TEXTO PAGINA: 50
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de junio de 2010 420176 En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Percy Alexander Castañeda Huertas con matrícula Nº N-3978 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 501879-1 Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 4522-2010 Lima, 18 de mayo de 2010 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la señora Hilda Luz Garcés Nuñez para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Sesiones de la Comisión Evaluadora de fechas 02 de febrero y 10 de marzo de 2010, convocada de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11° del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley N° 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 1096-2005 del 25 de julio de 2005. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Hilda Luz Garcés Nuñez con matrícula N° N-3989 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 502287-1 Autorizan funcionamiento por conversión de Solución Empresa Administradora Hipotecaria S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 4719-2010 Lima, 21 de mayo de 2010 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: VISTA: La solicitud presentada por Solución Financiera de Crédito del Perú S.A. (en adelante, “Financiera Solución”), mediante comunicación de fecha 24 de noviembre de 2009, para que esta Superintendencia autorice su conversión a empresa administradora hipotecaria a denominarse “Solución Empresa Administradora Hipotecaria S.A.”; y, CONSIDERANDO: Que, a través de la Resolución SBS N° 13424-2009, se autorizó al Banco de Crédito del Perú, accionista de Financiera Solución, a adquirir el 100% de las acciones representativas del capital social de Financiera Edyfi car S.A., señalando que la resolución quedaría sin efecto si -dentro del plazo otorgado por esta Superintendencia- no se concluía la conversión de Financiera Edyfi car S.A. o de Financiera Solución en una empresa de distinta naturaleza, a fi n de regularizar lo establecido en el artículo 55° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modifi catorias (en adelante, “Ley General”); Que, a través de Resolución SBS N° 2850-2010 de fecha 23 de marzo de 2010, se otorgó a Financiera Solución un plazo adicional de sesenta (días) calendario para concluir el proceso de conversión establecido en la Resolución SBS N° 13424-2009; Que, en atención a ello, en Junta General de Accionistas de Financiera Solución, celebrada el día 19 de noviembre de 2009, se acordó la conversión de Financiera Solución a una empresa administradora hipotecaria y, asimismo, la modifi cación los artículos 1°, 4° y 5° de su Estatuto Social para tal efecto; Que, se ha verifi cado que la empresa solicitante ha cumplido con lo establecido en el artículo 16° del Reglamento para la Constitución, Reorganización y Establecimiento de Empresas y Representantes de los Sistemas Financiero y de Seguros, aprobado por la Resolución SBS N° 10440-2008 (en adelante, el Reglamento), así como con los requisitos previstos en el Procedimiento N° 4 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia; encontrándose técnica y administrativamente preparada para operar como empresa administradora hipotecaria; Que, al ser la empresa solicitante, una empresa comprendida en el literal A del artículo 16° de la Ley General, esta Superintendencia solicitó la opinión del Banco Central de Reserva del Perú; quien, mediante Carta N° 0004-2010-FIN120 del 22 de marzo del 2010, informó que no encuentra inconveniente para que Financiera Solución efectúe su conversión a empresa administradora hipotecaria; Contando con la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, de Asesoría Jurídica y de Riesgos; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 27° de la Ley General y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349° de la misma norma legal. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el funcionamiento por conversión de “Solución Empresa Administradora Hipotecaria S.A.” como una empresa administradora hipotecaria, la que podrá realizar las operaciones establecidas por la Ley N° 28971, la Ley General y normativa complementaria emitida por la Superintendencia