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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 31 de diciembre de 2010 433288 activa de organizaciones, entidades públicas del nivel central, regional y local e instituciones privadas dedicadas a la protección de niños y adolescentes, adultos mayores, mujeres, para el desarrollo de labores preventivas, así como el apoyo y tratamiento de la violencia; Que, en concordancia con las recomendaciones, convenciones y declaraciones de carácter Internacional, aprobada y suscritas por el Estado Peruano entre las que tenemos: La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Recomendación General N° 19° del 11° Grupo de Sesiones de la ONU, Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (Resolución de la Asamblea General 48/104 del 20 de Diciembre de 1993 de la ONU, Convención lnteramericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belem do Pará” (1984); Que, mediante el Decreto Supremo No. 09- 2005-MIMDES, en el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006-2010, se determinan responsabilidades a los gobiernos locales para generar opinión pública contraria a la violencia a la mujer y promover una cultura de paz; Que, mediante el Decreto Supremo N° 003-2009- MIMDES, en el Plan Nacional contra la Violencia Hacia la Mujer 2009-2015 se tiene como objetivo estratégico garantizar la adopción e implementación de políticas públicas orientadas a enfrentar el problema de la violencia hacia las mujeres, desde un enfoque intersectorial y participativo en los diferentes niveles de gobierno; Que, la violencia contra la mujer, los niños, las niñas, los adolescentes, los adultos y los adultos mayores, de acuerdo a informes nacionales e internacionales, es uno de los problemas más severos que se padecen en el país y en particular, en la zona de San Juan de Mirafl ores, la misma que es afrontada a lo largo de todo el ciclo de vida de las personas afectadas y en cada espacio donde desarrollan su vida, constituyéndose en un fl agelo que impide el desarrollo social de la comunidad; Que, considerando las estadísticas nacionales registran que el 41.2% de las mujeres sufre violencia física por parte de la pareja y 70 de cada 100 mujeres ha sufrido violencia familiar. Asimismo en el distrito de San Juan de Mirafl ores, se ha verifi cado que la problemática de violencia contra la mujer, los niños, las niñas y los adolescentes en las familias y en los espacios públicos persiste con amparo y complicidad social; Que, según los registros ofi ciales del Centro Emergencia Mujer de San Juan de Mirafl ores se atendió en el período de Enero hasta noviembre del 2010, un total de 502 casos de Violencia Familiar y Sexual, de los cuales el 93% son mujeres y el 7% son varones. De los 89 casos de niñas, niños y adolescentes atendidos por algún tipo de violencia intrafamiliar o abuso sexual el 25% tienen hasta 5 años. El 7% tienen entre 6 y 11 años, mientras que el 9% tienen entre 12 y 17 años. Estadísticas sin considerar las demás instituciones públicas y privadas que registran los casos de violencia tales como PNP, Ministerio Publico, Manuela Ramos, Casa – Bien - Estar y otros; Que, es necesario fortalecer el rol comunitario a través del apoyo de todos los organismos que tienen presencia en el distrito, realizando actividades para sensibilizar a la población elaborar propuestas, planes y políticas de lucha contra violencia, en concordancia a la ley N° 27972 ley orgánica de municipalidades. Promoviendo la toma de conciencia sobre la problemática; la magnitud y los efectos nefastos que genera la violencia sobre todo en los niños (as), mujeres, adolescentes y adulto mayor; De conformidad con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades el Concejo Municipal de San Juan de Mirafl ores, en Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto UNANIME y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- RECONOCER como una problemática que merece urgente atención la violencia familiar y sexual contra mujeres, niños, niñas y adolescentes, adulto mayor a través de la Mesa Intersectorial de San Juan de Mirafl ores. Artículo 2º.- RECONOCER la MESA INTERSECTORIAL DE TRABAJO PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL FRENTE A LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES - LIMA, como el espacio de análisis, refl exión, impulsor y de coordinación para la articulación en la atención y prevención de la violencia familiar y sexual, a nivel distrital, así mismo el realizar acciones de Incidencia para el cumplimiento y seguimiento de la implementación de políticas públicas en materia de violencia familiar y sexual, y otras formas de violencia de género Artículo 3º.- RECONOCER a la Junta Directiva de la MESA INTERSECTORIAL DE TRABAJO PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL FRENTE A LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES - LIMA. Por un período de cuatro meses, renovable durante el año, la cual será integrado por: Coordinador General: Centro Emergencia Mujer San Juan de Mirafl ores. Sub - Coordinador: Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán Responsable de Normativa: DAFF - MIMDES Planeación y Apoyo Estadístico: DIVTER Sur 2 Responsable de Actas: Casa de Bienestar de San Juan de Mirafl ores - Manuela Ramos. Responsable de Prensa: Junta Vecinal de San Juan de Mirafl ores Sr. Ricardo Casanova y Cecilia Hancco. La Mesa intersectorial de Trabajo Para la Prevención y Atención Integral está integrado por: 1. Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) - PNCVFS-CEM 2. Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) - CEDIF 3. Ministerio de Justicia. 4. Ministerio del Interior- PNP SJM 5. Ministerio Público 6. Ministerio de Salud DISA II LS - Red de Salud SJM- VMT 7. Ministerio de Educación / UGEL 01 8. Municipalidad Distrital San Juan De Mirafl ores 9. Municipalidad Distrital San Juan De Mirafl ores - Comudena SJM 10. Mesa de concertación de lucha contra la pobreza - Lima Sur -MCLCP-LS 11. ONG. CRESER. 12. ONG. Acción por los niños. 13. ONG. ACSI. 14. ONG. Flora Tristán. 15. ONG. PEBAL - la Inmaculada, SJM. 16. Juntas vecinales de seguridad ciudadana. 17. Federación de APAFAS de la Región Lima Metropolitana. 18. Casa del Bien - Estar. 19. Coaliciones comunitarias. 20. Juntas vecinales de seguridad ciudadana. Los/as representantes de las Instituciones Públicas y privadas y/o de la sociedad civil involucradas en la temática de la atención y prevención de la violencia familiar, sexual y otras formas de violencia de género, así como instituciones normativas en la materia. Artículo 4º.- PROMOVER el compromiso de las instituciones del Estado y la Sociedad Civil para que incorporen en sus respectivas agendas anuales, planes de atención y prevención a fi n de coadyuvar al éxito de la aplicación de las estrategias que prevengan y atiendan a las víctimas de violencia familiar y sexual en el distrito de San Juan de Mirafl ores - Lima, a través de una acción articulada y concertada. Artículo 5º.- PROMOVER que las instituciones que conforman la MESA INTERSECTORIAL DE TRABAJO PARA LA PREVENCION y ATENCION INTEGRAL FRENTE A LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES - LIMA, asignar recursos económicos y materiales equitativamente para el desarrollo de las acciones de atención y prevención, las cuales, se plasmarán en un plan local concertado anual, orientados a la disminución de la violencia familiar y sexual, de acuerdo al compromiso adquirido, de manera anual. Artículo 6º.- La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.