Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2010 (06/01/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

410468
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de enero de 2010

- Escuela Academico Profesional de Ingenieria Agroindustrial FACULTAD DE CIENCIAS MEDICAS - Escuela Academico Profesional de Psicologia - Escuela Academico Profesional de Odontologia FACULTAD DE ENFERMERIA - Escuela Academico Profesional de Enfermeria FACULTAD DE OBSTETRICIA - Escuela Academico Profesional de Obstetricia FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y TURISMO - Escuela Academico Profesional de Administracion - Escuela Academico Profesional de Turismo y Hoteleria FACULTAD FINANCIERAS DE CIENCIAS CONTABLES Y

El oficio Nº 0579-2009-UNHEVAL-R de fecha 23 de septiembre de 2009, del Rector de la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan ­ MORDAZA, informes Nºs 112 y 1462009-DGDAC de fecha 29 de octubre y 07 de diciembre de 2009 y memorando Nº 1159-2009-SE de fecha 10 de diciembre de 2009, y; CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las atribuciones contenidas en el inciso e) del articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, se precisa que la creacion de carreras programas academicos y de MORDAZA especialidad acordados por una universidad, requiere de la coordinacion previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante oficio de vistos, el Rector de la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan con sede en la MORDAZA de MORDAZA, hace llegar la informacion sobre la organizacion academica que comprende las Facultades con sus respectivas escuelas academico profesionales, y los programas academicos de maestria y doctorado que ofrece la Escuela de Posgrado; precisando la denominacion de los MORDAZA academicos y titulos profesionales que confiere la universidad, de acuerdo a lo previsto por el articulo 10º de su Estatuto aprobado por Resolucion Nº 0006-2008-UNHEVAL-AU; Que, de los informes Nº 112 y 146-2009-DGDAC de la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion, se desprenden que de acuerdo a lo previsto por el articulo 10º del Estatuto, aprobado por Resolucion Nº 0006-2008-UNHEVAL-AU, la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan, MORDAZA, organiza y desarrolla su regimen academico por facultades de acuerdo con sus caracteristicas y necesidades impartiendo estudios a nivel pregrado y posgrado, asi como, habiendo examinado los antecedentes de su Escuela de Posgrado, se concluye que cuenta con el pronunciamiento favorable de la Asamblea Nacional de Rectores aprobado por Resolucion Nº 701-93-ANR; Que, asimismo, se desprende del informe que la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan, MORDAZA, ha organizado su actual estructura academica, acorde con las exigencias academicas atendiendo a sus propios planes de desarrollo y al plan general de desarrollo de la citada universidad dentro del MORDAZA de la Ley Universitaria Nº 23733; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo dispone la elaboracion de una resolucion, de acuerdo al anteproyecto presentado por la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion, con el proposito de declarar que la organizacion academica de la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan con sede en la MORDAZA de MORDAZA, con sus Facultades y respectivas Escuelas Academicos Profesionales; asi como los programas de Maestria y Doctorado en su Escuela de Posgrado, cumple con lo previsto en el inciso e) del articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733; Estando a la autorizacion de la Alta Direccion; En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733 y del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que la organizacion academica de la Universidad Nacional MORDAZA Valdizan con sede en la MORDAZA de MORDAZA, con sus Facultades y respectivas Escuelas Academico Profesionales; asi como los Programas de Maestria y Doctorado en su Escuela de Posgrado, cumple con lo previsto en el inciso e) del articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733. La organizacion academica comprende: FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS - Escuela Academico Profesional de Agronomia

Escuela Academico Profesional de Ciencias Contables y Financieras FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS - Escuela Academico Profesional de Economia FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES - Escuela Academico Profesional de Sociologia - Escuela Academico Profesional de Ciencias de la Comunicacion Social FACULTAD DE CIENCIAS DE LA EDUCACION - Escuela Academico Profesional de Educacion Basica - Escuela Academico Profesional de Educacion Secundaria FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS - Escuela Academico Profesional de Derecho FACULTAD DE ARQUITECTURA INGENIERIA CIVIL Y

- Escuela Academico Profesional de Ingenieria Civil - Escuela Academico Profesional de Arquitectura FACULTAD DE INGENIERIA INDUSTRIAL Y DE SISTEMAS - Escuela Academico Profesional de Ingenieria Industrial - Escuela Academico Profesional de Ingenieria de Sistemas FACULTAD ZOOTECNIA DE MEDICINA VETERINARIA Y

- Escuela Academico Profesional de Veterinaria y Zootecnia ESCUELA DE POSGRADO - Doctorado en Ciencias de la Educacion - Doctorado en Derecho - Doctorado en Ciencias de la Salud - Doctorado en Contabilidad - Doctorado en Ciencias Sociales - Maestria en Educacion con Menciones en: · Gestion y Planeamiento Educativo · Investigacion y Docencia Superior · Investigacion e Innovacion Pedagogica · Educacion Basica Alternativa

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.