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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (04/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de junio de 2010 420177 de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; lo que conlleva, por tanto, la conformidad de esta Superintendencia a las modifi caciones al Estatuto Social acordadas por la Junta General de la empresa a efectos de la conversión. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la autorización de funcionamiento otorgada a “Financiera de Crédito del Perú S.A.”, anterior denominación social de Financiera Solución, emitida con fecha 28 de marzo de 1980. Artículo Tercero.- Disponer que por Secretaría General se otorgue el correspondiente Certificado de Autorización de Funcionamiento por Conversión a nombre de Solución Empresa Administradora Hipotecaria S.A., el que deberá ser publicado por dos veces alternadas, la primera en el Diario Oficial El Peruano y la segunda en uno de extensa circulación nacional; debiendo exhibirse permanentemente en la oficina principal de la empresa, en lugar visible al público, una vez que inicie sus operaciones como empresa administradora hipotecaria. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 500923-1 Disponen que Secretaría General de la SBS sustituya el Certificado de Autorización de Funcionamiento de Volvo Finance Perú S.A., emitiéndose uno a nombre de Financiera TFC S.A. RESOLUCIÓN SBS Nº 5015-2010 Lima, 26 de mayo de 2010 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: VISTA: La solicitud presentada por Financiera TFC S.A., para obtener un nuevo Certifi cado de Funcionamiento a nombre de “Financiera TFC S.A.”; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud de la autorización de funcionamiento emitida por esta Superintendencia mediante Resolución SBS Nº 147-97-SBS de fecha 13 de marzo de 1997 se emitió el respectivo Certifi cado de Funcionamiento a la empresa Volvo Finance Perú S.A.; Que, por acuerdo de Junta General de Accionistas de fecha 24 de marzo de 2006, se aprobó el cambio de razón social de la empresa fi nanciera Volvo Finance Perú S.A. a Financiera TFC, lo cual fue autorizado mediante Resolución SBS Nº 509-2006; Que, según indica la Financiera, el hecho de que el Certifi cado de Funcionamiento se encuentre a nombre de Volvo Finance Perú S.A., le genera inconvenientes referidos a la identifi cación de la empresa frente a sus clientes, lo cual afecta sus operaciones y relaciones con el público; Estando a lo informado por el Departamento Legal y a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 27º de la Ley Nº 26702 y modifi catorias, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349º de la referida Ley General; RESUELVE: Artículo Único.- Disponer que Secretaría General de esta Superintendencia sustituya el Certifi cado de Autorización de Funcionamiento de Volvo Finance Perú S.A.; emitiéndose uno a nombre de Financiera TFC S.A., REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL