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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (19/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de agosto de 2010 424053 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29381, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Ministerial N° 001-2010-TR del 04 de enero de 2010, y modifi catorias, se delegó al Secretario General y al Director General de la Ofi cina de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, diversas facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo – Ofi cina de Administración; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 004- 2010-TR, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, los dispositivos a que se refi ere los considerandos precedentes, establecen una nueva estructura del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en mérito a las necesidades institucionales y asignación de nuevas competencias, previstas en las normas de organización y funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en ese sentido, mediante Resolución Suprema N° 022-2010-TR del 16 de agosto de 2010, se aprueba el nuevo Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el mismo que contempla nuevos cargos, tales como: el cargo de Jefe de Ofi cina General, Nivel Remunerativo F-5, de la Ofi cina General de Recursos Humanos y el cargo de Jefe de Ofi cina General, Nivel Remunerativo F-5, de la Ofi cina General de Administración; Que, en atención a las consideraciones expuestas, corresponde modifi car dicha delegación de facultades, conforme a las competencias señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y a los cargos establecidos en el nuevo Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Sector; Con las visaciones del Secretario General, del Jefe de Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de Oficina General de Administración y de la Jefa de Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del artículo 25° de la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo, el artículo 72° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Supremo N° 004- 2010-TR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifíquese el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 001-2010-TR del 04 de enero de 2010, conforme al siguiente texto: “Artículo 2°.- Delegación de facultades al Jefe de Ofi cina General de Administración y al Jefe de Ofi cina General de Recursos Humanos 2.1 Delegar al Jefe de Ofi cina General de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las siguientes facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001: a) Supervisar y controlar la correcta implementación de las medidas de disciplina fi scal, racionalidad y austeridad del gasto público a ser ejecutadas por la entidad, contenidas en la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 y demás normas complementarias vinculadas a la materia; b) Aprobar los expedientes de contratación, a excepción de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, cuyos expedientes serán aprobados por el funcionario a cargo de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares; c) Aprobar las bases de los procesos de selección, incluyendo las provenientes de exoneraciones; d) Disponer la ejecución de prestaciones adicionales o la reducción de las mismas, así como las ampliaciones de plazos, respecto de los contratos administrativos suscritos por la entidad, de conformidad con los parámetros dispuestos en la normativa sobre la materia; e) La suscripción de los contratos con los postores benefi ciados con el otorgamiento de la buena pro, como las modifi caciones posteriores que se incluyeran a éstos, así como disponer resolución de los mismos por las causales reguladas en la normatividad sobre la materia, con excepción de la suscripción de los contratos que son de competencia del Director de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, aludidos en el artículo 45° inciso d) del Reglamento de Organización y Funciones; f) La suscripción de convenios y/o contratos con entidades públicas destinados al uso y/o disfrute total o parcial de muebles o inmuebles de propiedad o bajo administración estatal; g) Elaborar y proponer a la Secretaría General el proyecto del Plan Anual de Contrataciones - PAC del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y sus modifi caciones; h) Autorizar el otorgamiento de la buena pro a las propuestas que superen el valor referencial, la que deberá realizarse dentro de los parámetros dispuestos en la normativa sobre la materia; i) Suscribir los convenios interinstitucionales con otras entidades del Sector Público que involucren las funciones de la Oficina General de Administración, las que deberán ceñirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Público para el Año Fiscal 2010; j) Aprobar el reconocimiento de créditos devengados; k) Aprobar el expediente de contratación y las bases administrativas cuando el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo actúe en compras facultativas como entidad encargada. 2.2 Delegar al Jefe de Ofi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las siguientes facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001: a) Tramitar, autorizar y resolver acciones del personal respecto a las asignaciones, ceses, rotaciones, encargo de funciones y puestos, reconocimiento de remuneraciones, destaques, renovaciones de contratos, y todas aquellas que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal, adscrito al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, hasta el Nivel F-3, y del Decreto Legislativo Nº 728; y, b) Suscribir los convenios interinstitucionales con otras entidades del Sector Público que involucren las funciones de la Ofi cina General de Recursos Humanos, las que deberán ceñirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Público para el Año Fiscal 2010.” El Jefe de Ofi cina General de Administración y el Jefe de Ofi cina General de Recursos Humanos están obligados a dar cuenta mensualmente a la Secretaria General, respecto de las actuaciones derivadas de esta delegación de facultades. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCIA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 532740-1