Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2010 (30/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 30 de enero de 2010

ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Aprueban adecuacion de carreras profesionales al Regimen de Facultades de la Universidad Peruana de Ciencias e Informatica
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 600-2009-CONAFU MORDAZA, 24 de noviembre de 2009 VISTOS: El Oficio Nº 175-UPCI-P-2009 recibido con fecha 04 de noviembre de 2009, el Oficio Nº 089-2009CONAFU-CDAA de fecha 16 de noviembre de 2009 y el Acuerdo Nº 516-2009-CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU de fecha 23 de noviembre de 2009; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificacion de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el articulo 3º inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006; Que, en el articulo 3º del Estatuto, se establece que: "Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades: f) Reconocer a las comisiones organizadoras de las Universidades Publicas y Privadas..."; en concordancia con el articulo 10º del mismo cuerpo normativo, que establece: "Son atribuciones del Pleno del CONAFU: o) Reconocer a las comisiones organizadoras propuestas por los promotores, previa verificacion del cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley y demas normas; y designar a las comisiones organizadoras de las universidades publicas"; t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatutos o Reglamentos corresponda al Pleno del CONAFU"; Que, en el articulo 19º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolucion Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, se establece que: "Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comision Organizadora, conformada por tres miembros: a) Un Presidente, b) Un Vicepresidente Academico y c) El Gerente General o Director Ejecutivo de la universidad segun corresponda, que asume las funciones y responsabilidades administrativas y financieras; Que, en el articulo 20º del Reglamento, se establece que: "Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comision Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los articulos

34º, 35º y 36º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de MORDAZA de 1994 que sustituye los articulos 35º y 36º de la Ley Universitaria..."; Que, en el articulo 21º del Reglamento, se establece que: "El cargo de miembro de Comision Organizadora exige dedicacion exclusiva y es incompatible con el desempeno de cualquier otra funcion o actividad publica o privada"; Que, en el articulo 23º del Reglamento, se establece que: "El Responsables de MORDAZA Profesional y Coordinadores de Facultad. Para el inicio de las actividades academicas el CONAFU emitira opinion favorable para la designacion por la Comision Organizadora de los Responsables de las Carreras Profesionales."; Que, en el articulo 24º del Reglamento, se establece que: "El Responsable de MORDAZA Profesional o Coordinador de Facultad debera acreditar los requisitos establecidos en el articulo 37º de la Ley Universitaria - Ley Nº 23733, y tener la especialidad relacionada con la MORDAZA profesional o facultad que le corresponde organizar y dirigir. Su dedicacion es a tiempo completo"; Que, "Cada Universidad organiza y establece su regimen academico por Facultades de acuerdo a sus caracteristicas y necesidades; y asimismo, las Facultades son las Unidades fundamentales de Organizacion y formacion academica y profesional, y en ellas se estudia una o mas disciplinas o Carreras, segun la afinidad de sus contenidos y objetivos", de conformidad con los articulos 9º y 10º de la Ley Universitaria: Ley Nº 27333; Que, en el articulo 37º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, se establece que: "El gobierno de facultad corresponde al Consejo de Facultad y al Decano, de acuerdo a las atribuciones que senala el Estatuto. El Decano representa a la Facultad ante el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria. Es elegido por el Consejo de la Facultad entre los profesores principales que tengan diez anos de antiguedad en la docencia, de los cuales tres deben serlo en la categoria y deben tener el grado de Doctor o magister en la especialidad. (...)"; Que, con Oficio Nº 175-UPCI-P-2009 recibido con fecha 04 de noviembre de 2009, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad Peruana de Ciencias e Informatica, remite la Resolucion 007-2009-UPCI-P de fecha 23 de octubre de 2009, donde se resuelve el reconocimiento de la Comision de Gobierno la misma que estara conformada para el cargo de: Rector: Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente Academico: Doctor MORDAZA MORDAZA Kunupaz, Gerente General: Arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al representante de la Promotora: Ingeniero MORDAZA MORDAZA Holder; Coordinador de la Facultad de Contabilidad, Auditoria y Finanzas: Doctor MORDAZA MORDAZA Konja, Coordinador de la Facultad de Ingenieria de Sistemas e Informatica: Magister MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quinteros; solicitando el reconocimiento de la Comision de Gobierno, la adecuacion al Regimen Facultativo y el reconocimiento de decanos para lo cual proponen como Coordinador de la Facultad de Contabilidad, Auditoria y Finanzas: Doctor MORDAZA MORDAZA Konja, Coordinador de la Facultad de Ingenieria de Sistemas e Informatica: Magister MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quinteros; Que, por Oficio Nº 1089-2009-CONAFU-CDAA de fecha 16 de noviembre de 2009, el Consejero de Asuntos Academicos del CONAFU informa al Pleno, que el Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad Peruana de Ciencias e Informatica, solicita la Adecuacion al Regimen Facultativo y Constitucion de su Comision de Gobierno, en este sentido el Consejero de Asuntos Academicos opina que: 1.- Se deberia Otorgar el reconocimiento como Coordinador de la Facultad de Contabilidad, Auditoria y Finanzas al doctor MORDAZA MORDAZA Konja y como Coordinadora de la Facultad Ingenieria de Sistemas e Informatica a la magister MORDAZA MORDAZA MORDAZA por cumplir con los requisitos exigidos, 2.- Asimismo, se deberia aprobar la propuesta de constituir la Comision

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