Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2010 (31/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 146

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 31 de diciembre de 2010

de 1993, de fojas 14 y 14 vuelta, formalizo denuncia penal contra Shaespear Weymuller MORDAZA MORDAZA por delito Contra El Patrimonio en la modalidad de Apropiacion Ilicita, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Andrade; seguidamente, el Juez Especializado en lo Penal (P) de Tarapoto por Resolucion Nº 01 de 13 de octubre de 1993, de fojas 15, abrio la correspondiente instruccion; luego, el Fiscal Adjunto de la Primera Fiscalia Provincial Mixta de Tarapoto con el Dictamen Penal Nº 94-94-MP-1raFPM-SM-T de 06 de MORDAZA de 1994, de fojas 25 a 27, resolvio no formalizar acusacion penal contra el denunciado; y, finalmente el Juez del MORDAZA Juzgado Penal de San MORDAZA - Tarapoto por resolucion s/n de 20 de MORDAZA de 1994, de fojas 28 a 32, declaro el sobreseimiento de la instruccion y ordeno su archivamiento, asi como que debian remitirse copias certificadas de los autos a la Fiscalia Provincial de Turno para que procediera conforme a sus atribuciones, por los hechos constitutivos de delito que advertia; Decimo.- Que, como correlato de los tramites descritos en el considerando precedente, el Fiscal de la Primera Fiscalia Provincial Mixta de San MORDAZA Tarapoto por Oficio Nº 456-93-MP-1RA.FPM-SM-T de 02 de octubre de 1993, de fojas 13, solicito al Administrador de la Agencia del Banco Interbank de MORDAZA - MORDAZA que a traves de su Red de Agencias comunicara la inmovilizacion del deposito de US$.70,000.00 que habia efectuado el denunciado MORDAZA MORDAZA, mientras duraran las investigaciones; el Juez del MORDAZA Juzgado Penal de San MORDAZA - Tarapoto por resolucion s/n de 01 de agosto de 1994, de fojas 33, ordeno que Interbank de MORDAZA transfiriera a su agencia en Tarapoto el importe de la cuenta de ahorros del ex inculpado MORDAZA MORDAZA, reiterando que no se hiciera entrega de suma alguna sino por orden judicial; y, el Fiscal Superior (P) de San MORDAZA por Dictamen Nº 9293-94-MP-FSM-SAN MORDAZA de 17 de agosto de 1994, de fojas 41, resolvio que la inmovilizacion del dinero dispuesta por resolucion judicial se mantuviera; Posteriormente, el Juez (S) del MORDAZA Juzgado Penal de San MORDAZA - Tarapoto por resolucion s/n de 19 de octubre de 2005, de fojas 42 a 43, declaro improcedente la solicitud de Reinel MORDAZA del MORDAZA que tenia por objeto que se exhortara al Banco Interbank para que le devolviera la suma de US$.55,795.00; y, la Sala Mixta Descentralizada de Tarapoto por resolucion Nº 52 de 17 de MORDAZA de 2006, de fojas 44 a 46, revoco la citada resolucion denegatoria del MORDAZA Juzgado Penal de San MORDAZA, y dispuso la entrega de la suma de US$.55,795.00 mas intereses de la Libreta de Ahorros Nº 706000297, correspondiente a Weymuller Shakespeare MORDAZA MORDAZA, a su propietario Reinel MORDAZA del Aguila; Decimo Primero.- Que, asimismo, se advierte que en cumplimiento de la precitada resolucion de la Sala Mixta Descentralizada de Tarapoto, el Juez Titular del MORDAZA Juzgado Penal de San MORDAZA - Tarapoto por Resolucion Nº 53 de 28 de MORDAZA de 2006, de fojas 48, dispuso oficiar al administrador del Banco Interbank para que el dia de recibida la comunicacion cumpliera con hacer entrega a su propietario, Reinel MORDAZA del MORDAZA, la suma de US$.55,795.00 mas intereses, depositada en la Libreta de Ahorros Nº 706000297 correspondiente a Weymuller Shakespeare MORDAZA MORDAZA, bajo responsabilidad penal en caso de incumplimiento; en respuesta a tal mandato el Banco Interbank presento un escrito el 04 de MORDAZA de 2006, de fojas 53 a 54, informando que ante un requerimiento del Juzgado de Primera Instancia Mixto de la Provincia de Mariscal MORDAZA - Juanjui, efectuado por resolucion Nº 07 de 26 de MORDAZA de 1994, entrego mediante la Carta de 14 de junio de 1994 un cheque de gerencia por la suma de US$.55,802.33, correspondiente al embargo en forma de retencion sobre la cuenta de Weymuller Shakespeare MORDAZA MORDAZA que posteriormente fue cobrado por MORDAZA MORDAZA Ruiz; habiendo generado ello que por escrito de 04 de MORDAZA de 2006, de fojas 56 a 63, MORDAZA del MORDAZA MORDAZA solicitado al MORDAZA Juzgado Penal de San MORDAZA un embargo en forma de secuestro conservativo con desposesion y entrega a MORDAZA, sobre los bienes muebles del Banco Interbank, y por un monto superior al que esta entidad tuvo retenido, medida cautelar que el invocado organo jurisdiccional declaro improcedente por resolucion Nº 57 de 09 de MORDAZA de 2006, que corre a fojas 57;

