Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2010 (31/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 139

El Peruano MORDAZA, viernes 31 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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Cuarto: Que, el Distrito de Velille se encuentra a 51 kilometros del Distrito de MORDAZA MORDAZA por carretera afirmada, empleandose para el viaje dos horas aproximadamente en transporte publico fluido manana, tarde y noche; Quinto: Que, de otro lado el referido distrito se encuentra a 100 kilometros del Distrito de Livitaca con un viaje aproximado de cuatro horas en transporte publico por trocha carrozable, los cuales tienen dos salidas por dia; Sexto: Que, el Informe Nº 243-2010-SEP-GP-GGPJ elaborado por la Gerencia General del Poder Judicial concluye en la factibilidad de atender el pedido formulado por razones de carga procesal y mejores condiciones de acceso al servicio de justicia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82º, numeral 26, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Incorporar jurisdiccionalmente el Distrito de Velille a la competencia territorial del Juzgado de Paz Letrado con sede en el Distrito de MORDAZA MORDAZA, Provincia de Chumbivilcas, Departamento y Distrito Judicial de Cusco; modificandose la Resolucion Administrativa Nº 058-2010-CE-PJ de fecha 04 de febrero del ano en curso, en lo que corresponde a la competencia del Juzgado de Paz Letrado de Livitaca, de la referida provincia. Articulo Segundo.- El Juzgado de Paz Letrado de Livitaca remitira bajo inventario al Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA, los procesos en tramite y en ejecucion correspondientes al Distrito de Velille. Articulo Tercero.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA a adoptar las medidas pertinentes, para el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Corte Superior de Justicia del MORDAZA y a la Gerencia General de Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 584129-8

Crean el Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Echarate, provincia de La Convencion, Distrito Judicial del MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 409-2010-CE-PJ MORDAZA, 13 de diciembre de 2010 VISTOS: Los Oficios Nº 213, 215 y 216-2010-P-CED-CSJCUPJ, cursados por el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, y el Informe Nº 219-2010SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA mediante Resolucion

Administrativa Nº 025-2010-CED-CSJCU-PJ, solicita a este Organo de Gobierno la creacion de un Juzgado de Paz Letrado en Echarate y la ampliacion de la competencia territorial del Juzgado Mixto de Echarate, Provincia de La Convencion, Departamento del Cusco; Segundo: Que el volumen promedio de ingresos de procesos a los Juzgados de Paz Letrados de MORDAZA MORDAZA (Quillabamba), al cual acude la poblacion del Distrito de Echarate, proyecta para el ano 2010 un incremento de 25% respecto al ano anterior; Tercero: Ademas es menester senalar que desde el 01 de diciembre del ano en curso entro en vigencia la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial del MORDAZA, razon por la cual es indispensable la creacion de un Juzgado de Paz Letrado en el Distrito de Echarate, ya que este organo jurisdiccional se encargara de tramitar los procesos laborales conforme a la cuantia y de esa manera no MORDAZA conocidos por los Juzgados de Paz Letrados de Quillabamba, por la distancia existente; Cuarto: Que, asimismo, encontrandose vigente desde el 01 de octubre de 2009 el MORDAZA Codigo Procesal Penal en el mencionada Distrito Judicial, la carga procesal en la jurisdiccion de Echarate se ha incrementado; por lo que en aras de brindar oportuno y eficaz servicio de administracion justicia es pertinente crear el organo jurisdiccional peticionado; Quinto: Que, el Juzgado de Paz Letrado de Echarate conocera tambien los procesos que le corresponden por ley, incluida la nueva Ley Procesal del Trabajo y en adicion a sus funciones los procesos penales como Juzgado de la Investigacion Preparatoria, con competencia unicamente en el referido distrito; Sexto: Que, la creacion del organo jurisdiccional solicitado implicaria en el aspecto de costos contar con personal, ademas de bienes y servicios y bienes de capital; el mismo que aproximadamente ascenderia S/. 342,179 nuevos soles; Setimo: Al respecto, la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto para el Ano Fiscal 2010, contiene previsiones financieras para la creacion de organos jurisdiccionales de descarga procesal, con lo cual podria atenderse la peticion formulada; Octavo: Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 188-2009-CE-PJ, de fecha 25 de junio de 2009, se creo en el Distrito Judicial del MORDAZA el Juzgado Mixto de Echarate, Provincia de La Convencion, con competencia en dicho distrito; encargandosele ademas las funciones de Juzgado de la Investigacion Preparatoria; Noveno: Que asimismo por Resolucion Administrativa Nº 058-2010-CE-PJ del 04 de febrero de ano en curso, se dispuso entre otros aspectos, la creacion del Juzgado de Paz de Quellouno, Provincia de La Convencion; con competencia ademas en el Distrito de Ocobamba, de la referida provincia; Decimo: Que, con la creacion del Juzgado de Paz Letrado de Echarate, se hace necesario que este funciones como Juzgado de la Investigacion Preparatoria en el mencionado distrito; y se encargue al Juzgado Mixto el conocimiento de procesos como Juzgado Penal Unipersonal de Echarate y de los Distritos de Quellouno y Ocobamba; ademas de los otros procesos que se remita al Juzgado de Paz Letrado de Quellouno; Undecimo: Que, evaluado el informe contenido en el expediente administrativo se evidencia mejores condiciones de acceso para la poblacion de los Distritos de Quellouno y Ocobamba, en cuanto a distancia y tiempo de desplazamiento al Distrito de Echarate en relacion con la MORDAZA de Quillabamba, capital de la Provincia de La Convencion; Duodecimo: Que, el Informe Nº 219-2010-SEP-GPGG-PJ elaborado por la Gerencia General del Poder Judicial concluye en la factibilidad de atender el pedido formulado por razones de carga procesal y mejores condiciones de acceso al servicio de justicia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82º, numeral 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial , sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear el Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Echarate, Provincia de La Convencion,

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