Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2010 (28/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de MORDAZA de 2010

diferenciado hasta el 31 de diciembre de 2008, se considero la recomendacion de la Comision de Alto Nivel, a fin de dar continuidad a la atencion que se brinda a la poblacion en dichos servicios, en tanto se efectua el rediseno del servicio, a fin de reestructurarlo o reemplazarlo; Que, con la Resolucion Ministerial Nº 039-2009/MINSA del 26 de enero de 2009, se autorizo con eficacia anticipada al 1º de enero de 2009 y por el plazo de sesenta (60) dias calendario, el funcionamiento del Servicio de Salud Bajo Tarifario Diferenciado, asi como las funciones de la Comision de Alto Nivel encargada de evaluar la gestion administrativa y en el MORDAZA juridico de los establecimientos de salud que cuenten con este servicio; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 268-2009/ MINSA del 23 de MORDAZA de 2009, se autorizo con eficacia anticipada al 02 de marzo de 2009 y por el plazo de treinta (30) dias calendario, el funcionamiento del Servicio de Salud Bajo Tarifario Diferenciado, asi como las funciones de la Comision de Alto Nivel encargada de evaluar la gestion administrativa y el MORDAZA juridico de los establecimientos de salud que cuenten con este servicio, con el fin de revisar, corregir y/o aumentar el Informe Final de la Comision de Alto Nivel para la MORDAZA al Senor Ministro de Salud; Que, con la Resolucion Ministerial Nº 512-2009/MINSA del 4 de agosto de 2009, se autorizo con eficacia anticipada al 1º de MORDAZA de 2009 y por el plazo de seis (6) meses, el funcionamiento de los Servicios de Salud Bajo Tarifario Diferenciado; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 110-2009/ MINSA del 9 de febrero de 2010, se autorizo con eficacia anticipada al primero (01) de octubre de 2009 y hasta el treinta y uno (31) de MORDAZA de 2010; el funcionamiento de los Servicios de Salud Bajo Tarifario Diferenciado; Que, con Oficios Nº 379-2010-J/INEN, Nº 809-2010DG-INO, Nº 1879-DG-005-SBTD-INSN-2010, Nº 3477DG-INMP-10, Nº 1308-DG/HNCH-2010 y Nº 1181-DGHNAL-2010, los Directores Generales del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas, el Instituto Nacional de Oftalmologia, el Instituto Nacional de Salud del MORDAZA, el Instituto Nacional MORDAZA Perinatal, el Hospital Nacional MORDAZA MORDAZA y el Hospital Nacional Arzobispo MORDAZA, respectivamente han solicitado la ampliacion de la autorizacion de funcionamiento del Servicio de Salud Bajo Tarifario Diferenciado; Que, a traves del Memorandum Nº 0780-2010-OGPPOGPI/MINSA, del 12 de MORDAZA de 2010, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 075-2010-OGPI-OGPP/MINSA, en el cual recomienda la continuidad del funcionamiento del Servicio de Salud Bajo Tarifario Diferenciado; Que, mediante Memorandum Nº 3162-2010-DGSP/ MINSA, de fecha 16 de MORDAZA de 2010, la Direccion General de Salud de las Personas remite el Informe Nº 116-2010DGSP-DSS-SES/MINSA, a traves del cual sugiere la autorizacion del funcionamiento de los Servicios de Salud Bajo Tarifario Diferenciado por un periodo de 6 meses; Con el visado del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y del Viceministro de Salud; y, De conformidad, con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a partir del 01 de Agosto de 2010 y por el plazo de seis (6) meses, el funcionamiento de los Servicios de Salud Bajo Tarifario Diferenciado. Articulo 2º.- Disponer que los establecimientos de salud que brindan el servicio de Salud Bajo Tarifario Diferenciado durante el periodo a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion, deberan velar porque el pago del rubro de honorarios profesionales no se contraponga con las normas que regulan los ingresos de los servidores publicos, y con las normas senaladas en la Ley General del Sistema Nacional de Tesoreria y la Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad. Articulo 3º.- Disponer que la Resolucion Ministerial Nº 1512007/MINSA y la Resolucion Ministerial Nº 586-2006/MINSA que aprueba la Directiva Nº 092-MINSA/DGSP-V.01 2, Directiva para el funcionamiento del Servicio de Salud Bajo Tarifario Diferenciado en los Hospitales e Institutos Especializados de la Red Asistencial del Ministerio de Salud", seguiran vigentes durante el plazo senalado en al articulo 1º de la presente resolucion, en todo lo que no se oponga a la presente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban el Plan Anual de Transferencias 2010 del Sector Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 180-2010-TR
MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2010 VISTO: El Oficio Nº 576-2010-MTPE/3, de fecha 18 de MORDAZA de 2010, del Viceministro de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral y Presidente de la Comision Sectorial de Transferencias del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en el articulo 5º de la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, este Sector es el organismo rector en materia de trabajo y promocion del empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno tales como: formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar las politicas nacionales y sectoriales en las materias de promocion del empleo, intermediacion laboral, formacion profesional y capacitacion para el trabajo, normalizacion y certificacion de competencias laborales, autoempleo, migracion laboral y reconversion laboral, realizando seguimiento, monitoreo y evaluacion respecto al desempeno y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, asi como adoptar las medidas correctivas; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 83º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales concordante con la Setima Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y el numeral a.1 del articulo 6º de la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, establece que las Comisiones Sectoriales de Transferencias propondran los planes anuales de transferencias; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 081-2005CND-P, del ex Consejo Nacional de Descentralizacion (hoy Secretaria de Descentralizacion), se aprobo la Directiva Nº 005CND-P-2005 "Procedimientos para la Formulacion de Planes de Transferencia Sectorial de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales", cuyo literal b) del Inciso 11.3, establece que el Plan Anual de Transferencia Sectorial debe ser aprobado por Resolucion Ministerial y ser presentado a la Secretaria de Descentralizacion de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 064-2006-TR, del 6 de febrero de 2006, se constituyo la Comision Sectorial de Transferencias del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, encargada de las acciones inherentes al MORDAZA de descentralizacion en el ambito del Sector Trabajo y Promocion del Empleo, la misma que fue ampliada en su composicion por la Resolucion Ministerial Nº 065-2007-TR del 06 de marzo de 2007; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, que aprueba el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2009", en su articulo 4º, preve la constitucion, el reconocimiento y el funcionamiento de las Comisiones Intergubernamentales; espacios de articulacion y coordinacion del ejercicio de las funciones compartidas entre los tres niveles de gobierno; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 051-2009-PCM/SD, se reconoce a la Comision Intergubernamental del Sector Trabajo y Promocion del Empleo encargada entre otros, del desarrollo de los componentes de la gestion descentralizada de los servicios publicos al ciudadano para que se ejerzan plenamente las funciones transferidas a los Gobiernos Regionales, la misma que esta integrada por 05 representantes del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, 01 representante del Ministerio de Economia y Finanzas y 25 Gobiernos Regionales representados por los Gerentes y Directores Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo;

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