Decimo Segundo.- Que, tambien consta que sucesivamente el MORDAZA Juzgado Penal de San MORDAZA - Tarapoto, en ese entonces a cargo del magistrado procesado, por resolucion Nº 63 de 09 de agosto de 2006, de fojas 70 a 75, ordeno que el Banco Interbank pusiera a disposicion del juzgado en el dia la suma de US$.55,795.00 mas los intereses legales, correspondiente a la cuenta de ahorros Nº 706000279-1 a nombre de Weymuller Shakespeare MORDAZA MORDAZA, mediante cheque de gerencia a favor de Reinel MORDAZA del MORDAZA, sustentandose en que: "(...) SEXTO.- (...) la inmovilizacion ordenada por el juzgado ha debido encontrarse vigente hasta el veintiuno de diciembre de mil novecientos noventicuatro, fecha en que recien se dispuso su levantamiento (...) por lo que el desacato a un mandato judicial y la erronea entrega del dinero inmovilizado a persona distinta a la que le correspondia por orden judicial, es unica y exclusiva responsabilidad del Banco Interbank, por lo que independientemente de las acciones que pueda tomar esta entidad bancaria dentro de su estructura interna, lo real es que existe una obligacion que debe cumplir conforme a Ley (...) SETIMO.- (...) mediante la resolucion de fecha diecisiete de MORDAZA de dos mil seis, (...) la Sala Mixta Descentralizada de la Corte Superior de San MORDAZA dispuso que el Banco Interbank entregue a Reinel MORDAZA del MORDAZA la suma de Cincuenticinco Mil Setecientos Noventicinco Dolares Americanos mas los interes legales que se hubieren generado (...)"; Decimo Tercero.- Que, en la sucesion de hechos citados, el senor Reinel MORDAZA del MORDAZA por escrito de 10 de agosto de 2006, de fojas 81 a 83, solicito al juzgado que dictara medida cautelar de secuestro conservativo en la modalidad de embargo en forma de intervencion en recaudacion, hasta por la suma de US$.90,000.00, y la ejecucion forzada del mandato, para lo cual se debia habilitar dia y hora; dicha solicitud fue concedida por el magistrado procesado mediante la resolucion Nº 65 de 10 de agosto de 2006, de fojas 84 a 86, disponiendo efectivizar el mandato judicial contenido en las resoluciones numeros cincuentidos, cincuentitres, sesentiuno y sesentitres, y ordenando llevar adelante la ejecucion forzada hasta por la suma de US$.60,000.00, para lo cual se dispuso habilitar dia y hora al Secretario del Juzgado para dar cumplimiento a lo ordenado, y tambien se nombro un interventor recaudador; mandato que finalmente se efectivizo el 11 de agosto de 2006, conforme fluye del "Acta de Diligencia de Ejecucion Forzada en la Modalidad de Embargo de Intervencion en Recaudacion", de fojas 90 a 95, en la que intervinieron el Secretario del Juzgado, el senor MORDAZA del MORDAZA, su abogado defensor, el interventor nombrado y dos representantes del Banco Interbank; Decimo Cuarto.- Que, asi las cosas, surge que el magistrado procesado al haber dispuesto por resolucion Nº 65 de 10 de agosto de 2006, llevar adelante la ejecucion forzada a que se hace referencia en el considerando precedente, actuo en acatamiento estricto de un mandato del superior jerarquico, la Sala Mixta Descentralizada de Tarapoto, plasmado en la resolucion Nº 52 de 17 de MORDAZA de 2006, que expreso los fundamentos de su decision, y se alude en el MORDAZA parrafo del considerando Decimo; resultando de ello que actuo dentro del MORDAZA de la Constitucion y la Ley, y no se evidencia en esta imputacion que MORDAZA incurrido en inconducta funcional que lo haga pasible de sancion, por lo que debe ser absuelto del cargo imputado; Decimo Quinto.- Que, asimismo, con respecto al cargo atribuido al juez procesado, contenido en el literal B), remitiendonos a los hechos citados en el analisis del cargo anterior, se advierte que previo a que en su condicion de Juez del MORDAZA Juzgado Penal de San MORDAZA - Tarapoto expidiera la resolucion Nº 65 de 10 de agosto de 2006, y a que se efectivizara la ejecucion forzada contra el Banco Interbank, por resolucion Nº 63 de 09 de agosto de 2006, requirio a la citada entidad financiera que pusiera a disposicion del juzgado la suma de US$.55,795.00 mas los intereses legales, depositada en la cuenta de ahorros Nº 706000279-1 correspondiente a Weymuller Shakespeare MORDAZA MORDAZA, otorgandole un plazo para ello, como en su oportunidad hiciera el Juez Titular del MORDAZA Juzgado Penal de San MORDAZA - Tarapoto, doctor MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA, por resolucion Nº 53 de 28 de MORDAZA de 2006, de fojas 48, senalando: "(...) se RESUELVE: OFICIAR al Administrador del Banco Interbank de esta localidad para que en el dia de recibida la comunicacion respectiva, CUMPLA en hacer entrega

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