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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (22/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de diciembre de 2010 431332 Designan Comisión encargada de facilitar el proceso de inventario general CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 026-2010-CED-CSJLN / PJ Lima Norte, dieciséis de diciembre dos mil diez VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Mediante Resolución Administrativa 407- 2010-CE-PJ, de fecha 13 de diciembre del 2010, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto se realice el Inventario nacional de Expedientes Principales, Cuadernos y/o Incidentes durante la segunda quincena del mes de diciembre. Segundo: La medida dictada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial tiene como razón de ser la depuración y actualización de los expedientes, y de ser el caso la remisión al archivo. Tercero: De otro lado, se ha advertido en diferentes órganos jurisdiccionales la existencia de expedientes que aparecen en el sistema pero que no tienen respaldo físico, situación que se hace necesario subsanar en tanto ello genera la presencia de una carga procesal irreal. Cuarto: Por otra parte, las medición de productividad se efectúa teniendo como indicador la carga pasiva en trámite que presenta el Juzgado al inicio del año judicial, para lo cual se toma como registro válido el que aparece en el sistema informático; por consiguiente, la existencia de expedientes que no se encuentran en el Poder Judicial no sólo distorsiona la información e impide una gestión adecuada y una toma de decisiones racionales, sino además perjudica al propio trabajador, pues el balance de su valor productiva se califi ca en base a información equivocada que reduce de manera signifi cativa su aprobación estadística. Quinto: Siendo ello así corresponde adoptar las medidas técnicas pertinentes para revertir la situación descrita, lo que permitirá discriminar la carga física de la carga virtual, obtener información adecuada y lograr una alta calidad del registro informático. Sexto: Estando a lo expuesto se hace necesario designar a la Comisión encargada de monitorear el proceso de Inventario General, la misma que deberá capacitar al personal de Informática para que a su vez éstos procedan a la capacitación general de los trabajadores de la Corte. Esta Comisión, asimismo, será la encargada de aprovechar el inventario físico de expedientes para compatibilizarlo con el registro informático, conforme los lineamientos expuestos en el párrafo anterior. Por tales consideraciones, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, en uso de sus atribuciones conferidas por el artículo 96 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad sin la intervención del señor Consejero Francisco Rozas Escalante. SE RESUELVE: Artículo Primero: DESIGNAR a la Comisión encargada de facilitar el proceso de inventario General, la misma que estará constituida por las siguientes personas: - Dr. Guillermo Huamán Vargas - Juez Provisional de la Segunda Sala Penal de Reos en Cárcel - Dra. Flor de María Acero Ramos. Juez Provisional del Sexto Juzgado Civil - Sr. Nel Quesada Lucio Jefe de la Ofi cina de Estadísticas - Sr. Joel Elías Vargas Administrador del Módulo de Básico de Justicia de Los Olivos - Sr. Abraham Torres Llanos Jefe de la Ofi cina de Sistema e Informática Artículo Segundo: DISPONER que todas las unidades jurisdiccionales de la Corte realicen el proceso de depuración informático de expedientes, utilizando para el efecto los lineamientos técnicos presentados por la Comisión en coordinación con la Gerencia de Informática. La referida Comisión será la encargada de monitorear el proceso de discriminación aludido. Artículo Tercero: DISPONER que el inventario general de expedientes y el proceso de depuración informática se efectúe de manera simultánea a la realización del inventario 2010. Artículo Cuarto: DISPONER que la ODECMA efectúe visitas inopinadas para verifi car el cumplimiento de lo aquí dispuesto. Artículo Quinto: Póngase esta resolución en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Ofi cina Desconcentrada del Control de la Magistratura, de la Ofi cina de Administración, ofi cina de Sistema e Informática, ofi cina de Estadísticas. Ofi cina de Imagen Institucional, Centro de Distribución General, señores magistrados. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS A. CALDERON PUERTAS WALTER ALFREDO DIAZ ZEGARRA MARIA ELISA ZAPATA JAÉN CARLOS TUMES RISCO 580702-4 Aprueban Directiva sobre Verificación de Carga Procesal en los Órganos Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 027-2010-CED-CSJLN / PJ Lima Norte, dieciséis de diciembre dos mil diez. VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Mediante Resolución Administrativa No. 099- 2007-CE-PJ, se aprobó el Plan Nacional de Descarga Procesal, que constaba de tres etapas: la primera de depuración y actualización de expedientes judiciales; la segunda, de inventario de expedientes principales y cuadernos (incidentes) y la tercera, de descarga procesal. Segundo: Se estableció que sobre la base de los resultados del inventario de expedientes y cuadernos (incidentes), el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dictaría las medidas orientadas a implementar las acciones conducentes a la descarga procesal propiamente dicha y que para ello, los Presidentes de las Salas Especializadas de la Corte Suprema de Justicia así como los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, presentarían las propuestas respectivas de acuerdo con los resultados del trabajo actualizado. Tercero: Con Resolución Administrativa No. 051-2009- CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el fortalecimiento del Plan Nacional de Descarga Procesal mediante la realización de la actividad que denominó “Inventario Nacional de Expedientes 2009” para el 4 de abril del 2009, el mismo que tenía dos etapas: depuración e inventario de Expedientes. Cuarto: A ese inventario, le siguió el aprobado mediante Resolución Administrativa No.051-2010-CE-PJ y el dispuesto en la Resolución Administrativa No. 407-2010- CE-PJ, cuya ejecución debe efectuarse en la segunda quincena del mes de diciembre del presente año. Dicha norma dispone en su artículo quinto que los órganos de control deben efectuar visitas inopinadas aleatorias para verifi car el proceso de registro de expedientes y señalando en su cuarto considerando que los Presidentes de las