiva del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), el Memorándum Nº OPP- 400-2009 de la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Evaluación de Gestión del IMARPE, el Memorándum Nº DOA-748-2009 de la Ofi cina de Administración del IMARPE y el Informe Nº 113-2009-PRODUCE/OGAJ- imatias de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación de fecha 12 de agosto de 2009, la Dirección de Soberanía Marítima, Aguas Transfronterizas y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), que la próxima reunión informal de los llamados “Key Players” para la ronda de negociaciones para establecer un Organismo Regional de Ordenación Pesquera para Alta Mar en el Pacífi co Sur (OROP), se llevará a cabo en la ciudad de Washington D.C. los días 19 y 20 de octubre de 2009; Que, a través del Ofi cio Nº PCD-300-279-2009- PRODUCE/IMP de fecha 13 de agosto de 2009, el Presidente del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú (IMARPE) acreditó ante la Directora de Soberanía Marítima, Aguas Transfronterizas y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores la participación del señor Víctor Ulises Munaylla Alarcón, Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo del IMARPE, en la citada Reunión; Que, en el marco de las negociaciones internacionales que desde hace tres (3) años se llevan a cabo para el establecimiento de la Organización Regional de Ordenación Pesquera (OROP) en Alta Mar del Pacífi co Sur, el Perú ha acreditado manifi esto interés en promover su presencia pesquera en dicha zona para realizar actividades extractivas de especies transzonales (jurel, caballa y pota), situación que permitirá incrementar el registro de captura y redundará en benefi cio de la cuota a ser asignada al Estado Peruano una vez constituida la citada Organización Regional; Que, la ampliación de la zona de pesca hacia la Alta Mar, deviene en fundamental para el desarrollo de la actividad extractiva de jurel y caballa, posibilitando que participemos en un nuevo escenario geopolítico de marcada trascendencia afi rmando no sólo la presencia pesquera peruana en el área adyacente a la zona jurisdiccional, sino contribuyendo, además, a viabilizar la política de diversifi cación de la industria pesquera promoviendo la captura de recursos para consumo humano directo, generándose mayores benefi cios económicos, sociales y nutricionales para el país;