Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2010 (03/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de febrero de 2010

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Afectan en uso terreno a favor de la Municipalidad para la construccion del MORDAZA Ecologico Morro Negro
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 010-2010-GRA/PR-GGR VISTO: El Informe Nº 045-2010-GRA/OOT, sobre Afectacion en Uso de terreno eriazo, ubicado en el sector Morro Negro del distrito de Cayma. CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Cayma solicita la adjudicacion del terreno denominado "Morro Negro, con un area de 5 76868 Has., ubicado en el distrito de Cayma, provincia y departamento de MORDAZA, con la finalidad de ejecutar el Proyecto denominado "Construccion MORDAZA Ecologico Morro Negro, distrito de Cayma, Provincia de Arequipa". Posteriormente este pedido es variado, solicitando la afectacion en uso de un area de 25 889.00 m2. Que, de la documentacion alcanzada se tiene que la MORDAZA donde se encuentra ubicado el terreno solicitado, esta considerado como MORDAZA de Reserva Paisajista (intangible), encontrandose autorizado por la Ordenanza Municipal Nº 160 que aprobo el Plan Director de MORDAZA Metropolitana y la Ordenanza Distrital Nº 013-2006 que aprueba el Plan MORDAZA Distrital. Que, el inciso b) del articulo 62 de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, senala que es funcion de los Gobiernos Regionales: "b) Realizar los actos de inmatriculacion saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal." Que, en virtud de lo establecido en la Resolucion Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de MORDAZA las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales. Que, el articulo 32 del Reglamento de la Ley, respecto al tramite y aprobacion de los actos de adquisicion, administracion y disposicion de bienes estatales, conforme con las particularidades que para cada acto se establece, senala que se realiza ante y por: "(...) 2. Los Gobiernos Regionales, para aquellos de su propiedad o del Estado que esten bajo su administracion. (...)" Que, estando a la normatividad legal referida, el Gobierno Regional de MORDAZA, es competente para pronunciarse sobre el presente procedimiento, encontrandose normado por lo establecido en la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA. Es aplicable asimismo lo establecido en la Directiva Nº 005-2002-SBN, Procedimientos para la afectacion en uso y desafectacion de predios del Estado, aprobado por Resolucion Nº 022-2002-SBN, de conformidad con lo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria Derogatoria del Reglamento MORDAZA mencionado. Que, el Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, establece:

"Articulo 97.- De la definicion Por la afectacion en uso solo se otorga el derecho de usar a titulo gratuito un predio a una entidad para que lo destine al uso o servicio publico y excepcionalmente para fines de interes y desarrollo social. Las condiciones especificas de la afectacion en uso seran establecidas en la Resolucion que la aprueba o en sus anexos, de ser el caso." "Articulo 101.- Del plazo La afectacion en uso es a plazo determinado o indeterminado, de acuerdo a la naturaleza del proyecto para el uso o servicio publico, debiendo establecerse el mismo en la Resolucion aprobatoria bajo sancion de nulidad. La entidad que aprueba el acto podra modificar el plazo de acuerdo con la naturaleza del uso o servicio publico, para lo cual emitira la respectiva Resolucion debidamente sustentada. Que, a traves del Informe Tecnico Legal Nº 003-2010GRA-OOT de fecha 19 de enero del 2010 la Oficina de Ordenamiento Territorial, luego de la inspeccion realizada, senala : · Que el terreno solicitado es un eriazo, tiene un area de 25 889.00 m2, se encuentra ubicado en el Sector Morro Negro S/N, al ingreso MORDAZA al Santuario de Chapi (Charcani) con frente al MORDAZA de Chilina, distrito de Cayma; · Que se encuentra libre de edificaciones, que esta atravesado longitudinalmente por un MORDAZA de herradura hacia el Santuario de Chapi, asi como por una linea electrica de alta tension y por el lado Este con el MORDAZA de agua potable Zamacola. · Finalmente opinan por la procedencia del pedido efectuado, Que, siendo la Municipalidad Distrital de Cayma una entidad publica, y teniendo en cuenta que sobre el terreno mencionado se construira el MORDAZA Ecologico Morro Negro en el Sector de Morro Negro MORDAZA Chilina distrito de Cayma ­Arequipa, proyecto con Codigo SNIP Nº 137839, a cuyo fin sera destinado y que el expediente, de acuerdo a lo informado por la Oficina de Ordenamiento Territorial, reune todos los requisitos exigidos en la normatividad legal vigente, es procedente afectar en uso el referido terreno, por un plazo indeterminado, mientras sea usado para el fin MORDAZA mencionado. Que, en merito a lo establecido en el articulo 100 del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales, con fecha 27 de agosto del ano 2009 se hizo entrega provisional del mencionado terreno a la Municipalidad Distrital de Cayma, fecha desde la cual se encuentra en posesion de la referida area, no se requiere suscribir acta de entrega del terreno. Con Informe Nº 077-2010-GRA/ORAJ emitido por la Oficina Regional de Asesoria Juridica y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27867, Ley N° 27444, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 337-2007/GR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AFECTAR EN USO, a favor de la Municipalidad Distrital de Cayma, el terreno de 25 889.00 m2 ubicado en el Sector Morro Negro S/ N, distrito de Cayma, provincia y departamento de MORDAZA, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Nº 11115655 del Registro de Predios de Registros Publicos de Arequipa; para que se realice la Construccion del MORDAZA Ecologico Morro Negro en el Sector de Morro Negro MORDAZA Chilina distrito de Cayma y lo destine al funcionamiento de un MORDAZA Ecologico; por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolucion. Articulo 2º.- El plazo de la Afectacion en Uso referida es indeterminado siempre y cuando la Municipalidad no incurra en ninguna de las causales de desafectacion previstas en el Reglamento de la Ley Nº 29151 General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y en la Directiva Nº 005-2002-SBN.

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