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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009 (18/09/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de setiembre de 2009 402779 propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Wichanzao, Distrito La Esperanza, Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, a solicitud de las autoridades y pobladores de la referida localidad; Segundo: La solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 6,764 habitantes; así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximo se encuentra ubicado a 3.5 kilómetros de distancia; por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia; Tercero: Que, el Informe Nº 022-2009-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación del órgano jurisdiccional solicitado; precisándose sus límites geográfi cos; Cuarto: Que, por el número de habitantes de la comunidad a los que benefi ciaría el Juzgado de Paz, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar, laboral y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82º, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Enrique Rodas Ramírez, sin la intervención de los señores Javier Villa Stein y Javier Román Santisteban por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Wichanzao, Distrito La Esperanza, Provincia de Trujillo, Departamento y Distrito Judicial de La Libertad. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. ANTONIO PAJARES PAREDES SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMÍREZ 398761-3 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen disposiciones para el trámite de escritos y documentos respecto a procesos que giran ante Salas Superiores y sobre remisión de expedientes CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 027-2009-CED-CSJC/PJ Callao, 24 de agosto de 2009 VISTO: El Informe remitido por la Comisión de Reestructuración de Procesos Operativos de las Salas Superiores de esta Corte Superior de Justicia; y, CONSIDERANDO: Que, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital, entre otras, vigilar la pronta administración de justicia, adoptar las medidas que requiera el régimen interior del Distrito Judicial y adoptar los acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de las Cortes Superiores de Justicia funcionen con efi ciencia y oportunidad; Que, en el proceso operativo de recepción de escritos y otros documentos dirigidos a las Salas Superiores Civiles, Penales y Mixtas, respecto a procesos que giran ante dichos órganos jurisdiccionales, se realiza un paso previo, como es la entrega de dichos documentos al Centro de Distribución General – CDG (Mesa de Partes Automatizada) donde un trabajador se encarga de clasifi car cada documento para luego entregarlos a la Mesa de Partes de la Sala Superior respectiva, lo que demanda un tiempo aproximado de cuarenta y ocho horas, cuando lo más práctico es que la Mesa de Partes de las Salas Superiores reciban directamente tales documentos. Que, dicho proceso operativo diseñado en un contexto distinto del que se vive hoy debe ser reestructurado para lograr un servicio efi ciente y efi caz, eliminando el paso previo por el Centro de Distribución General – CDG (Mesa de Partes Automatizada), lo que nos ahorrará tiempo y costos en benefi cio tanto del Estado así como de los usuarios de la Administración de Justicia; Que, asimismo, en el procedimiento de remisión de expedientes por diversos motivos, de un Juzgado a otro o de una Sala Superior a un Juzgado o viceversa, los órganos jurisdiccionales previamente remiten el expediente al Centro de Distribución General para después ser entregado al órgano jurisdiccional de destino, lo que demanda un tiempo aproximado de cuarenta y ocho horas, cuando lo más práctico es remitirlo directamente sin el paso previo por el Centro de Distribución General, obviamente, con su respectivo registro en el Sistema Integrado Judicial (SIJ) por el empleado responsable correspondiente. Que, ante esta problemática, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, designó una Comisión de Reestructuración de Procesos Operativos de las Salas Superiores para la recepción de escritos, expedientes y otros documentos, habiéndose recibido el informe de visto cuyas propuestas consisten en eliminar el paso previo por el Centro Distribución General, y sea entregado directamente por el usuario a la Mesa de Partes de cada Sala Superior, el mismo que deberá ser ingresado inmediatamente al sistema informático, para luego ser distribuido al Secretario de Sala para su proveído bajo responsabilidad, y que el órgano jurisdiccional de origen, redistribuya el expediente y lo remita directamente al órgano jurisdiccional de destino, sin el paso previo por el Centro de Distribución General; informe que fue aprobado por unanimidad en la Sesión Ordinaria del Consejo Ejecutivo Distrital de fecha veinticuatro de agosto del año en curso, por lo que debe ofi cializarse dicho acuerdo. Por estos fundamentos, y estando a las facultades conferidas por el artículo 96º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo Distrital, sin la intervención del Señor Consejero Jorge Guizado Salcedo, por haber justifi cado su inasistencia: RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que a partir de la fecha, todo tipo de escritos y documentos respecto a procesos que giran ante las Salas Superiores de esta Corte Superior, serán entregados directamente a la Mesa de Partes de la Sala Superior que corresponda, sin el paso previo por el Centro de Distribución General (Mesa de Partes Automatizada). Artículo Segundo.- DISPONER que a partir de la fecha, la remisión de expedientes por diversos motivos, de un Juzgado a otro, o de una Sala Superior a un Juzgado o viceversa, se hagan directamente al órgano jurisdiccional de destino, sin el paso previo por el Centro de Distribución General.