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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de octubre de 2009 405228 Supremo Nº 004-2003-SA y el inciso 1) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 – Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha y por el período de un año, a los representantes titulares y alternos ante el Consejo Nacional de Salud, conforme al detalle siguiente: - Abogado Víctor Puente-Arnao Tiravanti, como miembro titular y Pablo Marcelo Escobar García, como miembro alterno, en representación de los Servicios de Salud del Sector Privado. - Licenciada Cecilia Grados Guerrero, como miembro titular y Licenciada Nilda Solís Camarena, como alterna, en representación de los Trabajadores del Sector Salud. - Médico Cirujano Walter Efraín Borja Rojas, como miembro titular y Lic. Sandra Cristina Vallenas Bejar, como alterna, en representación de las Organizaciones Sociales de la Comunidad. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/portal/transparencia/normas. asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 415762-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Presidente del Directorio de ENAPU S.A. a Argentina para asistir a la Conferencia de Operadores Portuarios - TOC Américas 2009 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 062-2009-MTC Lima, 28 de octubre de 2009 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 9.3 del artículo 9 de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de los acuerdos de negociación de tratados comerciales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, entre otros, habiéndose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, mediante comunicación de fecha 23 de setiembre de 2009, la señorita María Alm, representante del Terminal Operators Conference TOC – Events del Grupo INFORMA UK Limited, ha cursado invitación al Presidente del Directorio de la Empresa Nacional de Puertos S.A. – ENAPU S.A. para participar en la Conferencia de Operadores Portuarios – TOC Américas 2009, que se llevará a cabo del 09 al 11 de noviembre de 2009, en la ciudad de Buenos Aires, Argentina; Que el Terminal Operators Conference – TOC Américas 2009, reunirá a los principales ejecutivos del ámbito portuario, marítimo e institucional para discutir el desarrollo y evolución del comercio marítimo global; asimismo, proveerá a los asistentes de una perspectiva sobre las claves económicas, políticas, comerciales, fi nancieras, operacionales y tecnológicas que infl uyen en el negocio marítimo y portuario de la Región; Que, en el evento se tratarán temas relacionados con: el transporte marítimo durante el año 2009; el impacto de la crisis económica sobre la logística; el transporte marítimo y los puertos en el corto y largo plazo; cambios que podemos esperar en las estrategias de los servicios navieros de línea; el fi nanciamiento de la próxima generación de transporte e infraestructura portuaria; la efi ciencia de las operaciones portuarias, y la productividad del Terminal; Que, dada la importancia de los temas que se tratarán en la mencionada Conferencia y siendo uno de los objetivos del Plan Operativo de ENAPU S.A. para el año 2009: “apoyar al desarrollo del comercio exterior nacional a través de la efi ciencia de las operaciones portuarias”, resulta conveniente la participación del Presidente del Directorio de ENAPU S.A. en el referido evento; Que, mediante Acuerdo Nº 87/09/2009/D adoptado en la sesión de fecha 29 de setiembre de 2009, el Directorio de la Empresa Nacional de Puertos S.A. – ENAPU S.A. autorizó el viaje de su Presidente del Directorio, señor Mario Arbulú Miranda, a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, con la finalidad de que asista a la Conferencia de Operadores Portuarios – TOC Américas 2009; Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa unificada de uso de aeropuerto, serán asumidos por ENAPU S.A., con cargo a su presupuesto; en tal sentido, mediante Memorándum Nº 756-2009-ENAPU S.A/OPP de fecha 29 de setiembre de 2009, el Jefe de Planeamiento y Proyectos de la Empresa Nacional de Puertos S.A. – ENAPU S.A. ha señalado que el gasto correspondiente al viaje del señor Mario Arbulú Miranda, a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, cuenta con partida presupuestal por el monto total requerido; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley Nº 29289, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE, aprobada por Acuerdo de Directorio No 003-2005/018-FONAFE y sus modifi catorias, y estando a lo informado por la Empresa Nacional de Puertos S.A. – ENAPU S.A.; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Mario Arbulú Miranda, Presidente del Directorio de la Empresa Nacional de Puertos S.A. – ENAPU S.A., a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, del 08 al 11 de noviembre de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demanden el viaje autorizado precedentemente, serán cubiertos con cargo a los recursos propios de la Empresa Nacional de Puertos S.A. – ENAPU S.A., de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo US$ 885.93 Viáticos US$ 800.00 Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto US$ 31.00 Artículo 3º.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el mencionado funcionario deberá presentar ante su institución un informe detallando las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; asimismo, presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.