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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de junio de 2010 420220 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 334-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 14 de mayo del 2010 Visto, los Escritos de Registro Nº 00017241-2010 de fecha 26 de febrero, 25 y 26 de marzo, 07 de abril; 00023066-2010 de fecha 19 de marzo; 00033572-2010 de fecha 30 de abril, y 04 de mayo del 2010, presentados por la empresa ISLA DE ONS S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015-2007- PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron. Sólo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo, no procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verifi carse que los transferentes de la embarcación pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos fi rmes o que hayan agotado la vía administrativa o confi rmadas con sentencia judicial que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada. En aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la vía administrativa o judicial, procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca, encontrándose condicionada la vigencia a su resultado; Que, mediante Resolución Directoral N° 433-2009- PRODUCE/DGEPP de fecha 12 de junio del 2009, se aprobó a favor de la empresa PESQUERA ISLAYA S.A.C, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 101-95-PE, de fecha 27 de febrero de 1995, para operar la embarcación pesquera NAUTILUS I, de matrícula IO-4869-PM, en los mismos términos y condiciones que fue otorgado; Que, a la fecha la embarcación NAUTILUS I, de matrícula IO-4869-PM, de 203.96 m3 de capacidad de bodega, se encuentra inscrita en el Portal de la Pagina Web del Ministerio de la Producción a nombre de PESQUERA ISLAYA S.A.C, con permiso de pesca vigente para la extracción de anchoveta, y sardina (suspendida), con destino al consumo humano indirecto, y consignada en el Anexo I de la Resolución Ministerial N° 084-2007- PRODUCE, y en el Anexo II de la Resolución Ministerial N° 086-2007-PRODUCE; Que, en virtud a la Escritura Pública Nº ochocientos diez (Pre-Constitución de Garantías Mobiliarias), de fecha 11 de marzo del 2010, y la autorización de transferencia del permiso de pesca otorgado por SCOTIABANK PERÚ S.A.A, la empresa ISLA DE ONS S.A.C, solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 101-95-PE, modifi cada por la Resolución Directoral Nº 433-2009-PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcación NAUTILUS I, de matrícula IO-4869-PM; Que, mediante el Ofi cio Nº 193-2010-PRODUCE/ OGA/OEC de fecha 04 de marzo del 2010, la Ofi cina de Ejecución Coactiva informa que la embarcación NAUTILUS I (Ex. Tigre Siete), cuenta con una sanción de multa de 47.72 UIT, confi rmada mediante Resolución del Comité de Apelaciones Nº 668-2007-PRODUCE/CAS; sin embargo, el procedimiento de ejecución coactiva se encuentra suspendido al haber interpuesto el administrado una demanda Contenciosa Administrativa ante el Tercer Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, de la evaluación efectuada a los documentos presentados, se determina que la empresa recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, considerándose procedente otorgar a la empresa ISLA DE ONS S.A.C, el cambio de titular de permiso de pesca para operar la embarcación pesquera NAUTILUS I, de matrícula IO-4869-PM; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Nº 169-2010- PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinión favorable de la instancia legal a través del Informe Nº 599-2010- PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias; el Literal d), del Artículo 53º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar a favor de la empresa ISLA DE ONS S.A.C, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial Nº 101-95-PE, modifi cado por la Resolución Directoral Nº 433-2009- PRODUCE/DGEPP para operar la embarcación pesquera NAUTILUS I, de matrícula IO-4869-PM, en los mismos términos y condiciones que fue otorgado, condicionando la vigencia de dicho cambio de titular al resultado del proceso judicial correspondiente Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a través de la Resolución Ministerial Nº 101-95-PE, modifi cada por la Resolución Directoral N° 433-2009-PRODUCE/DGEPP, para operar la embarcación pesquera NAUTILUS I, de matricula IO- 4869-PM. Artículo 3º.- Incorporar a la empresa ISLA DE ONS S.A.C, como nuevo titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera NAUTILUS I, de matrícula IO-4869-PM, así como la presente Resolución al Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 084-2007- PRODUCE y al Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE, y excluir a Pesquera ISLAYA S.A.C. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral, y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www. produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL ERNESTO CAMOGLIANO PAZOS Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 502651-6 Otorgan a Lumitop S.A. permiso de pesca para operar embarcación de bandera ecuatoriana para extracción de atún RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 335-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 17 de mayo del 2010 Vistos los escritos con Registro Nº 00031693-2010 del 23 de abril y 14 de mayo de 2010, presentados por don OMAR DIEGO CARCOVICH JIBAJA, en representación de la empresa LUMITOP S.A.; CONSIDERANDO: Que, el inciso c), del Artículo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o jurídicas requerirán de permiso de pesca para la operación de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el Artículo 47º de dicha norma establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuará sobre el excedente de la captura permisible