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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 28 de junio de 2010 421420 Ello debido a que durante el procedimiento en primera instancia, B.O. Foodservice no cumplió con absolver el “Cuestionario para el Exportador/Productos Extranjero” que le fue remitido por la Comisión. 33. Sin embargo, ante la insufi ciencia de información específi ca por el incumplimiento de presentación de la misma por parte de la denunciada, el Acuerdo permite recurrir al análisis de factores adicionales que permitan observar el comportamiento del fl ujo comercial del producto elaborado por el país de origen de la empresa denunciada, con la fi nalidad de determinar si es probable la reaparición o continuación del dumping. 34. De esta manera, la Sala realizará el análisis respectivo basándose en información del fl ujo comercial de vasos de polypapel producidos en Chile, teniendo en consideración que la participación de las exportaciones de B.O. Foodservice en el total de las exportaciones chilenas del producto en cuestión ha fl uctuado entre 95% y 98% en el periodo 2002 – 2007. 35. En el marco del tipo de análisis antes expuesto, corresponde que la Sala analice los argumentos formulados por B.O Foodservice en su apelación. III.2.1 Volumen de exportación de los productos chilenos al Perú 36. En su apelación, B.O. Foodservice afi rmó que la importación de vasos de polypapel originaria de Chile no constituye en la actualidad una amenaza a la industria nacional. Ha señalado que el órgano investigador no consideró que el volumen de exportación chileno del producto investigado al Perú ha disminuido durante el tiempo de vigencia de los derechos antidumping. 37. Al respecto, la Sala observó que el volumen de exportación chileno de vasos de polypapel al Perú en el periodo 2002 - 2009 fue mínimo, e incluso en algunos años no ingresaron productos chilenos a territorio peruano. Según información disponible a la fecha13, desde el año 2002, año de imposición de los derechos antidumping, hasta el año 2009, la participación de Perú como destino de las exportaciones del producto en cuestión se situó entre 0% y 1,4% del total exportado por Chile, mientras que Brasil y Argentina en conjunto llegaron a representar más del 80% del total, pese al incremento promedio anual de 69,1% del volumen total de exportación chilena de vasos de polypapel durante dicho periodo. Cuadro Nº 2 Estructura de las exportaciones chilenas de los vasos de polypapel chilenos* (en porcentaje del total) País 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 Brasil - 1,8% - - 66,0% 54,5% 37,0% 47,0% Argentina 89,5% 65,9% 53,4% 46,1% 27,4% 32,6% 46,9% 43,7% Venezuela - - - - - 3,0% 8,7% 4,1% Perú 0,0% - 0,1% - 0,3% 1,4% - - Resto 10,5% 32,3% 46,5% 53,9% 6,4% 8,6% 7,4% 5,2% * Información registrada bajo la subpartida arancelaria 4823.60.10 entre los años 2002 y 2006, y la subpartida arancelaria 4823.69.10 entre los años 2007 y 2009 en las bases de datos de Veritrade. Fuente: Veritrade Elaboración: Secretaría Técnica de la Sala de Defensa de la Competencia 1 38. Así pues, esta Sala ha verifi cado la veracidad de la información proporcianada por B.O. Foodservice en su apelación; sin embargo, discrepa de la alegación formulada por dicha empresa, según la cual considera que este factor constituye un indicio de que efectivamente una vez eliminados los derechos antidumping, las importaciones chilenas de vasos de polypapel no representarán en el futuro una amenaza para la RPN. 39. En efecto, respecto de la evolución del volumen de exportación chileno al Perú, debe tenerse en consideración que en todo examen del tipo sunset review es común encontrar un escenario en el cual la cantidad ingresada al territorio nacional del producto en cuestión no se incremente y el porcentaje de participación de las exportaciones en investigación dirigidas al mercado nacional también se mantenga constante, como resultado de la vigencia de los derechos antidumping que justamente son materia de revisión. 40. En el presente caso, los derechos antidumping impuestos en el año 2002 a las importaciones de vasos de polypapel provenientes de Chile, tenían como objetivo principal evitar que estas generen daño a la RPN, en atención a los precios bajos a los que ingresaban al país. Es así que, como consecuencia de ello, el fl ujo comercial de este producto al Perú sufrió una distorsión; es decir, el volumen importado no aumentó debido a que los importadores enfrentaron un costo adicional para poder comercializar dicho producto en el mercado nacional, consistente en el pago de derechos antidumping. 41. Por tanto, pese a que el volumen de exportación por parte de Chile al Perú no aumentó, dicho hecho no constituye prueba sufi ciente que desvirtúe los indicios que pretenden demostrar que de eliminarse los derechos antidumping en revisión, se mantendría la amenaza de daño a la industria nacional, por lo que corresponde analizar otros factores. III.2.2 Precio de exportación de los productos chilenos al Perú 42. B.O. Foodservice afi rmó que la importación de vasos de polypapel originaria de Chile no constituye en la actualidad una amenaza a la industria nacional, puesto que el precio del producto en cuestión exportado al Perú en los años 2006 y 2007 fue superior a los precios de exportación hacia otros destinos de la región; además, en la actualidad el precio al cual se comercializan los productos chilenos es mayor al de la RPN. 43. Al respecto, con información obtenida de Veritrade y SUNAT esta Sala observa que, a diferencia de lo alegado por B.O. Foodservice, en los años 2006 y 2007 el precio promedio de las exportaciones al Perú de los vasos de polypapel originarios de Chile se situó por debajo de todos los destinos de exportación de dichos productos, salvo respecto de Brasil. Cuadro Nº 3 Precio promedio de exportación por kilogramo de los vasos de polypapel chilenos* (en US$ por Kg) País 2006 2007 2008 2009 Argentina 3,75 3,93 3,96 4,11 Bolivia 3,46 3,44 - - Brasil 2,57 2,68 3,34 3,21 Colombia - 3,02 3,75 3,61 Uruguay 3,41 3,20 3,36 3,50 Venezuela - 3,70 3,67 3,83 Perú 3,10 2,90 - - * Información a partir de lo registrado bajo la subpartida arancelaria 4823.60.10 entre los años 2002 y 2006, y la subpartida arancelaria 4823.69.10 entre los años 2007 y 2009 en las bases de datos de Veritrade. Los precios de exportación al Perú se hallaron a partir de información contenida en SUNAT bajo la subpartida 4823.60.00.00 y correspondiente solo a vasos de polypapel. Fuente: Veritrade, SUNAT Elaboración: Secretaría Técnica de la Sala de Defensa de la Competencia 1 44. Sin embargo, esta Sala considera que, la diferencia entre los precios de exportación de los vasos de polypapel provenientes de Chile al Perú y a otros destinos de la región no constituye una prueba sufi ciente para concluir que los productos chilenos no representarían una amenaza de daño a la RPN si se eliminan los derechos antidumping. 45. En tal sentido, la Sala ha creído conveniente comparar el precio al cual se exportaron los vasos de polypapel chilenos a los diferentes destinos de la región en el año 2009 y el precio al cual ingresaban los productos en 13 Información disponible en Veritrade, fuente que brinda información de exportaciones e importaciones de Chile, Argentina, Estados Unidos y Perú en su sitio web (www.veritrade.info)