Norma Legal Oficial del día 29 de abril del año 2010 (29/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2010

y Asuntos Legales, relacionado a la Modificacion del Cuadro de Asignacion del Personal, de la Red de Salud de Huanuco-2004, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, que tienen por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la region, conforme lo dispone los articulos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, el Articulo 38º de la Ley Nº 27867-Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales, MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 043-2004PCM, establecen los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro de Asignacion del Personal - CAP, de los Gobiernos Regionales; Que, la finalidad del Decreto Supremo Nº 043-2004PCM, es la de establecer que los documentos de gestion, contengan una correcta definicion de cada uno de los cargos, acorde con la estructura organica de la entidad, y con los criterios estructurales de la Administracion Publica, concordante, con la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar adecuadamente los recursos publicos"; Que, en cumplimiento de lo establecido en el articulo 14º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, la Direccion Regional de Salud MORDAZA, cumple con remitir los informes pertinentes, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, es asi que la Sub - Gerencia de Desarrollo Institucional, Sistemas y Estadistica del Gobierno Regional MORDAZA, emite Opinion Tecnica favorable, para la modificacion del CAP de la Red de Salud de Huanuco-2004; la misma que ha sido estructurado dentro del MORDAZA legal, de acuerdo a las necesidades de la entidad, en concordancia con la Resolucion Ministerial Nº 1160-2006/MINSA, que aprueba las disposiciones complementarias para la elaboracion y aprobacion del Cuadro de Asignacion de Personal - CAP del Sector Salud respectivamente; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 507-2004-GRH/PR, se aprueba el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP), de la Red de Salud de MORDAZA 2004, lo que es necesario su modificacion, en razon a la transferencia de personal, reasignacion y rotacion de cargos producidos en dicha Institucion; Que, el inciso b) del articulo 16º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, establece que la modificacion del CAP, en las Entidades de la Administracion Publica, procede por motivo de reestructuracion o reorganizacion, siendo este el caso de la Red de Salud de Huanuco-2004; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por los articulos 15º, 37º y 38º de la Ley Nº 27867 - Organica de Gobiernos Regionales, y a lo acordado por UNANIMIDAD en Sesion de Consejo de la referencia; ORDENA: Articulo Primero.- MODIFICAR, el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) de la Red de Salud de Huanuco-2004, considerando los cargos previstos en numero de 923 y como cargos ocupados en numero de 401, haciendo un total de 1324 cargos, en merito a los considerandos expuestos. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, disponer lo necesario para la implementacion y ejecucion correspondiente, en merito a los considerandos expuestos. Articulo Tercero.- DEJAR, sin efecto las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional.

Articulo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional, conforme a lo dispuesto por el articulo 42ª de la Ley Nº 27867 - Organica de Gobierno Regionales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 486907-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Ratifican los Acuerdos Regionales Nºs 004 y 008-2009-GRJ/CR, sobre remuneracion del Presidente y Vicepresidente Regionales, asi como dieta mensual de los Consejeros Regionales
ACUERDO REGIONAL N° 002-2010-GRJ/CR. POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA en Sesion de Ordinaria celebrada a los 19 dias del mes de enero de 2010, en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, de conformidad con lo previsto en la Constitucion Politica del Peru; en la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y demas Normas Complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 15º de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el literal f) del articulo 25° del Reglamento Interno del Consejo Regional MORDAZA senala que; "Son atribuciones del Consejo Regional Fijar la remuneracion mensual del Presidente y Vicepresidente y las dietas de los Consejeros Regionales"; Que, mediante Acuerdo Regional Nº 004-2009GRJ/CR, de 19 de enero de 2009, se ratifica en parte el Acuerdo Regional Nº 002-2008-GRJ/CR, respecto a la remuneracion del Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, en 5.5 (S/. 14,300.00 nuevos soles), de Unidades de Ingreso del Sector Publico ­ (UISP) y la dieta mensual de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional MORDAZA, en el treinta por ciento (30%) de la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional MORDAZA (S/. 4,290.00 nuevos soles); Que, mediante Acuerdo Regional Nº 008-2009-GRJ/ CR, de 19 de enero de 2009, se ratifica en parte el Acuerdo Regional Nº 002-2008-GRJ, respecto a la remuneracion del Vicepresidente del Gobierno Regional MORDAZA, de S/. 12,430.00 nuevos soles, correspondiente a 4.8 Unidades de Ingreso del Sector Publico ­ (UISP); Que, el Decreto de Urgencia Nº 038-2006 de fecha 30 de diciembre del 2006, que modifica la Ley Nº 28212 y dicta otras medidas; senala que los Consejeros Regionales y los Regidores Municipales perciben unicamente dietas, las mismas que no deben de superar en total el treinta por ciento (30%) de la remuneracion mensual del Presidente del Gobierno Regional o del MORDAZA Correspondiente; Que, la Primera Disposicion final del el Decreto de Urgencia Nº 038-2006, de fecha 30 de diciembre del 2006, que modifica la Ley Nº 28212 y dicta otras medidas; senala que "la "remuneracion" que contienen la Ley Nº 28212 y demas normas reglamentarias y complementarias se entiende hecha a "ingreso" y la referencia en dichas normas a la "Unidad Remunerativa del Sector Publico ­ URSP" se entiende hecha a la "Unidad de Ingreso del Sector Publico"; Que, el Decreto Supremo Nº 053-2009-PCM, de 29 de agosto de 2009, establecen el Monto de la Unidad Ingreso del Sector Publico ­ UISP, correspondiente al ano 2010, en S/. 2,600.00 nuevos soles; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas por los articulos 9°, 10°, 11°, 15° y 37º de la Ley Nº 27867,

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