Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2010 (19/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de agosto de 2010

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Aprueban tarifario de servicios que con caracter no exclusivo presta el Servicio Nacional de Metrologia
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 109-2010-INDECOPI/COD MORDAZA, 4 de agosto de 2010 VISTO: El Memorandum Nº 141-2010/GAF, emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Institucion, que propone la aprobacion de las tarifas de los servicios prestados bajo condiciones no exclusivas por el Servicio Nacional de Metrologia del INDECOPI; CONSIDERANDO: Que el articulo 45º de la Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1033, establece que el Servicio Nacional de Metrologia, organo de linea del INDECOPI, es el ente rector de la metrologia nacional en el MORDAZA cientifico, industrial y legal conforme a las normas de la materia; y, habilita a este organo a emitir certificaciones metrologicas; Que el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 024-93ITINCI, a traves del cual se encomendo al INDECOPI el Servicio Nacional de Metrologia, determina como funciones de dicho organo de linea, entre otros, brindar servicios de afericiones y calibraciones de instrumentos de medida, realizar mediciones de instalaciones, productos, piezas o partes; asi como a extender los respectivos informes o certificados a pedido de los interesados; Que conforme a lo previsto en el ultimo parrafo del articulo 37º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, para aquellos servicios que no MORDAZA prestados en exclusividad, las entidades a traves de Resolucion del Titular del Pliego estableceran los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberan ser debidamente difundidos para que MORDAZA de publico conocimiento; Que, asimismo, conforme a lo previsto en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Publico, entre otras, para prestar servicios y efectuar los cobros correspondientes, el Titular de la Entidad mediante Resolucion establecera la descripcion MORDAZA y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercializacion, las condiciones y limitaciones para ello, si las hubiere, el monto de la contraprestacion expresada en porcentaje de la UIT y su forma de pago; Que, conforme a la propuesta de visto, resulta pertinente disponer la aprobacion del tarifario del Servicio Nacional de Metrologia respecto de los servicios que presta bajo condiciones no exclusivas, coadyuvando a su publicidad y transparencia; De conformidad con los literales f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el tarifario de los servicios que, con caracter no exclusivo, presta el Servicio Nacional

de Metrologia, conforme al Anexo Unico que es parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en la misma oportunidad en que se publique el MORDAZA Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del INDECOPI, de conformidad con el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM; y, la publicacion del Anexo Unico a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, que consigna la descripcion de los referidos servicios, sus correspondientes tarifas y su forma de pago, en la misma fecha, en el MORDAZA Electronico Institucional del INDECOPI (www. indecopi.gob.pe), de conformidad con lo establecido en el articulo 9º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Articulo 3º.- Disponer la vigencia de la presente Resolucion desde el dia siguiente de su fecha de publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 527497-1

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Aprueban Indices Unificados de Precios para las seis Areas Geograficas correspondientes al mes de MORDAZA de 2010
RESOLUCION JEFATURAL Nº 220-2010-INEI MORDAZA, 17 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, de 18.11.92, se declara en desactivacion y disolucion al Consejo de Reajuste de Precios de la Construccion (CREPCO); Que, asimismo la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 02-07-2010/DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios para las Areas Geograficas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al mes de MORDAZA de 2010 y que cuenta con la conformidad de la Comision Tecnica para la Aprobacion de los Indices Unificados de Precios de la Construccion (IUPC), por lo que resulta necesario expedir la Resolucion Jefatural correspondiente, asi como disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Precios (Base: MORDAZA 1992 = 100,0) para las seis (6) Areas Geograficas correspondientes al mes de MORDAZA de 2010, que se indican en el cuadro siguiente:

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