Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 2010 (27/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de enero de 2010

inscripcion como Ejecutor de Obras ante Registro Nacional de Proveedores, ha sido fehacientemente acreditada por la Entidad y que el Proveedor no ha cumplido con presentar sus descargos, asi como el hecho que no ha sido inhabilitado anteriormente por este Tribunal. 14. Finalmente, es pertinente indicar que la falsificacion de documentos constituye un ilicito penal, previsto y 10 sancionado en el articulo 427 del Codigo Penal , el cual tutela como bien juridico la fe publica y la funcionalidad del documento en el trafico juridico y trata de evitar perjuicios que afecten la confiabilidad especialmente en las adquisiciones que realiza el Estado. Por tanto, debe ponerse en conocimiento del Presidente del OSCE los hechos expuestos para que proceda conforme a sus atribuciones. LA SALA RESUELVE: 1. Imponer a la empresa C.V. SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES E.I.R.L. sancion administrativa de inhabilitacion temporal por el periodo de diez (10) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, la cual entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia de publicada la presente Resolucion. 2. Poner la presente Resolucion en conocimiento de la Subdireccion del Registro Nacional de Proveedores del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), para las anotaciones de Ley. 3. Poner la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) para que, en merito a sus facultades y de considerarlo pertinente, formule la denuncia penal correspondiente ante el Ministerio Publico, de acuerdo a los fundamentos expuestos. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA ZUMAETA GIUDICHI LATORRE MORDAZA

GG/PJ remitido por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General, y Oficio Nº 0068-2010CSJCA-PJ-S, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, con relacion al cese por limite de edad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Juzgado Mixto de Contumaza, quien venia desempenandose como Juez Superior Provisional de la Sala Civil del Distrito Judicial de Cajamarca; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolucion Nº 224-2001-CNM de fecha 26 de setiembre de 2001 el Consejo Nacional de la Magistratura, dispuso la reincorporacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Juez Mixto Titular del Distrito Judicial de Cajamarca; siendo designado por la Presidencia de la citada Corte Superior de Justicia como Juez Titular del Juzgado Mixto de Contumaza; y con fecha 29 de marzo de 2006, mediante Resolucion Nº 076-2006-PCSJCA-PJ como Juez Superior Provisional de la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, cargo en el que venia desempenandose; Segundo: Que, el articulo 107º de la Ley de la MORDAZA Judicial establece que el cargo de magistrado termina, entre otras causales, por cesantia o jubilacion y por alcanzar la edad limite de setenta (70) anos; Tercero: Al respecto, del informe Nº 005-2010-GPEJGG/PJ, remitido por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, asi como de las fotocopias de la Partida de Nacimiento y de la ficha del Registro de Identidad - RENIEC anexa, aparece que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA nacio el 3 de enero de 1940, y en consecuencia el 3 de enero del ano en curso cumplio setenta (70) anos de edad; correspondiendo en via de regularizacion disponer su cese por limite de edad, de conformidad con lo previsto en la precitada normatividad; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer en via de regularizacion, el cese por limite de edad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Juez Titular del Juzgado Mixto de Contumaza, quien venia desempenandose como Juez Superior Provisional de la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, con efectividad al 3 de enero del ano en curso; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados a la Nacion. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS.

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Articulo 427.- Falsificacion de documentos El que hace, en todo o en parte, un documento falso o altera uno verdadero que pueda dar origen a derecho u obligacion o servir para probar un hecho, con el proposito de utilizar el documento, sera reprimido, si de uso puede resultar algun perjuicio, con pena privativa de MORDAZA no menor de dos ni mayor a diez anos y con treinta a noventa dias-multa si se trata de un documento publico, registro publico, titulo autentico o cualquier otro transmisible por endoso o al portador o con pena privativa de MORDAZA no menor de dos ni mayor a cuatro anos, y con ciento ochenta a trescientos sesenticinco dias multa, si se trata de un documento privado.

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PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Cesan por limite de edad a Jueces Titulares de los Juzgados Mixtos de Contumaza y de Oyon en los Distritos Judiciales de MORDAZA y Huaura
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 024-2010-CE-PJ
MORDAZA, 20 de enero de 2010 VISTOS: El Oficio Nº 16-2010-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial, Informe Nº 005-2010-GPEJ-

MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

450665-1 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 025-2010-CE-PJ
MORDAZA, 20 de enero de 2010 VISTOS: El Oficio Nº 16-2010-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial, e Informe Nº 005-2010-GPEJGG/PJ remitido por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial de la Gerencia General, con relacion al cese por limite de edad del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA,

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