Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2010 (19/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de agosto de 2010

del Estado en el Asiento C00003 de la Partida Nº 12029440 del Registro de Predios - MORDAZA Registral Nº IX, Sede Lima; Que, por Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC, se declaro de interes nacional la ejecucion de actividades destinadas a facilitar la construccion y promocion del acceso de la poblacion a la propiedad privada destinada a la vivienda. Para tal efecto se constituyo una Comision de Coordinacion, que identificaria aquellos bienes de propiedad de entidades publicas donde se podrian ejecutar proyectos habitacionales; Que, por Acuerdo Nº 2-14 de la Decimo Cuarta Sesion de la referida Comision de Coordinacion, se identifico el inmueble descrito en el primer considerando a fin de incorporarlo en el Programa de Subastas del Fondo MIVIVIENDA; y por Acuerdo Nº 1-35 de la Trigesimo MORDAZA Sesion, se aprobo dejar sin efecto el citado Acuerdo; Que, mediante Informe Nº 295-2010-VIVIENDA/ VMVU-DNV la Direccion Nacional de Vivienda del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo senala que en los Asientos D00001, D00002 y D00003 del Rubro D) "Gravamenes y Cargas" de la Partida Nº 12029440 del Registro de Predios - MORDAZA Registral Nº IX, Sede MORDAZA, figuran hipotecas vigentes sobre el inmueble denominado "Sub Lote A Fundo MORDAZA La MORDAZA Cercado", tambien conocido como "Patio Union"; por lo que corresponde se excluya el mismo del Plan Nacional de Vivienda; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y en el numeral 3) del articulo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Exclusion de inmueble del Plan Nacional de Vivienda Excluyase del Plan Nacional de Vivienda, el inmueble descrito en el Literal a) del Anexo del Decreto Supremo Nº 193-2002-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 0222010-MTC, que se detalla a continuacion:
UBICACION DOMINIO AREA VALORIZACION EN LIBROS S/. VALOR COMERCIAL ESTIMADO EN US$ 1'019,114.00

a. SUB LOTE A FUNDO MORDAZA LA MORDAZA CERCADO

PARTIDA 22,261.44 m² Nº 12029440

837,937.40

Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de agosto del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 532739-8

Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del patrimonio cultural de la Nacion; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 890/INC de fecha 15 de setiembre de 2004, se declaro patrimonio cultural de la Nacion al sitio arqueologico MORDAZA Cutimbo, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Informe Nº 499-2010-LPE/SDIC/DA/ DREPH/ INC de fecha 03 de marzo de 2010, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia concluye que el expediente tecnico del monumento arqueologico prehispanico Sector E del Complejo Arqueologico de Mangomarca, delimitado en el MORDAZA del "Proyecto de evaluacion arqueologica con excavaciones para la delimitacion del Sector E (Huaca Cutimbo) de Mangomarca ­ San MORDAZA de Lurigancho" a cargo de la Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con R.N.A. Nº DZ-07125, no presenta observaciones; Que, mediante Informe N° 1052-2010-SDSP/DA/ DREPH/INC de fecha 11 de marzo de 2010, la Sub Direccion de Supervision y Peritaje de la Direccion de Arqueologia concluye que el informe final del precitado proyecto de evaluacion arqueologica cumple con los requerimientos del Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; Que, mediante Acuerdo Nº 0283 de fecha 12 de marzo de 2010, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo, entre otros, recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura aprobar el expediente tecnico (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) del monumento arqueologico prehispanico MORDAZA Cutimbo, Sector E de Mangomarca, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el expediente tecnico (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) del monumento arqueologico prehispanico MORDAZA Cutimbo, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a los planos, areas y perimetros siguientes:
Nombre del sitio arqueologico MORDAZA Cutimbo Nº de Plano en Datum PSAD56 PP-01 Nº de Plano en Datum WGS84 PP-02 Area (m2) 35088.09 Perimetro (m) 812.93

ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Aprueban expediente tecnico de monumento arqueologico prehispanico MORDAZA Cutimbo ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1702/INC MORDAZA, 6 de agosto de 2010

Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico la inscripcion en Registros Publicos y en el Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) de los planos senalados en el articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 3º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento

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