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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 30 de diciembre de 2010 432191 a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 02, Programa Funcional 002, Subprograma Funcional 0002, Actividad 1.046589, Componente 3.122499, Meta 00565, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Específi ca de Gasto 2.4.12.1 99 A Otros Organismos Internacionales del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio 2010. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 584157-20 SALUD Delegan la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático en la Secretaria General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1012-2010/MINSA Lima, 27 de diciembre del 2010 Visto: el Informe Nº 248-2010-OGPP-OP/MINSA de la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los principios, procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, mediante la Ley Nº 29626 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, de acuerdo al numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando así lo haya establecido expresamente dicho cuerpo normativo, así como las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad; Que, el numeral 40.2 del artículo 40º de la Ley Nº 28411, prevé que las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático son aprobados mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Ofi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad mediante disposición expresa, que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en aplicación del principio de desconcentración de los procesos a que se refi ere la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es pertinente establecer al interior del Ministerio de Salud, niveles de desconcentración de los procesos decisorios, siendo necesario delegar facultades en materia presupuestal y de gestión administrativa que corresponden al Ministerio de Salud, en su calidad de Titular de la Entidad; Estando a lo informado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Ofi cina de Presupuesto y con el visado del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Viceministra de Salud; De conformidad con lo establecido en el literal m) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; los artículos 7º y 40º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la Secretaria General del Ministerio de Salud, durante el Ejercicio Presupuestario 2011, la facultad de aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego 011 Ministerio de Salud, así como los Calendarios de Compromisos Institucionales y sus modifi caciones, incluyendo sus anexos. Artículo 2º.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refi ere la presente resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución ministerial a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 583069-1 Aprueban “Directiva Administrativa para la implementación de los Comités de Trasplantes en los Establecimientos de Salud Donadores - Trasplantadores” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1013-2010/MINSA Lima, 27 de diciembre del 2010 Visto el expediente N° 10-096122-001, que contiene el Memorando Nº 213-2010-ONDT/MINSA, de la Organización Nacional de Donación y Trasplante, e Informe Nº 822-2010-OGAJ/MINSA, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28189, Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos, regula las actividades y procedimientos relacionados con la obtención y utilización de órganos y/o tejidos humanos, para fi nes de donación y trasplante, y su seguimiento; Que, el artículo 54º del Reglamento de la Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2005-SA, establece que la Organización Nacional de Donación y Trasplante (ONDT), dependiente del Ministerio de Salud, es la responsable de las acciones de rectoría, promoción, coordinación, supervisión y control, de los aspectos relacionados a la donación y trasplante de órganos y tejidos en el territorio nacional; Que, asimismo, el artículo 41° del precitado Reglamento de la Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos señala que los Establecimientos de Salud Donadores – Trasplantadores contarán con un Comité de Trasplantes; Que, así también, el numeral 6.2 NTS° 061- MINS/DGSP.V.01 “Norma Técnica de Salud para la Acreditación de Establecimientos de Salud Donadores – Trasplantadores”, aprobada por la Resolución Ministerial N° 999-2007/MINSA, estipula que el establecimiento donador trasplantador que cuente con un Comité de Trasplantes podrá realizar la extracción de órganos de donantes cadavéricos y vivos, así como la realización de trasplantes; Que, mediante el documento del visto, la Dirección Ejecutiva de la Organización Nacional de Donación y Trasplantes ha remitido para su aprobación la Directiva Administrativa para la implementación de los Comités de Trasplantes en los Establecimientos de Salud Donadores- Trasplantadores, elaborada por el Consejo Directivo de la Organización Nacional de Donación y Trasplantes, con la