Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2010 (19/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 19 de agosto de 2010

personeria juridica de derecho publico interno; responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la investigacion, preservacion, conservacion, restauracion, difusion y promocion del patrimonio cultural de la Nacion; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senala que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, mediante Informe 1891-2009-LPE/SDIC/DA/ DREPH/ INC de fecha 01 de octubre de 2009, la Sub Direccion de Investigacion y Catastro de la Direccion de Arqueologia concluye que los expedientes tecnicos de los monumentos arqueologicos prehispanicos MORDAZA y El MORDAZA, registrados en el MORDAZA del "Proyecto de evaluacion arqueologica con excavaciones con fines de delimitacion y senalizacion para los sitios arqueologicos MORDAZA y El MORDAZA, con fines de verificacion de las evidencias arqueologicas remanentes del sitio arqueologico El MORDAZA I", a cargo de la Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con R.N.A. Nº CM-0154, no presentan observaciones; Que, mediante Informe N° 4324-2009-SDSP/DA/ DREPH/ INC de fecha 14 de octubre de 2009, la Sub Direccion de Supervision y Peritaje de la Direccion de Arqueologia recomienda declarar patrimonio cultural de la Nacion a los mencionados monumentos arqueologicos prehispanicos, asi como aprobar sus respectivos expedientes tecnicos; Que, mediante Acuerdo Nº 0940 de fecha 23 de octubre de 2009, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia acordo, entre otros, recomendar a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nacion a los monumentos arqueologicos prehispanicos MORDAZA y El MORDAZA, ubicados en el distrito de Chicla, provincia de Huarochiri, departamento de MORDAZA, asi como aprobar sus respectivos expedientes tecnicos; Estando a lo visado por el Director de Gestion, el Director de Arqueologia y el Director de la Oficina de Asuntos Juridicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolucion Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas, modificada por Resolucion Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nacion a los monumentos arqueologicos prehispanicos cuya ubicacion se detalla en el siguiente cuadro:
Departamento MORDAZA Huarochiri Provincia Datum PSAD56 MORDAZA 18 Datum WGS84 MORDAZA 18 Nombre del sitio Distrito arqueologico UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte MORDAZA Chicla 367556.7404 8710430.4313 367332.1004 8710063.5313 El MORDAZA Chicla 367082.9918 8710501.8599 366858.3518 8710134.9599

prehispanico mencionado en el articulo 1º y de los planos senalados en el articulo 2º de la presente resolucion. Articulo 4º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueologico prehispanico declarado patrimonio cultural de la Nacion, debera contar con la aprobacion previa del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA fedateada de la presente resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BAKULA BUDGE Directora Nacional 531576-3

Precisan la Resolucion Directoral Nacional Nº 707/INC en extremo referido a la direccion de inmueble declarado patrimonio cultural de la Nacion ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1714/INC MORDAZA, 9 de agosto de 2010 Visto el Memorando Nº 2221-2010-DDPH/INC; y, CONSIDERANDO: Que, se trata de la declaracion de Monumento mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 707/INC de fecha 27 de MORDAZA de 2001, del inmueble ubicado en Jr. MORDAZA 631, distrito de MORDAZA, provincia de Huamanga, departamento de MORDAZA, que integra el Ambiente MORDAZA Monumental y la MORDAZA Monumental de MORDAZA, ambos declarados por la Resolucion Suprema Nº 2900 de fecha 28 de diciembre de 1972; Que, mediante el documento del visto, la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico solicita la precision de la Resolucion Directoral Nacional Nº 707/INC que declaro, entre otros, el inmueble senalado, a efectos de inscribir la carga cultural en la respectiva Partida Registral, teniendo en cuenta que, de acuerdo al Art. 114º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, es necesario indicar en la nueva resolucion la plena identificacion del predio o predios afectados, precisando la partida o partidas correspondientes; Que, mediante Informe Nº 080-2010-MERF-SDRDPHCR/INC, la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano senala que, de acuerdo a la Partida Registral Nº 02001584 expedida por la MORDAZA Registral Nº XL, Sede Ica, Oficina Registral MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, el inmueble esta registrado con la direccion: MORDAZA MORDAZA Num 629, 631, 633 y 635, MORDAZA Cercado, Ayacucho. Que, el articulo 13º del Decreto Ley Nº 25762 "Ley Organica del Ministerio de Educacion", senala que el Instituto Nacional de Cultura es el organo que tiene por finalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional en el MORDAZA de la cultura, normar, supervisar y evaluar la politica cultural del MORDAZA y administrar, conservar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 201º de la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General" senala que los errores materiales o aritmeticos en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; Que, de conformidad con lo previsto en los articulos III y VII del Titulo Prelimar de la Ley Nº 28296 "Ley General

Articulo 2º.- Aprobar los expedientes tecnicos (plano de delimitacion, memoria descriptiva y ficha tecnica) de los siguientes monumentos arqueologicos prehispanicos, de acuerdo a los planos, areas y perimetros que a continuacion se consignan:
Nombre del sitio Nº de Plano en arqueologico Datum PSAD56 MORDAZA 02A El MORDAZA 03A Nº de Plano en Area Datum WGS84 (m2) 02B 13031.96 03B 4805.34 Area (ha) 1.3031 0.4805 Perimetro (m) 527.31 282.04

Articulo 3º.- Encargar a la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico la inscripcion en Registros Publicos y en el sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condicion de patrimonio cultural de la Nacion del monumento arqueologico

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