Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2010 (31/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 138

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 31 de diciembre de 2010

General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 584129-6

· Incorporar jurisdiccionalmente los Distritos de Tocmoche, Miracosta, San MORDAZA de Licupis, Querocoto y Cochabamba, Provincia de Chota, a la competencia territorial del Juzgado de Paz Letrado de Huambos, de la referida provincia. · Incorporar jurisdiccionalmente los Distritos de Chiguirip, Conchan, Anguia y Chimban, Provincia de Chota, a la competencia territorial del Juzgado de Paz Letrado de Tacabamba, de la referida provincia. · El Juzgado de Paz Letrado con sede en Chota, provincia del mismo nombre, tendra competencia territorial en los Distritos de Chota, Lajas, Choropampa, Chadin, Paccha y Chalamarca. Articulo Segundo.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA para que adopte las medidas pertinentes, para el cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 584129-7

Delimitan la competencia territorial de diversos organos jurisdiccionales del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 403-2010-CE-PJ MORDAZA, 13 de diciembre de 2010 VISTOS: El Oficio Nº 1329-2006-P-CSJCA-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el Informe Nº 203-2010-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta para delimitar la competencia territorial de los Juzgados de Paz Letrados de Huambos, Tacabamba y Chota, Provincia de Chota, Departamento y Distrito Judicial de Cajamarca; Segundo: Que, este Organo de Gobierno mediante Resolucion Administrativa Nº 105-2006-CE-PJ del 10 de agosto de 2006 dispuso la creacion entre otros, de los Juzgados de Paz Letrados de Huambos y Tacabamba, Provincia de Chota, con competencia territorial en los referidos distritos, respectivamente; Tercero: Que, en tal sentido el Juzgado de Paz Letrado de Chota tendria competencia territorial en toda la provincia, con excepcion de los Distritos de Huambos y Tacabamba; asi como de los Distritos de Llama y Pion, estos ultimos conforme a las Resoluciones Administrativas Nº 527-CME-PJ y Nº 288-2008-CE-PJ; Cuarto: Que, existen mejores condiciones de acceso para la poblacion de los Distritos de Tocmoche, Miracosta, San MORDAZA de Licupis, Querocoto y Cochabamba, en cuanto a distancia y tiempo de desplazamiento a Huambos, en relacion con la MORDAZA de Chota; Quinto: Que, igualmente existen mejores condiciones de acceso para la poblacion de los Distritos de Chiguirip, Conchan, Anguia y Chimban, en cuanto a distancia y tiempo de desplazamiento a Tacabamba en relacion con la MORDAZA de Chota; Sexto: Que el Informe Nº 203-2010-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial concluye que es factible ampliar la competencia territorial de los Juzgados de Paz Letrado de Huambos y de Tacabamba, por representar beneficios en el desplazamiento para la poblacion de los referidos distritos; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82º, numeral 26, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad, RESUELVE: Articulo Primero.- Delimitar la competencia territorial de los siguientes organos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Cajamarca:

Incorporan el distrito de Velille a la competencia territorial del Juzgado de Paz Letrado con sede en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia de Chumbivilcas, Distrito Judicial del MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 408-2010-CE-PJ MORDAZA, 13 de diciembre de 2010 VISTOS: El Oficio Nº 164-2010-CED-CSJCU-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, y el Informe Nº 243-2010-SEP-GPGG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA remite a este Organo de Gobierno la peticion formulada por la poblacion del Distrito de Velille, Provincia de Chumbivilcas, Departamento del MORDAZA, para pertenecer a la competencia jurisdiccional del Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA de la misma provincia; Segundo: Que, el Distrito de Velille tiene poblacion proyectada al 2010 de 8,473 habitantes, y actualmente es atendido por el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Livitaca en merito a la Resolucion Administrativa Nº 0582010-CE-PJ de fecha 04 de febrero del ano en curso, y los Juzgados Mixtos de la Provincia de Chumbivilcas con sede en el Distrito de MORDAZA Tomas; Tercero: Que, del informe estadistico adjunto se observa que el nivel de ingresos del Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA MORDAZA se encuentra por debajo del estandar procesal de 1000 expedientes anuales, conforme a lo establecido en la Resolucion Administrativa Nº 108CME-PJ, por lo que resulta factible que el mencionado organo jurisdiccional pueda asumir los expedientes provenientes del Distrito de Velille;

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