Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2010 (08/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 2010

- MORDAZA Emision" hasta por un importe MORDAZA de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de MORDAZA y registrar el prospecto complementario respectivo, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 3º.- Inscribir los valores correspondientes a la emision denominada "Bonos Pluspetrol Lote 56 - Tercera Emision" hasta por un importe MORDAZA de S/. 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones y 00/100 Nuevos Soles) y registrar el prospecto complementario respectivo, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- La oferta publica de los valores a que se refieren los articulos 1, 2 y 3 de la presente resolucion debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto por el articulo 25 y, de ser el caso, por el articulo 29 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23 y 24 del mencionado reglamento. Siempre y cuando los plazos del programa y del tramite anticipado no hayan culminado, la colocacion de los valores se podra efectuar en un plazo que no excedera de nueve (9) meses, contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. El plazo de colocacion es prorrogable hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga en ningun caso podra ser presentada despues de vencido el referido plazo de colocacion. Articulo 5º.- La aprobacion, la inscripcion y el registro a los que se refieren los articulos 1, 2 y 3 de la presente resolucion no implican que CONASEV recomiende la inversion en tales valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 6º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en internet. Articulo 7º.- Transcribir la presente resolucion a Pluspetrol Lote 56 S.A., en su calidad de emisor; al Banco de Credito del Peru, en su calidad de entidad estructuradora y representante de los obligacionistas; a Credibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a Cavali S.A. ICLV y a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. YVONKA MORDAZA MORDAZA Directora de Emisores 507915-1

designar al funcionario de confianza en el citado puesto; De conformidad con las Leyes N°s 27594 y 26366, y el inciso v) del articulo 7° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS; y Con cargo de dar cuenta al Directorio; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, con efectividad a partir de la fecha, al senor abogado MORDAZA Torrico MORDAZA en el cargo de Asesor de la Gerencia General de la SUNARP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GIRANO Superintendente Nacional de los Registros Publicos 515984-1

ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Aprueban Reglamento para la Eleccion de los Consejeros del Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios CODACUN
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0623-2010-ANR MORDAZA, 25 de junio de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El acuerdo de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria y del Pleno de Rectores adoptados en sus respectivas sesiones extraordinarias llevadas a cabo el 25 de junio de 2010; y, CONSIDERANDO:

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Designan Asesor de la Gerencia General de la SUNARP
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 172-2010-SUNARP-SN MORDAZA, 01 de MORDAZA de 2010. CONSIDERANDO: Que, el Superintendente Nacional de los Registros Publicos es el funcionario de mayor nivel jerarquico de la institucion; Que, de conformidad con lo establecido en el literal n) del articulo 7° del Estatuto de la SUNARP es una atribucion del Superintendente Nacional el designar los cargos de confianza y nombrar, contratar, suspender, remover o MORDAZA al personal considerado en dichos cargos, dando cuenta al Directorio; Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor de la Gerencia General de la SUNARP, resultando necesario

Que, el articulo 90º de la Ley Universitaria Nº 23733 prescribe que los Rectores de las Universidades publicas y privadas constituyen la Asamblea Nacional de Rectores cuyos fines son el estudio, la coordinacion y la orientacion general de las actividades universitarias en el MORDAZA, asi como de su fortalecimiento economico y de su responsabilidad con la comunidad nacional; Que, de conformidad con el Inc. i) del articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733 es atribucion especifica e indelegable de la Asamblea Nacional de Rectores, elegir a los miembros del Consejo de Asuntos Contenciosos Universitarios; Que, en el articulo 95º de la Ley Universitaria Nº 23733, se establece que el Consejo de Asuntos Contenciosos esta integrado por cinco miembros, que hayan sido Rectores, Decanos de Facultades de Derecho o Directores de Programas Academicos de Derecho, cuyas funciones son el Resolver en MORDAZA instancia administrativa los recursos de revision formados contra las resoluciones de los Consejos Universitarios en los casos de desconocimiento de los derechos legalmente reconocidos a los profesores y alumnos; y asimismo, ejercer la jurisdiccion arbitral previo sometimiento de MORDAZA partes a peticion de una Universidad, de sus organos legales o de las asociaciones reconocidas de profesores y estudiantes, en los conflictos que impidan o alteren su actividad normal; Que, la Resolucion Nº 0083-2008-ANR y Resolucion Nº 1379-2009-ANR nombran a los miembros titulares

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