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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de febrero de 2010 412735 Artículo Segundo.- APROBAR la independización del terreno rústico constituido por parte del Lote A del ex Fundo Naranjal con el área de 295,951.85 m2, inscrito en la Partida Nº 49071862, en la SUNARP, con el área, linderos y medidas perimétricas de acuerdo a la descripción siguiente: ÁREA Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL PREDIO MATRIZ (Ex Fundo Naranjal): Cuenta con un área de 295,951.85 m2, con los siguientes linderos y medidas perimétricas: Por el Norte: Colinda con terreno de pequeños propietarios, en línea recta con 118.15 ml. Por el Sur: Colinda con pequeños propietarios, en línea recta en dirección Nor Oeste con 142.00 ml, luego gira a la derecha con 57.00 ml., para luego continuar en línea quebrada de cuatro tramos: primer tramo 178.00 ml, segundo tramo 33.00 ml, tercer tramo 49.46 ml y cuarto tramo 110.54 ml, que en total hacen 371.00 ml; de este punto voltea a la izquierda con 115.75 ml, luego voltea con dirección al Nor Oeste con 8.75 ml., colindando con el Sector “D”, de propiedad de terceros; continúa volteando hacia la izquierda con 141.50 ml., también colindando con el Sector “D”, para fi nalmente girar a la derecha con 6.01 ml. Por el Este: Colinda con pequeños propietarios en 10 tramos, el primero una curva de 432.00 ml. que colinda con la propiedad de la Urbanización Los Portales de Naranjal; el segundo tramo voltea a la izquierda con 91.00 ml, el tercero una línea recta que voltea a la derecha con 395.34 ml, continúa el cuarto tramo con una línea recta de 122.00 ml. que colinda con ex Fundo Naranjal propiedad de terceros; el quinto tramo con una línea recta con 329.70 ml, el sexto continúa volteando ligeramente a la izquierda en una recta y en curva al fi nal con 248.30 ml, colindando con la sección B propiedad de terceros; el sétimo gira a la izquierda en línea recta con 182.00 ml. colindando con pequeños propietarios; el noveno tramo en línea recta con 40.00 ml, colindando con pequeños propietarios y el décimo tramo en línea recta con 102.00 ml. colindando con pequeños propietarios. Por El Oeste: Colinda con pequeños propietarios en dirección Norte en línea recta con 96.75 ml, luego gira a la derecha con 2.40 ml, sigue girando a la derecha con 8.00 ml, colindando con la sección “C” propiedad de terceros, continúa hacia la izquierda en línea recta con 135.44 ml, colindando con la sección “C”, de este punto continúa hacia la izquierda en línea recta de 35.44 ml, continúa hacia la derecha en línea recta de 22.15 ml, sigue hacia la derecha con 5.00 ml, colindando estos tres tramos con propiedad de la CAU Virgen del Rosario Ltda., luego continúa en línea recta de dos tramos con 74.04 ml., y 36.50 ml, colindando con propiedad de terceros, luego voltea a la izquierda en dirección Norte con línea recta de 236.70 ml., luego voltea a la izquierda en dirección Nor Oeste con 8.02 ml., continúa en línea recta de 970.00 ml, para voltear a la izquierda con 293.00 ml, continuando hacia la derecha con 22.00 ml, de aquí continúa a la derecha con 287.00 ml., luego continúa hacia la derecha en línea recta con 101.10 ml., voltea a la izquierda en línea recta con 15.00 ml. y fi nalmente continúa hacia la izquierda en línea recta con 174.00 ml, hasta llegar al punto de inicio. ÁREA Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DE LA PARCELA 1.- (Ex Fundo Naranjal): Cuenta con un área de 42,653.15 m2 con los siguientes linderos y medidas perimétricas: Por el Norte: Colinda con el Área Remanente, actual Av. Canta Callao Tramos A-B y B-C, en línea recta con 198.07 ml. tramo B-C y 198.05 ml., respectivamente. Por el Sur: Colinda con el ex Fundo Naranjal propiedad de terceros tramo D-E en línea recta con 395.34 ml. Por el Este: Colinda con la Urbanización Los Portales de Naranjal Tramo C-D en línea recta con 92.00 ml. Por el Oeste: Colinda con el Ex Fundo Naranjal propiedad de terceros Tramo E-A, en línea recta con 122.00 ml. ÁREA Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL AREA REMANENTE.- (Ex Fundo Naranjal): Cuenta con un área de 253,298.70 m2, con los siguientes linderos y medidas perimétricas: Por el Norte: Colinda con terrenos de pequeños propietarios, en línea recta con 118.15 ml. Por el Sur: Por una línea recta en dirección Nor Oeste con 142.00 ml, luego gira a la derecha con 57.00 ml., para luego continuar en línea quebrada de tres tramos que en total hacen 371.00 ml; de este punto voltea a la izquierda con 115.75 ml., luego voltea con dirección Nor Oeste con 8.75 ml., colindando con la sección D propiedad de terceros; continúa volteando hacia la izquierda con 141.50 ml, también colindando con la sección D para fi nalmente girar a la derecha con 6.01 ml; en los tramos restantes descritos colinda con pequeños propietarios. Por el Este: Constituido por ocho tramos, la primera una curva de 432.00 ml que colinda con la propiedad de la Urbanización Los Portales de Naranjal; el segundo tramo voltea a la derecha con 1.00 ml; el tercero una línea recta que voltea a la izquierda con 198.05 ml., continúa el cuarto tramo en una línea recta con 198.07 ml, el quinto tramo una línea recta con 329.70 ml; el sexto continúa volteando ligeramente a la izquierda en una recta y curva al fi nal de 248.30 ml, colindante con la sección B propiedad de terceros; el sétimo gira a la izquierda en recta de 223.40 ml., también colindando con la sección B y el octavo tramo en línea quebrada de total de 324.00 ml. colindando con pequeños propietarios. Por El Oeste: Sigue el lindero en dirección Norte en línea recta de 96.75 ml., luego gira a la derecha con 2.40 ml., sigue girando a la derecha con 8.00 ml. colindando con la sección C propiedad de terceros, continúa hacia la izquierda en recta de 35.44 ml, colindando con la sección C, de este punto continúa hacia la izquierda en recta de 22.15 ml., sigue hacía la derecha con 5.00 ml. colindando estos tres tramos con propiedad de la CAU Virgen del Rosario Ltda; luego continua en recta de dos tramos con 74.04 ml. y 36.50 ml. colindando con propiedad de terceros, luego voltea a la izquierda en dirección Norte con recta de 236.70 ml, luego voltea a la izquierda en dirección Nor Oeste con 8.02 ml, continúa en línea recta de 970.00 ml. para voltear a la izquierda con 293.00 ml, continuando hacia la derecha con 22.00 ml, de aquí continúa a la derecha con 287.00 ml., luego continúa hacia la derecha con recta de 101.10 ml, voltea a la izquierda en recta de 15.00 ml. y fi nalmente continúa a la izquierda en recta de 174.00 ml. hasta llegar al punto de inicio colindando estos últimos tramos con propiedad de terceros. Artículo Tercero.- Disponer la Inscripción en el Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de cada una de las aéreas independizadas a que se refi ere el artículo precedente, de acuerdo al Plano de Independización y Memoria Descriptiva, a través de la parte interesada. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución, por cuenta de la parte administrada, en el Diario Ofi cial El Peruano, en el plazo máximo de 30 días. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 452600-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Declaran la inhabitabilidad de predios que incluyen las construcciones realizadas en inmueble ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DE GERENCIA N° 1250-2009-GDU/MDSM SAN MIGUEL, 27 de Noviembre de 2009