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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de marzo de 2010 415687 Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 469446-7 Autorizan viaje de Superintendenta Nacional de Administración Tributaria a Uruguay para participar en la 44º Asamblea General del CIAT RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 041-2010-EF Lima, 16 de marzo de 2010 Visto el Oficio N° 091-2010-SUNAT/1A0000, de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación de fecha 7 de enero de 2010, el Secretario Ejecutivo del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias - CIAT, invita a la señora Nahil Liliana Hirsh Carrillo, Superintendente Nacional de Administración Tributaria, para participar en la 44a Asamblea General del citado Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, a realizarse en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 12 al 15 de abril de 2010; Que, dicha Asamblea General cuenta con el co- patrocinio de la Dirección General Impositiva de Uruguay y tiene como tema central “El papel de las Administraciones Tributarias en la Crisis Global”; Que, para el examen de esta importante temática, la Asamblea General contará con la participación, además de los representantes de los países miembros, de otras destacadas personalidades en el campo de la tributación provenientes de diversos países y organismos internacionales que han sido invitados al evento; Que, en tal sentido, considerando que el Perú es miembro del CIAT y dada la importancia que reviste el citado evento para el desarrollo de las funciones de dicha Superintendencia, redundando en el cumplimiento de sus metas y objetivos institucionales y, por ende del país, se ha estimado conveniente la participación de la señora Nahil Liliana Hirsh Carrillo, Superintendente Nacional de Administración Tributaria, en el mencionado evento internacional; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27619 y Nº 29465, el Decreto de Urgencia N° 001-2010 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señora Nahil Liliana Hirsh Carrillo, Superintendente Nacional de Administración Tributaria, del 10 al 16 de abril de 2010, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de 2010 de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 742,10 Viáticos US$ 1 000,00 Tarifa CORPAC (TUUA) US$ 31,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 469446-8 Autorizan viaje de profesional de la SUNAT a Ecuador para participar en la IV Reunión de la Mesa de Trabajo Binacional Ecuatoriana - Peruana sobre Transporte Internacional por Carretera RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 042-2010-EF Lima, 16 de marzo de 2010 Visto el Oficio N° 087-2010-SUNAT/1A0000, de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, en atención al Facsímil SG-XD.2.5/1110-2009 de la Secretaría General de la Comunidad Andina, mediante Oficio N° 162-2010-MTC/15 el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, convoca a la SUNAT para que participe en la IV Reunión de la Mesa de Trabajo Binacional Ecuatoriana – Peruana sobre Transporte Internacional por Carretera, a llevarse a cabo los días 15 y 16 de abril de 2010, en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador; Que, los Acuerdos Internacionales sobre Transporte Internacional Terrestre tienen incidencia en el comercio internacional y en la actividad aduanera, al regular diferentes aspectos en las operaciones de transporte internacional que se requieren implementar en el proceso de control aduanero, aplicado a los pasos de frontera, y en las aduanas de partida y de destino de mercancía; Que, la Decisión 399 de la Comisión de la Comunidad Andina suscrito por Bolivia, Colombia, Ecuador, Venezuela y Perú, reconoce al transporte internacional terrestre como un servicio de interés público fundamental para la integración física de los países miembros de la Comunidad Andina, en el cual el Régimen de Tránsito Aduanero Comunitario debe entenderse como el régimen más favorable para optimizar la eficiencia de dicho servicio y el control aduanero, a fin de evitar infracciones aduaneras; Que, en la citada IV Reunión se tratarán diversos temas de importancia para el ámbito aduanero, tales como el control del transporte internacional, renovación automática de los permisos originarios y complementarios y diagnóstico de la antigüedad de los vehículos habilitados del transporte internacional; Que, la participación de la SUNAT se enmarca en el objetivo estratégico del gobierno de fortalecer la integración regional y subregional en las esferas económicas y comerciales, así como procurar la facilitación del comercio y transporte internacional por carretera con los países