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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de diciembre de 2010 433274 reglamentarios, hasta antes de la Recepción de Obras, quedando como garantía el lote único resultante; asimismo, se autorice la Construcción Simultanea; Que, mediante Informe Nº 440-2010-MML-GDU- SPHU-AL, de fecha 22 de diciembre de 2010 (fs. 503 al 505), el Área Legal de ésta Subgerencia concluye, que de acuerdo al Dictamen Favorable de la Comisión Técnica Provincial de Habilitaciones Urbanas, corresponde a esta Subgerencia, en arreglo a sus facultades y al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Leyes Nº 29090 su Modifi catoria Nº 29476 y Nº 27444, así como los Decretos Supremos Nº 024-2008-VIVIENDA y Nº 003-2010-VIVIENDA, el Reglamento Nacional de Edifi caciones – RNE y las Ordenanzas Nº 893-MML, Nº 341-MML, Nº 836-MML, emitir la Resolución aprobando la Habilitación Urbana Nueva con Autorización de Ejecución de Obras y Construcción Simultánea del terreno de 6,014.70 m², califi cado con zonifi cación Industria Liviana – I2, ubicado en la Av. Materiales Nº 2198, jurisdicción del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima; Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño, del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Leyes Nº 27444, Nº 29090, Nº 29476, Decretos Supremos Nº 024-2008-VIVIENDA y Nº 003-2010- VIVIENDA, Ordenanzas Metropolitanas Nº 893-MML, Nº 1307-MML Nº 341-MML, Nº 836-MML y el Reglamento Nacional de Edifi caciones - RNE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la Habilitación Urbana Nueva para Uso de Industria Liviana – I2, desarrollada sobre el terreno de 6,014.70 m², ubicado en la Av. Materiales Nº 2198, jurisdicción del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima de conformidad con el Plano signado Nº 014-2010-MML-GDU-SPHU. Artículo 2º.- AUTORIZAR a la empresa COMPAÑÍA MINERA TRIPSA S.A., a ejecutar en un plazo de treinta y seis (36) meses, contados a partir de la recepción de la presente Resolución las obras de Habilitación Urbana del terreno de 6,014.70 m², cuyos proyectos se aprueban; debiendo sujetarse al plano fi rmado y sellado por la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, de acuerdo al Cuadro de Áreas, Aportes Reglamentarios y Especifi caciones Técnicas siguientes: CUADRO DE ÁREAS Área Bruta Total 6,014.70 m² Área Útil Total 5,147.12 m² Área Vías 867.58 m² Aportes Reglamentarios.- Los Aportes Reglamentarios que deben ceder, conforme a la Zonifi cación de Industria Liviana – I2, en sujeción a la Ordenanza Nº 836-MML y que a continuación se detalla: Descripción ORDENANZA Nº 836-MML Proyecto Défi cit (*) I2: 6,014.70 m² Parques Zonales (SERPAR) 5% 300.74 m² 0.00 m² 300.74 m² Renovación Urbana (FOMUR) 3% 180.44 m² 0.00 m² 180.44 m² Serv. Públicos. Complementarios (Municipalidad Distrital) 2% 120.29 m² 0.00 m² 120.29 m² *Se propone redimir en dinero el défi cit de aportes reglamentarios de conformidad a lo dispuesto en el artículo 10º de la Ordenanza Nº 836-MML PAVIMENTOS.- Las características de las obras de pavimentación serán las siguientes: Sub-rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de sub-rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superfi cie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarifi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m. de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material grueso con diámetros máximo de 1 ½”, fi nos y ligantes, en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 98% de la Densidad Proctor Modifi cado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superfi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2” de espesor. Superfi cie de Rodadura.- Estará constituida por una capa asfáltica en caliente de 2” de espesor como mínimo, que se aplicará previa imprimación de la superfi cie de base con asfalto líquido RC-250. Aceras.- Serán de concreto de calidad de f´c = 175 kg/ cm² de 0.10 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20 m., y el acabado será con mezcla cemento-arena fi na, en proporción 1:2 de un (01) centímetro de espesor. Los radios de los abanicos en las esquinas serán de 6.00 m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confi nando y protegiendo sus bordes, y a nivel de dichas calzadas, se construirán sardineles de concreto de calidad f´c=175 kg/cm², y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirán sardineles de concreto de calidad y acabado fi nal igual a las aceras, en forma monolítica y homogénea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas en Bermas para personas con discapacidad.- En los lugares señalados en el plano de Trazado y Lotización, se construirán rampas en las bermas, que conectarán los niveles superiores de las aceras y de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE – U.190 “ADECUACIÓN URBANÍSTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07.02.2001. Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL; conforme lo dispone el Reglamento Nacional de Edifi caciones, las cuales deberán ser debidamente supervisadas y recepcionadas antes del procedimiento administrativo de Recepción de Obras, ante esta Corporación. Electricidad.- Los interesados ejecutarán las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la Empresa Concesionaria EDELNOR debiendo poner en su conocimiento la fecha de inicio y término de las mismas; conforme lo dispone el Reglamento Nacional de Edifi caciones, las cuales deberán ser debidamente supervisadas y recepcionadas antes del procedimiento administrativo de Recepción de Obras, ante esta Corporación. Instalaciones Telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, el interesado deberá coordinar con la gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica del Perú S.A. dicha compañía, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales; conforme lo dispone la Norma EC 040, del Reglamento Nacional de Edifi caciones, las cuales deberán ser debidamente supervisadas y recepcionadas antes del procedimiento administrativo de Recepción de Obras, ante esta Corporación. Artículo 3°.- ACEPTAR la redención en dinero de los défi cit de Aportes Reglamentarios, para Parques Zonales de 300.74 m², para Renovación Urbana de 180.44 m², y para Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) de 120.29 m², debiendo la administrada realizar los pagos correspondientes ante las entidades receptoras, hasta antes de la Recepción de Obras. Artículo 4º.- DISPONER que quede como carga inscrita en la Ficha N° 876975 y su continuación