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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (22/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 22 de diciembre de 2010 431335 de Imagen Institucional, Centro de Distribución General, señores magistrados. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase CARLOS A. CALDERON PUERTAS WALTER ALFREDO DIAZ ZEGARRA MARIA ELISA ZAPATA JAÉN CARLOS TUMES RISCO 580702-6 Autorizan el funcionamiento de la Primera Etapa del Sistema Web de Legajo de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 030-2010-CED-CSJLN / PJ Lima Norte, dieciséis de diciembre dos mil diez VISTO: La Resolución de Presidencia Nº 098-2010-CSJLN de fecha 03 de marzo del 2010 y el Informe Nº 016-2010-JS- A-PJ de fecha 05 de noviembre del dos mil diez; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, por documento de visto, cursado por la Presidencia de este Distrito Judicial, se dispone que dentro del Marco del Proyecto de Gestión, se implemente un Sistema Web de Legajo del Personal en esta Corte Superior de Justicia. Segundo: Que, para tales efectos, se ha encargado a la Ofi cina de Sistemas e Informática y Comunicaciones de este Distrito Judicial, ejecute las acciones técnicas necesarias para su desarrollo y puesta en marcha de este Software Informático en coordinación con la Gerencia de Informática del Poder Judicial para la validación respectiva. Tercero: Que, el Jefe de la Ofi cina de Sistemas, Informática y Comunicaciones, informa que dicho aplicativo se encuentra en la etapa de puesta en Producción del Sistema Web de Legajo de Personal en este Distrito Judicial. Cuarto: Que, la existencia del sistema web de Legajo Personal permitirá a Presidencia y a la Ofi cina de Administración contar con información actualizada sobre la cantidad de personal, sus perfi les, sus estudios, domicilio etc. Por tales consideraciones, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, en uso de sus atribuciones conferidas por el artículo 96 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad sin la intervención del señor Consejero Francisco Rozas Escalante. SE RESUELVE: Artículo Primero: AUTORIZAR EL FUNCIONAMIENTO DE LA PRIMERA ETAPA DEL SISTEMA WEB DE LEGAJO DE PERSONAL en esta Corte Superior de Justicia, para que cada usuario ingrese su legajo personal. Artículo Segundo: El ingreso al sistema web de Legajo Personal será por intermedio de una clave de acceso, siendo deber del personal judicial actualizar la información allí existente cada vez que la situación así lo amerite. La información existente tiene la calidad de declaración jurada y originará en caso de discordancia con los datos reales, la responsabilidad administrativa y penal correspondiente. Los datos que se ingresan al Sistema Web serán respaldados por los documentos físicos que el servidor jurisdiccional deberá remitir al área de personal. Artículo Tercero: Para todos los efectos, la Administración y la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia sólo evalúan la información existente en el Sistema Web del Legajo Personal. En caso excepcional solicitarán el respaldo físico que corresponde. Artículo Cuarto: Encargar a la Ofi cina de Sistemas, Informática y Comunicaciones efectuar las coordinaciones y actividades necesarias conducentes a apoyar la operatividad del mismo con los Señores Magistrados, personal Jurisdiccional y Administrativo en coordinación con la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo Quinto: Disponer que en el término de 15 días el Personal Jurisdiccional y Administrativo registre su legajo personal a la Base de Datos del Sistema Informático, para el efecto elaborará la cartilla de ingreso para ser comunicada al personal. Artículo Sexto: Póngase la presente resolución a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Gerencia de Personal y Escalafón Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Ofi cina de Administración Distrital y al Área de Personal a efectos que proceda poner en conocimiento al personal jurisdiccional y administrativo el contenido de la presente resolución. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. CARLOS A. CALDERON PUERTAS WALTER ALFREDO DIAZ ZEGARRA MARIA ELISA ZAPATA JAÉN CARLOS TUMES RISCO 580702-7 Precisan que el personal jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte se encuentra obligado a utilizar el Sistema Integrado Judicial (SIJ) CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 031-2010-CED-CSJLN / PJ Lima Norte, dieciséis de diciembre dos mil diez VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero: La Corte Superior de Lima Norte se encuentra plenamente integrada al sistema informático judicial, habiendo sido el primer distrito judicial en implementarse este proyecto. Segundo: En esa perspectiva, se hace necesario realizar acciones para favorecer el uso del sistema integrado, pues ello permitirá, entre otras cosas, conectar todas las decisiones al servidor central, ofrecer la información a la ciudadanía en tiempo real y fomentar la transparencia, punto al que se encuentra abocada la Corte en afán de propiciar el control ciudadano de las resoluciones judiciales y fortalecer el servicio judicial democrático. Tercero: Se ha observado la omisión por parte de algunos servidores judiciales del uso del sistema, situación que socava el propio servicio y entorpece la información que se ofrece en los módulos de atención al público. Cuarto: Siendo ello así se hace necesario tomar medidas de favorecimiento al servicio, fortaleciendo su uso y sancionando la renuencia en su utilización. Por tales consideraciones, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, en uso de sus atribuciones conferidas por el artículo 96 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad sin la intervención del señor Consejero Francisco Rozas Escalante. SE RESUELVE: Artículo Primero: DISPONER: Que el personal jurisdiccional de la Corte Superior, incluido los jueces de