Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2010 (07/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 7 de junio de 2010

direccion:http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_ normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 503086-12

Que, el articulo 70º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, establece que las Direcciones de Red de Salud, como organos desconcentrados de las direcciones de salud, tienen a su cargo a los Hospitales II y I que brindan atencion de salud de mediana y baja complejidad y como unidades organicas de linea a Microrredes de Salud; y estipula que las normas para su organizacion se aprobaran mediante Resolucion Ministerial; Que, con Resolucion Ministerial N° 627-2005/MINSA del 20 de agosto de 2005, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Hospital San MORDAZA de Lurigancho; Que, el Articulo 5º de los "Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones por parte de las entidades de la Administracion Publica", aprobados por Decreto Supremo N° 043-2006-PCM del 26 de MORDAZA de 2006, establece que el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) es el documento tecnico normativo de gestion institucional que formaliza la estructura organica de la Entidad orientada al esfuerzo institucional y al logro de su mision, vision y objetivos, y contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones especificas de los organos y unidades organicas, estableciendo sus relaciones y responsabilidades; Que, asimismo el articulo 6º de la MORDAZA mencionada establece que las entidades de la Administracion Publica bajo su ambito deben formular su respectivo ROF sujetandose a dichos lineamientos; Que, de otro lado, el literal c) del numeral 5.2.5 de la Directiva Nº 007-MINSA/OGPP­V.02: "Directiva para la Formulacion de Documentos Tecnicos Normativos de Gestion Institucional", aprobada por Resolucion Ministerial N° 603-2006/MINSA del 28 de junio de 2006, establece el procedimiento para la formulacion y aprobacion de los Reglamentos de Organizacion y Funciones de los Hospitales del Ministerio de Salud; Que, con el expediente del visto se ha propuesto la aprobacion de un MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones del Hospital San MORDAZA de Lurigancho, atendiendo a su categorizacion como Hospital II-2, conforme a la Resolucion Directoral Nº 004-2010-DISA IV LE-DG-DESP-OAJ de fecha 04 de enero de 2010; Que, mediante Informe Nº 0122-2010-OGPP-OO/ MINSA la Oficina de Organizacion de la Oficina General Planeamiento y Presupuesto, ha emitido opinion tecnica favorable al proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones propuesto con el documento del visto, senalando ademas, que dicho proyecto cumple con los criterios establecidos por la normatividad vigente; Que, en este contexto resulta necesario aprobar el proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones presentado por el Hospital de San MORDAZA de Lurigancho, el cual permitira el logro de la mision, vision y objetivos institucionales; Con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del Articulo 8° de la Ley N° 27657­Ley del Ministerio de Salud y su Reglamento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Hospital San MORDAZA de Lurigancho; que consta de cuatro (4) titulos, un (1) capitulo, veintinueve (29) articulos, tres (3) disposiciones complementarias y el Organigrama Estructural, que forman parte de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Dejar sin efecto las normas que se opongan a la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3°.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la publicacion de la presente resolucion en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, en la

ORGANOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Sancionan con destitucion a magistrado por su actuacion como Vocal de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 117-2009-PCNM P.D. N° 002-2005-CNM San MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2009 VISTO; El MORDAZA disciplinario numero 002-2005-CNM, seguido, entre otros, contra el Vocal de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, doctor MORDAZA Miraval Flores; CONSIDERANDO: Primero.- Que, la Sala Civil de MORDAZA, mediante sentencia de fecha 19 de MORDAZA de 2007, dictada en el MORDAZA de MORDAZA, Expediente N° 2005-01510, declara inaplicables las resoluciones numeros 045-2005-PCNM de fecha 3 de octubre de 2005 y 051-2005-PCNM, de fecha 11 de noviembre de 2005, por las cuales el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) impuso la sancion de destitucion al Magistrado Supremo doctor MORDAZA Miraval MORDAZA, y ordena que se emita nueva resolucion; Segundo.- Que, por Resolucion N° 010-2005PCNM, de 28 de febrero de 2005, el Consejo Nacional de la Magistratura abrio MORDAZA disciplinario, entre otros magistrados, al doctor MORDAZA Miraval MORDAZA, por su actuacion como Vocal de la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, en el expediente signado con el numero 818-03, en los seguidos por la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria con el Tribunal Fiscal sobre impugnacion de resolucion administrativa, en merito de las denuncias formuladas por la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria ­ SUNAT, representada por don MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA MORDAZA, y el Congresista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, acumuladas por resolucion N° 042-2005-CNM, de 20 de enero de 2005; Tercero.- Que, se imputa al doctor MORDAZA Miraval MORDAZA haber vulnerado los principios constitucionales de la cosa juzgada, del debido MORDAZA y la debida motivacion de las resoluciones judiciales, al haber suscrito las resoluciones de fechas quince de octubre de dos mil tres y catorce de MORDAZA de dos mil cuatro, recaidas en el expediente numero 818-03, en los seguidos por la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria con el Tribunal Fiscal sobre impugnacion de resolucion administrativa; Cuarto.- Que, la resolucion de quince de octubre de dos mil tres fue emitida por la Sala de Derecho

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