Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2010 (29/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
CONCESIONES CENTROMIN Nº 5 CHANCA 143 CHANCA 144 CHANCA 145 CHANCA 146 CHANCA 147 CHANCA 184 CHANCA 185 LAURI Nº 11 LAURI Nº 12 LAURI Nº 15 LAURI Nº 2 MANTO MORDAZA MORDAZA BELEN-AA MORDAZA T-3 MINA MORDAZA MORDAZA Nº 11 MORDAZA N° 12 MORDAZA N° 2 MORDAZA N° 3 MORDAZA N° 4 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFINITO MORDAZA Nº 3 MORDAZA N° 7 MORDAZA Nº 9 PACHA 3 PACHA 4 PACHA 5 REMA 1 REMA 4 REMA 5 REMA 6 SAN ANTONIO-82 MORDAZA MORDAZA E HIJOS SHIVI SHIVI 1 SHIVI 2 TENNIS 50 TENNIS 51

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2010

485880-1

PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Disponen traslado de magistrado a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 118-2010-CE-PJ MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2010 VISTO: El expediente administrativo que contiene la solicitud de traslado por motivos de salud presentada por el doctor MORDAZA MORDAZA Sumar Calmet, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de San Martin; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, la solicitud de traslado por razones de salud presentada por el doctor MORDAZA MORDAZA Sumar Calmet, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, a una plaza vacante de igual jerarquia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, se sustenta en que padece de sindrome coronario agudo que

requiere de atencion altamente especializada para prevenir danos mayores, refiriendo que desafortunadamente la MORDAZA donde reside carece de estos recursos; en tal sentido, refiere que a raiz de la intempestiva y sorpresiva muerte de su hermano acaecida en MORDAZA de 2008 por motivos de enfermedad fulminante, tomo la decision de hacerse una serie de examenes medicos a fin de descartar las cada vez mas presentes manifestaciones de malestar organico y emocional que lo venian afectando, estando ademas al factor genetico de riesgo que ante tales circunstancias era necesario prevenir y de ser el caso descartar; Segundo: Que, en esa direccion, precisa que para los respectivos examenes medicos recurrio a una de las mas importantes Clinicas de la MORDAZA de MORDAZA donde luego del examen de electrocardiograma (EKG de Reposo) se detecto bloqueo completo del Haz de His y bloqueo de la auricula/ventricular de Primer Grado conforme es de verse del informe emitido por el doctor MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA, Medico Cardiologo del Instituto del Corazon San MORDAZA, obrante de fojas 6 a 7; Tercero: Asimismo, el doctor MORDAZA MORDAZA Sumar Calmet refiere que debido a las conclusiones del examen MORDAZA indicado, fue necesario asimismo que se le practique un ecocardiograma de cuyo resultado aparecio ademas una disfuncion diastolica de Primer Grado, que daban cuenta de la delicada enfermedad cardiologica que lo venia afectando, tal como lo acredita con el informe de fojas 10 a 12, donde consta expresamente diagnostico de anormalidad de la contractilidad del Septum interventricular por posible bloqueo de MORDAZA, hipocinesia leve MORDAZA apical, funcion sistolica DL VI normal, y disfuncion diastolica del VI tipo; Cuarto: En esa perspectiva, el nombrado magistrado recurrio al Sistema Nacional de Salud (ESSALUD), Hospital II Angamos, donde le fue practicado un Holter en MORDAZA de 2008, el mismo que revelo la existencia de arritmias y colgajos de fibrilacion auricular conforme consta en el Informe respectivo del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Servicio de Cardiologia del citado nosocomio, demostrativo de isquemia miocardica, obrante a fojas 13, recomendandosele un test de profusion miocardica con stress fisico; Quinto: Que, ante el citado cuadro el doctor MORDAZA MORDAZA Sumar Calmet refiere que en agosto del mismo ano, conforme se evidencia de fojas 23 a 24, fue sometido a examenes en el Instituto de Servicios Cardiovasculares S.A., de la MORDAZA de MORDAZA, resultando de ello el Informe emitido por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Medico del Instituto de Servicios Cardiovasculares S.A., en el cual aparecen los siguientes resultados: ECG ­ Bloqueo completo de la MORDAZA izquierda del Haz de His y bloqueo auricular/ventricular de Primer Grado; Ecocardiograma ­ Contractibilidad Asintronica del Septum interventricular MORDAZA al bloqueo de MORDAZA, con disfuncion diastolica de Primer grado; Estudio Holter de Ritmo ­ Arritmia extrasistolica ventricular y supraventricular de baja densidad y fibrilacion auricular paroxistica; de lo cual se desprende diagnostico de i) Isquemia miocardica en el tabique y el apex del ventriculo izquierdo; ii) Compromiso segmentario de la contraccion ventricular; iii) Disfuncion Diastolica del ventriculo izquierdo; y iv) Arritmia extrasistolica supraventricular y ventricular de baja intensidad y rafagas de fibrilacion auricular; concluyendose que el MORDAZA podria presentar sindrome coronario agudo el cual necesita de atencion altamente especializada para prevenir danos mayores, indicandose expresamente que desafortunadamente la MORDAZA donde reside el MORDAZA carece de todos estos recursos; Sexto: Que, de igual modo, conforme aparece a fojas 25 en setiembre de 2008, el magistrado recurrente senala que le fue entregado el Informe Medico Nº 056-SERVRM-HNERM-ESSALUD-08 emitido por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Medico del Servicio de Cardiologia del Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins, en donde consta que debido a los MORDAZA toraxicos atipicos que ha venido padeciendo y a los estudios practicados al MORDAZA fue transferido a dicho nosocomio, en el que se refiere a su vez que se evidencia trastorno de conduccion cardiaca, presencia de arritmia e isquemia miocardica, siendo necesario que se le practiquen estudios complementarios de alta complejidad a fin de determinar el tratamiento aplicable, recomendandose no residir en zonas de altura; para concluir que el MORDAZA es de alto riesgo, motivo por el cual se requiere la ampliacion de estudios y otorgandosele Certificado de Incapacidad Temporal para el trabajo debido a su delicada enfermedad en tanto se

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