Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2010 (22/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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de Imagen Institucional, Centro de Distribucion General, senores magistrados. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA PUERTAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TUMES MORDAZA

6.2 DE LAS FUNCIONES DE LOS ASISTENTES DE RELATORIA La Relatoria de la Sala Superior Civil Permanente debe contar en lo posible con un Asistente de Relatoria en forma exclusiva; asimismo los Asistentes de Juez Superior son Asistentes de Relatoria, por lo tanto, deben ser llamados como tal; su jefe inmediato superior es el Relator de la Sala. Los Asistentes de Relatoria, que ejercen las funciones de Asistentes de Juez Superior, estan sujetos a las disposiciones que dicte el Relator, quien le asignara tareas propias de la Relatoria en adicion a la labor de apoyo a los jueces superiores. Los Asistentes de Relatoria senalados en el parrafo anterior estan obligados a consignar en el Sistema Integrado Judicial (SIJ) las ponencias, votos singulares o en discordia de los senores jueces superiores, lo que deberan realizar inmediatamente despues de su suscripcion por los referidos magistrados. Mientras no exista resolucion, solo se consignara la existencia de los referidos documentos sin que se efectue sumilla de ellos. Los Asistentes de Relatoria, colaboradores de los jueces superiores, son responsables del manejo, cuidado y conservacion de las ponencias, votos singulares y/o en discordia emitidos por los Jueces Superiores con quienes laboran, tanto en el sistema integrado como en soporte fisico, por lo que deberan de informar de inmediato cualquier anomalia que se suscite con respecto a dicha documentacion. Los Relatores de Sala, ante el incumplimiento o negativa de los Asistentes de Relatoria, respecto de las obligaciones que les asigne, como jefe inmediato, debera usar los MORDAZA correspondientes a los que esta facultado (memorandums, comunicacion al Presidente de la Sala, a la ODECMA, etc.) para las acciones pertinentes. 6.3. DE LAS FUNCIONES DEL ESCRIBANO El Escribano de la Sala ejerce las siguientes funciones: a) Elaboracion de las cedulas de notificacion de las resoluciones que la Sala ordene, en los terminos y en la forma de ley. b) Entrega de los expedientes resueltos a Secretaria para su devolucion a los Juzgados correspondientes. c) Mantener los expedientes con sus cargos debidamente adheridos. d) Facilitar a los interesados y a sus abogados el estudio de los expedientes. e) Y las demas que el Secretario le encargue. Su jefe inmediato es el Secretario de Sala. 6.4. DE LAS FUNCIONES DEL ASISTENTE DE SECRETARIA La Secretaria de la Sala Civil Permanente contara como minimo con un Asistente, quien ejercera las funciones que el Secretario le encargue a fin de cumplir con lo dispuesto en el articulo 259 de la Ley Organica del Poder Judicial. VII. COORDINACION ENTRE EL SECRETARIO Y RELATOR El Relator y Secretario coordinaran permanentemente el ejercicio de sus funciones, a fin de cumplir con el tramite de los procesos dentro de los terminos que establece el Codigo Procesal Civil y la Ley Organica del Poder Judicial. VIII. VIGENCIA: La presente Directiva entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. IX. DISPOSICION TRANSITORIA 9.1. La Sala Civil Transitoria contara con el personal aqui indicado en cuanto existan las disponibilidades presupuestarias y de personal. 9.2. La Presidencia de cada Sala Civil y la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura supervisaran el cumplimiento de la presente directiva. MORDAZA A. MORDAZA PUERTAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TUMES MORDAZA

DIRECTIVA DE LINEAMIENTOS DE TRABAJO DE LOS ASISTENTES Y ESCRIBANOS EN LAS MORDAZA CIVILES.
I. OBJETO: Regular la naturaleza del trabajo de los llamados Asistentes de Juez Superior, Escribanos y Asistente de Secretaria, definiendo ante quienes se encuentran subordinados directamente y quien esta facultado para encomendarles sus labores; atendiendo a que no se encuentran previstas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial ni en la Ley de la MORDAZA Judicial. II. FINALIDAD: Definir un orden jerarquico en las funciones de los servidores de Sala Civil que conlleve a la eficiencia en la conduccion y tramitacion de los expedientes. III. ALCANCE: La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio para las MORDAZA Civiles de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte. IV. BASE LEGAL: Articulo 90 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. V. DISPOSICIONES GENERALES: 5.1 DE LA JERARQUIA: Las MORDAZA Civiles mantienen un nivel vertical jerarquico que se inicia con: 1) Los senores Jueces Superiores 2) Relatores y Secretarios 3) Asistentes de Relatoria 4) Escribanos y Asistentes de Secretaria 5.2 DEL USO DEL SISTEMA JUDICIAL Todo el personal de la Sala Civil, incluido los jueces superiores, se encuentran obligados a utilizar el Sistema Integrado Judicial (SIJ), recibiendo los expedientes, trabajandolos en el editor, descargandolos y notificando, segun corresponda a sus funciones. La entrega de los expedientes a los magistrados y de estos al personal jurisdiccional se realizara via el sistema informatico, mecanismo que debera ser utilizado por el organo de control distrital (ODECMA) para determinar la fecha de envio del expediente, cuidando con ello el cumplimiento de los plazos previstos en las normas respectivas. VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS: 6.1 DE LAS FUNCIONES DEL RELATOR Y SECRETARIO Las funciones del Secretario y Relator de Sala Superior se encuentran reguladas en los articulos 259 y 263 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial y demas disposiciones que le fueren aplicables. Es responsabilidad del Relator de Sala cuidar el cumplimiento de los plazos en la resolucion de los procesos, por lo que de acuerdo al Cuadro de Plazos, que forma parte como Anexo 1 de la presente resolucion, debera solicitar a los senores jueces superiores y/o sus asistentes la entrega de las ponencias, MORDAZA singular o discordia, si fuera el caso. El Relator debera dar razon por escrito en caso el plazo se encuentre vencido. Para la transparencia de la informacion y la elaboracion de las estadisticas de produccion jurisdiccional mensual, el Relator y/o el secretario de Sala solo tendran en cuenta las resoluciones incorporadas al Sistema Integrado Judicial (SIJ), bajo responsabilidad.

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