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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2010 (30/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de enero de 2010 412458 Adjuntos (as) serán seleccionados (as) mediante concurso público, según las disposiciones que señale el reglamento que con tal fi nalidad apruebe la Defensora del Pueblo; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 7) del artículo 9º de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, la Defensora del Pueblo está facultada, en el ejercicio de sus funciones, para dictar los reglamentos que se requieran para el cumplimiento de las funciones de la Defensoría del Pueblo; Que, conforme a lo dispuesto por los artículos 6º y 35º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado mediante la Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP y modifi cado mediante Resolución Defensorial Nº 019-2009/DP, la Adjuntía para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad es un órgano de línea que forma parte de la estructura orgánica de la Entidad; Que, el artículo 36º del citado Reglamento de Organización y Funciones señala que cada Adjuntía se encuentra bajo la conducción de un Adjunto o Adjunta, estableciéndose en la referida norma las competencias que le corresponden a cada una de ellas; Que, el artículo 7º y los literales d) y h) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo prescribe que la Defensora del Pueblo es la funcionaria que ejerce la más alta autoridad institucional y tiene la atribución de emitir resoluciones defensoriales y de designar a sus Adjuntos; Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General y de las Ofi cinas de Gestión de Recursos Humanos y de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones y facultades conferidas por el artículo 7º y el numeral 7) del artículo 9º de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, Ley Nº 26520; y de conformidad con los artículos 6º, 7º, 35º y 36º y con los literales d) y h) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado mediante la Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP y modifi cado mediante Resolución Defensorial Nº 019-2009/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el “Reglamento para el Concurso Público de Selección del Adjunto o Adjunta para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad de la Defensoría del Pueblo”, texto que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- CONVOCAR a concurso público de selección la plaza del Adjunto o Adjunta para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad de la Defensoría del Pueblo, en el que podrán participar los ciudadanos y ciudadanas de todo el país que reúnan los requisitos señalados por el reglamento a que se refi ere el artículo anterior, del 1º al 15 de febrero del 2010 inclusive. Artículo Tercero.- DESIGNAR como integrantes de la Comisión Especial a que se refi ere el artículo 3º del “Reglamento para el Concurso Público de Selección del Adjunto o Adjunta para los Derechos Humanos y las Personas con Discapacidad de la Defensoría del Pueblo” a las siguientes personas: a) Juan OSSIO ACUÑA b) María del Pilar COLL TORRENTE c) Ana María Francesca DENEGRI ÁLVAREZ CALDERÓN Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Defensora del Pueblo 452257-1 Encargan al Primer Adjunto el Despacho de la Defensora del Pueblo RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 004-2010/DP Lima, 29 de enero del 2010 VISTOS: El Memorando Nº 049-2010-DP/OAF remitido por la Jefa (e) de la Ofi cina de Administración y Finanzas y el Memorando Nº 012-2010-DP/GA remitido por el Jefe de Gabinete, mediante el cual se da cuenta de las invitaciones cursadas a la Defensora del Pueblo para participar en los actos que con motivo de la 48ª Comisión de Naciones Unidas para el Desarrollo Social, tendrá lugar en Estados Unidos de América, por lo que solicita la emisión de la resolución que encargue la atención del Despacho de la Defensora del Pueblo del 31 de enero al 6 de febrero del 2010 inclusive, por necesidad del servicio; y, CONSIDERANDO: Que, la Defensoría del Pueblo debe cumplir el encargo de la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, así como la supervisión del cumplimiento de los deberes de la administración estatal y de la prestación de los servicios públicos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 162º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; Que, de acuerdo a los documentos de Vistos, el Club de Madrid ha invitado a la Defensora del Pueblo, en dicha condición y adicionalmente en su calidad de Presidenta de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO) para participar en los actos que con motivo de la 48ª Comisión de Naciones Unidas para el Desarrollo Social se desarrollarán en Estados Unidos de América, del 2 al 5 de febrero del 2010; Que, el Club de Madrid es una organización de carácter internacional conformada por 70 ex Presidentes y ex Primeros Ministros de todo el mundo, dedicada a la promoción de principios y valores democráticos, siendo importante subrayar que desde hace tres años, a través del Proyecto por una Sociedad Inclusiva, la referida organización promueve el liderazgo a favor de la inclusión, así como el desarrollo de principios y normas internacionales que estimulan la cohesión social. Que, asimismo, la Defensora del Pueblo ha sido invitada por la Organización de Naciones Unidas (ONU), a través del Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de Naciones Unidas, para participar en la Comisión para el Desarrollo Social del 3 al 5 de febrero del año en curso; Que, la Comisión de Desarrollo Social es una comisión orgánica del Consejo Económico y Social (ECOSOC) de las Naciones Unidas y se ha constituido en un órgano clave de la Organización de Naciones Unidas (ONU) en el seguimiento y la aplicación de la Declaración de Copenhague sobre el Desarrollo Social, suscrita en el marco de la Cumbre Mundial llevada a cabo en Copenhague, en el año 1995. Que, en función de las invitaciones recibidas, la Defensora del Pueblo participará como expositora en los siguientes eventos: Foro de la Sociedad Civil en Integración Social, en el que expondrá las mejores prácticas de la Defensoría del Pueblo del Perú en materia de integración social; Panel sobre los argumentos económicos a favor de la inclusión social, con incidencia en interculturalidad; y, en el Panel de Alto Nivel de “Integración Social”, organizado por el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de Naciones Unidas; Que, resulta relevante la participación de la Defensora del Pueblo en las referidas actividades, pues en ellas se abordarán temas prioritarios que constituyen líneas de interés institucional, tales como integración social, interculturalidad, igualdad de oportunidades, entre otros, de conformidad a las funciones que la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo le han encomendado; Que, la participación de la Defensora del Pueblo permitirá exponer a altos representantes de la sociedad civil internacional y representantes de estados miembros de Naciones Unidas los importantes aportes que la Defensoría del Pueblo ha efectuado sobre los temas a tratarse en las referidas actividades; Que, la Defensora del Pueblo se desempeña adicionalmente como Presidenta de la Federación Iberoamericana del Ombudsman (FIO), organización que tiene como uno de sus objetivos, establecer y mantener