Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2010 (04/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 4 de agosto de 2010

Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el contenido de la presente resolucion para los fines consiguientes. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional, www.onpe.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa 526129-1

Con el visado de la Secretaria General y las Oficinas Generales de Asesoria Juridica y de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar los articulos 47º, 49º, 52º, 61º, 63º y 64º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales que como anexo forma parte de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto la revision de todos los instrumentos de gestion institucional, a fin de adecuarlos, en lo que corresponda, a la presente resolucion. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA Institucional: www.onpe.gob.pe, y en el MORDAZA del Estado Peruano, de conformidad con lo establecido en el articulo 3º de la Ley Nº 29091. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa 526130-1

Modifican Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE
RESOLUCION JEFATURAL Nº 137-2010-J/ONPE MORDAZA, 3 de agosto de 2010 Vistos; el Informe Nº 076-2010-OGPP/ONPE de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; asi como el Informe Nº 195-2010-OGAJ/ONPE de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 030-2010J/ONPE, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; Que, conforme al articulo 17º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la ONPE, la Gerencia de Informacion y Educacion Electoral esta a cargo, entre otras actividades, de realizar campanas de educacion, difusion y orientacion al elector; Que, mediante el documento de vistos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, propone trasladar las funciones relacionadas con la capacitacion electoral de la Gerencia de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional a la Gerencia de Informacion y Educacion Electoral, a fin de concentrar las funciones afines de educacion y capacitacion electoral en un solo organo de la entidad; Que, el literal f) del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones por parte de las entidades de la Administracion Publica, se preve la posibilidad de modificar el citado instrumento de gestion, cuando la entidad requiera optimizar o simplificar procesos con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su mision y funciones, concordante con el criterio de disenar la organizacion bajo los principios de simplicidad y flexibilidad, que permitan el cumplimiento de sus fines con mayores niveles de eficiencia y una mejor atencion a la ciudadania; Que, asimismo, la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, Nº 27658 establece que en el diseno de la estructura organica publica prevalece el MORDAZA de especialidad, debiendose integrar las funciones y competencias afines de modo tal que pueda determinarse la calidad de su desempeno y el grado de cumplimiento de sus funciones, en base a una pluralidad de criterios de medicion; Que, la propuesta formulada por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, se enmarca en el supuesto previsto en la normativa precitada, por lo que resulta necesario aprobar la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones con el objeto de optimizar la ejecucion de las acciones correspondientes a la capacitacion electoral; De conformidad con lo dispuesto en el literal f) del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0302002-PCM; y en uso de la facultad conferida en el literal g) del articulo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales;

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Modifican el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 662 -2010-JNAC/RENIEC MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2010 VISTO: El Oficio Nº 000575-2010/PPU/RENIEC (26JUL2010), emitido por la Procuraduria Publica; el Oficio Nº 002295-2010/GPP/RENIEC (26JUL2010) emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto; el Informe N° 000297-2010/GPP/SGR/RENIEC (26JUL2010) de la Sub Gerencia de Racionalizacion y el Informe Nº 0013132010/GAJ/RENIEC (26JUL2010), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como, registrar los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, con Resolucion Jefatural N° 659-2010-JNAC/ RENIEC (23JUL2010), se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC; Que, a traves del documento del visto, la Procuraduria Publica solicita el traslado de la Plaza Nº 060 de Auxiliar 1 AP-140, el cual actualmente se encuentra en la Gerencia de Imagen Institucional, para atender el notorio incremento de la carga procesal como consecuencia de la implementacion del MORDAZA Sistema Procesal Penal, asi como de la utilizacion del Aplicativo del Sistema de Seguimiento de Causas via Web, implementado por el Ministerio de Justicia; Que, con Oficio Nº 002295-2010/GPP/RENIEC (26JUL2010) la Gerencia de Planificacion y Presupuesto traslada el Informe Nº 000297-2010/GPP/SGR/RENIEC (26JUL2010) de la Sub Gerencia de Racionalizacion, manifestando que se hace necesario modificar el CAP vigente, por lo senalado precedentemente y porque se

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