Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2010 (22/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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Corte Superiores tienen la responsabilidad de monitorear y evaluar el adecuado registro de datos derivado del inventario de los respectivos organos jurisdiccionales. Quinto: De otro lado, en cumplimiento al Decreto Supremo Nº 209-2010-EF, se ha publicado en la Pagina Web del Poder Judicial con fecha 10 de diciembre del ano en curso, el Ranking de Productividad de los organos jurisdiccionales para el otorgamiento del MORDAZA por desempeno y de metas correspondientes al ejercicio fiscal del 2010, uno de cuyos indicadores tiene como sustento la carga procesal en tramite de los organos jurisdiccionales. Por tales consideraciones, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, en uso de sus atribuciones conferidas por el articulo 96 de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Escalante. Articulo Primero.- Dictar la DIRECTIVA SOBRE VERIFICACION DE CARGA PROCESAL EN LOS ORGANOS JURISDICCIONALES DE LA CORTE SUPERIOR DE MORDAZA NORTE que forma parte anexa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Pongase esta resolucion en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Oficina Desconcentrada del Control de la Magistratura, de la Oficina de Administracion, oficina de Sistema e Informatica, oficina de Estadisticas. Oficina de Imagen Institucional, Centro de Distribucion General, senores magistrados. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA PUERTAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA A. TUMES MORDAZA

procesal en vista que forma parte de las estrategias de evaluacion de las actividades desarrolladas en esta materia a la fecha en el Distrito Judicial de MORDAZA Norte. 5.2. El producto que se obtenga permitira continuar con las tareas de reduccion de carga procesal con informacion cierta o reencausarlas a fin de optimizar el resultado. 5.3. De haber discrepancia entre la informacion estadistica que reportan mensualmente los organos jurisdiccionales y la derivada del Inventario Nacional de Expedientes 2010 con la existencia fisica de expedientes, identificara las razones por las que se que se estan produciendo estas distorsiones. VI. Disposiciones especificas 6.1. La Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte constituira una Comision de Verificacion de Carga Procesal, que estara integrada por el Presidente de la Corte Superior, el Jefe de la ODECMA y cuatro servidores jurisdiccionales y/o administrativos especializados con experiencia en registro y administracion de archivos. 6.2. La Comision de Verificacion de Carga Procesal seleccionara aleatoriamente a los organos jurisdiccionales que visitara para realizar su labor, cuidando que sea por lo menos uno de cada instancia y por lo menos uno de cada sede de todas las unidades que integran el Distrito Judicial sin excepcion. 6.3. Los organos seleccionados deberan ser mantenidos en estricta reserva por los miembros de la Comision, bajo responsabilidad. 6.4. La programacion de las visitas no debera superar los tres (3) dias calendario en cada unidad jurisdiccional seleccionada. 6.5. La Comision de Verificacion de Carga Procesal se apersonara a cada organo jurisdiccional seleccionado y contrastara la informacion estadistica proporcionada por su titular como resultado del Inventario Nacional de Expedientes 2010 con el fisico que obra en el. 6.6. Una vez realizada la labor de contrastacion de informacion se levantara un acta en donde se reflejaran los resultados obtenidos. 6.7. La Comision de Verificacion de Carga procesal determinara el nivel de distorsion de la informacion estadistica. 6.8. En caso de grave distorsion, la Comision remitira su informe a la ODECMA o al OCMA para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA PUERTAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA TUMES MORDAZA

DIRECTIVA SOBRE VERIFICACION DE CARGA PROCESAL EN LOS ORGANOS JURISDICCIONALES DE LA CORTE SUPERIOR DE MORDAZA NORTE
I. Objeto Realizar visitas inopinadas a organos jurisdiccionales del Distrito Judicial de MORDAZA Norte seleccionados en forma aleatoria para verificar la informacion que han emitido con ocasion del Inventario Nacional dispuesta para la MORDAZA quincena de diciembre del ano en curso. II. Finalidad 2.1. Constatar a traves de una muestra representativa la existencia fisica de los expedientes judiciales que han sido reportados por los organos jurisdiccionales en la ejecucion del "Inventario Nacional de Expedientes 2010" en el Distrito Judicial de MORDAZA Norte. 2.2. Validar la informacion estadistica proporcionada en el MORDAZA del "Inventario Nacional de Expedientes 2010". 2.3. De existir diferencias sustanciales, determinar los niveles de distorsion de dicha informacion. 2.4. Proponer las medidas correctivas e implementar el "Programa Distrital de Sinceramiento de Carga Procesal". III. Alcance El Programa de Verificacion de Carga Procesal alcanza a los organos jurisdiccionales del Distrito Judicial de MORDAZA Norte y compromete a todas sus dependencias administrativas. IV. Vigencia El Programa de Verificacion de Carga Procesal tiene una duracion de treinta (30) dias calendario y se inicia a partir de la emision de la resolucion administrativa que lo aprueba. V. Disposiciones Generales 5.1. El MORDAZA de verificacion de carga procesal tiene especial relevancia para el Plan Nacional de Descarga

580704-3

Solicitan al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la conversion de un Juzgado Civil del Modulo Civil a Juzgado Comercial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA NORTE CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 028-2010-CED-CSJLN / PJ
MORDAZA Norte, dieciseis de diciembre dos mil diez VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero: Mediante Acta de fecha veintiuno de octubre del ano en curso, los magistrados del Modulo Civil solicitan, en aras de una mejor acceso a la justicia, que la Presidencia de la Corte evalue la posibilidad de convertir algunas de sus dependencias en Juzgado Comercial y/o en Juzgado Constitucional y Contencioso Administrativo con competencia para toda la Corte, salvo la provincia de Canta.

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