Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2010 (03/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- La finalidad de la afectacion se debe cumplir dentro de un plazo no mayor de 2 anos, contados a partir de la expedicion de la presente resolucion. Articulo 4º .- Disponer que la presente resolucion sea publicada por unica vez en el Diario Oficial "El Peruano" y en el diario de mayor circulacion en la Region. Articulo 5º.- La Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial debera realizar las acciones necesarias a fin inscribir la presente resolucion ante MORDAZA Registral Nº XII Sede MORDAZA, de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y registrarla en el Sistema Informacion Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP Dada en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de Enero del Dos Mil Diez. Registrese y comuniquese BERLY MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General Regional 452642-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA a aprobar creditos suplementarios para el Ano Fiscal 2010
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 006-2010-GR.CAJ-CR MORDAZA, 26 de enero de 2010 El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Extraordinaria de fecha 25 de enero del ano 2010; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 001-2010-GR.CAJ-CR/COP-COAJ evacuado por las Comisiones Ordinarias de Planeamiento y Asuntos Juridicos referente a autorizar al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, a fin de que apruebe los creditos suplementarios otorgados al Pliego 445 - Gobierno Regional MORDAZA via resolutiva, con el MORDAZA unanime del Pleno; y, CONSIDERANDO: - Que, mediante Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto se establece en el articulo 7º, numeral 7.1: El Titular de una Entidad es la mas alta Autoridad Ejecutiva. En materia presupuestal es responsable, de manera solidaria, con el Consejo Regional o Concejo Municipal, el Directorio u Organismo Colegiado con que cuente la Entidad, segun sea el caso. Dicha Autoridad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad. El Titular es responsable solidario con el delegado. Y en el articulo 39º numeral 39.2: "En el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los Creditos Suplementarios de los fondos publicos administrados por dichos niveles de gobierno se aprueban por Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal segun sea el caso"; - Que, en la Ley Nº 29465, Ley de presupuesto del sector publico para el ano fiscal 2010, se establecen las normas para el MORDAZA presupuestario que deben observar los organismos del Sector Publico durante el ejercicio fiscal 2010; - Que, con Oficio Nº 022-2010-GR-CAJ-PR-GRPPATSGPT, de fecha 19 de enero de 2010, el Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, Econ. MORDAZA MORDAZA Salirrosas solicita al Pleno del Consejo Regional que en merito a la Ley Nº 28411 "Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto", articulo 39 numeral 39.2, se le

autorice incorporar creditos suplementarios al presupuesto institucional del Gobierno Regional Cajamarca; - Que, mediante Oficio Nº 07-2010-GRCAJGRPPAT-SGPT, de fecha 18 de enero del ano 2010, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Eco. MORDAZA Ibanez MORDAZA, informa al Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, Econ. MORDAZA MORDAZA Salirrosas, lo siguiente: 1º) La Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el articulo, numeral 39.2, establece que los Creditos Suplementarios de los fondos publicos administrados por los Gobiernos Regionales se aprueban por Acuerdo de Consejo Regional. 2º) Con Acuerdo de Consejo Regional Nº 001-2010-GR.CAJ-CR, de fecha 12 de enero de 2010, se aprueba el Cronograma de Sesiones Ordinarias del Consejo Regional MORDAZA para el ano 2010 el mismo que considera sesiones en forma mensual. 3º) Usualmente, las normas que aprueban los Creditos Suplementarios del Gobierno Nacional establecen plazos perentorios para que el Gobierno Regional lo incorpore a su MORDAZA presupuestal y remita MORDAZA de las Resoluciones a la Contraloria General de la Republica, Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, Contaduria Nacional y a la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del MEF, que de no cumplirse en las fechas previstas, la institucion es pasible de sanciones por omisiones. Es asi que las normas que conceden los Creditos Suplementarios a favor del Gobierno Regional no coinciden con el Cronograma establecido por el Consejo y generaria retrasos en aprobar y remitir copias de los actos resolutivos a las instancias MORDAZA indicadas. Por lo que el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, le manifesto al Presidente Regional que se hace necesario que el Consejo Regional acuerde delegar al senor Presidente Regional, como en anos anteriores, la facultad de aprobar los Creditos Suplementarios, suscribiendo las Resoluciones Ejecutivas Regionales correspondientes. Es por ello que con la finalidad de mantener informado al Consejo Regional, sobre esta delegacion de facultades, debera considerarse en el Acuerdo, que MORDAZA de toda resolucion de esta naturaleza sea remitida al Consejo Regional; - Que, con Informe Nº 01-2010-GR.CAJ/DRAJ, de fecha 15 de enero de 2010, la Directora Regional de Asesoria Juridica (e), Abog. Luvy MORDAZA MORDAZA, remite al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Eco. MORDAZA Ibanez MORDAZA, la Opinion legal favorable sobre la "Formulacion de Acuerdo de Consejo Regional facultando al Presidente Regional la potestad de autorizar la incorporacion al presupuesto los creditos suplementarios", que dentro del analisis senala que esta autorizacion al Presidente Regional se enmarca dentro de los margenes de la Constitucionalidad y que no excede las facultades legislativas otorgadas por las Leyes de la materia Nº 28411 y 29465 en concordancia con la autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, para el caso en materia presupuestal, que se indica en los dispositivos mencionados; por ello resulta necesario y pertinente establecer mecanismos de desconcentracion de facultades con la finalidad de viabilizar el accionar de la Entidad fundamentalmente en lo concerniente a las cuestiones de oportunidad y operatividad presupuestal; configurandose el supuesto contemplado en el Informe Tecnico Nº 01-2010-GR.CAJ/ DRAJ, esto es, la "Formulacion de un Acuerdo de Consejo Regional facultando al Presidente Regional la potestad de autorizar la incorporacion al presupuesto los creditos suplementarios a favor de la Entidad para el ano fiscal 2010". Ademas dentro de sus conclusiones establece que: a) Lo solicitado no contraviene los preceptos constitucionales. b) Lo solicitado no excede el MORDAZA juridico de facultades legislativas conferidas mediante la legislacion de la materia, descrita precedentemente; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases Descentralizadas Nº 27783; Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2008-GR.CAJ-CR, el Pleno del Consejo Regional acordo: Primero.- AUTORIZAR al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, a fin de que apruebe los creditos suplementarios para el ano Fiscal 2010, otorgados al

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