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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2010 (27/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 27 de julio de 2010 422914 CONSIDERANDO: Que, del 30 de julio al 11 de agosto de 2010 tendrá lugar en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, la Trigésima Primera Reunión de Delegados del Comité Científi co de Investigación Antártica (XXXI SCAR), que agrupa a los representantes científi cos de los Miembros Plenos de este Comité; Que, el Perú viene desarrollando su actividad científi ca antártica, en el marco del Sistema establecido por el Tratado Antártico, a través de Expediciones Científi cas a la Antártida (ANTAR), en las que participan instituciones públicas y privadas para el desarrollo de investigaciones en diversas áreas vinculadas a la temática antártica, siendo necesario designar a un especialista peruano acreditado como Delegado del Perú ante el SCAR para que asista y participe en la Trigésima Primera Reunión de Delegados del Comité Científi co de Investigación Antártica (XXXI SCAR); Teniendo en cuenta los Memoranda (IAP) Nº IAP0144/2010, de la Asesoría del Despacho Ministerial en Asuntos Antárticos, de 6 de julio de 2010; y (FIN) Nº FIN0427/2010, (FIN) Nº FIN0432/2010, de la Dirección de Finanzas, de 15 de julio de 2010 y 16 de julio de 2010, respectivamente, que otorga disponibilidad presupuestaria al presente viaje; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1057 Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075- 2008-PCM, la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su modificatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica, su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 005- 2006-PCM; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Johan Nicolás Veerman Castro, especialista del Área Científica y Ambiental de la Asesoría Ministerial en Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 30 de julio al 11 de agosto de 2010, a fin de que asista y participe en la Trigésima Primera Reunión de Delegados del Comité Científico de Investigación Antártica (XXXI SCAR). Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 39621 Promoción de Acciones en Temas Antárticos, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Johan Nicolás Veerman Castro 716.87 200.00 13+1 2,800.00 31.00 Artículo 3º.- Sólo para efecto de la rendición de cuentas, se autoriza el presente viaje del 30 de julio al 12 de agosto de 2010, de acuerdo al itinerario. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión, el mencionado funcionario deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo 5º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 524370-8 SALUD Autorizan excepción a la prohibición de nombramiento del personal de salud en las Unidades Ejecutoras de los Pliegos de los Gobiernos Regionales de los departamentos de Amazonas y San Martín DECRETO SUPREMO N° 019-2010-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego 011 Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y de los Gobiernos Regionales; Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 9.1 del artículo 9º, referido a Medidas en Materia de Personal, de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se permite el nombramiento de hasta el quince por ciento (15%) del número de los profesionales no médicos cirujanos y del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, respectivamente, en el marco del nombramiento gradual a que se refi eren las Leyes Nº 28498 y Nº 28560, sus normas modifi catorias y complementarias, que a la vigencia de la Ley Nº 29465 no hayan sido nombrados en el marco de las citadas leyes; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2010- SA se aprobaron los “Lineamientos para el proceso de Nombramiento del Año 2010 en el marco de las Leyes Nºs. 28498 y 28560, y el Decreto de Urgencia Nº 094-2009 en las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales”, con la fi nalidad de garantizar que, en el más breve plazo, se realicen los nombramientos en el sector salud autorizados por la Ley Nº 29465; Que, en los citados Lineamientos se establece que una vez aprobadas las modifi caciones a los documentos de gestión (Cuadro para Asignación de Personal y Presupuesto Analítico de Personal), los pliegos respectivos deberán solicitar al Ministerio de Economía y Finanzas el informe favorable según refi ere el último párrafo del numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº 29465. Dicho informe favorable será comunicado por el Ministerio de Economía y Finanzas al pliego respectivo y al Ministerio de Salud, a fi n que este último elabore el proyecto de decreto supremo que autorice la excepción a la prohibición de nombramiento de las unidades ejecutoras de salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 110-2010-EF, se autoriza una transferencia de partidas a favor del Pliego Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y los Gobiernos Regionales por la suma de S/. 57 259 662,00, destinados al fi nanciamiento del costo diferencial del nombramiento del personal del sector salud, a nivel Nacional, en el ámbito de las Leyes Nºs 28498 y 28560 y Decreto de Urgencia Nº 094-2009. Según Anexo de la norma, corresponde al Pliego 440 Gobierno Regional del Departamento de Amazonas la suma de S/. 898 908,00 para 85 plazas, y al Pliego 459 Gobierno Regional del Departamento de San Martín la suma de S/. 649 141,00 para 75 plazas; Que, mediante Ofi cios Nº 217-2010-EF/76.20 y Nº 264- 2010-EF/76.20 dirigidos al Presidente Regional del Gobierno