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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2010 (30/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 30 de marzo de 2010 416418 Que, las metodologías y herramientas desarrolladas cuentan con la validación del MINSA y el MINEDU. La iniciativa, como paquete metodológico, incluye metodologías y herramientas para los siguientes componentes: Cambio de comportamiento; comunicación basada en estudios; gestión de alianzas y políticas; fortalecimiento de capacidades locales; monitoreo y medición de impacto; y captación del aprendizaje; Que en ese sentido, estudios científi cos demuestran que el lavado de manos con jabón, especialmente después del contacto con heces, puede reducir la incidencia de diarrea entre 42% y 47%. Asimismo, un reciente estudio en Pakistán demostró que la promoción de la práctica de lavado de manos con jabón reduce la diarrea en un 53% y las enfermedades respiratorias en 50%. Que, en efecto el Gobierno Regional de Ica, ha considerado pertinente la implementación de una estrategia relacionada con la promoción de la salud, que pretende estimular hábitos de higiene cuya incidencia en los índices de morbilidad son signifi cativos, siendo una de ellas el lavado de manos con jabón; Que, estando a lo expuesto precedentemente y en ejercicio de las facultades establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias; Reglamento Interno del Consejo Regional de Ica, en Sesión Ordinaria de la fecha. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- DECLÁRESE como prioridad e interés público regional la institucionalización de la “técnica del lavado de manos con jabón” en la Región Ica, involucrando a los sectores público y privado, para su implementación. Artículo Segundo.- DISPONGASE que la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinación con las Instituciones Pública y Privadas involucradas en el proceso de implementación de la Estrategia “CRECER” emitan las normas necesarias que promuevan la “Iniciativa de Lavado de Manos” en la Región Ica. Artículo Tercero.- DISPÓNGASE que la Dirección Regional de Educación incorpore a la “técnica de lavado de manos” como paquete metodológico en el ámbito educativo regional. Para ello deberá: - Incorporar a la iniciativa lavado de manos como parte del Programa Movilización Social, Escuelas Seguras, Limpias y Saludables. - Convocar y garantizar la participación de los docentes y, a través de ellos, a los educandos. - Promover la inserción de la iniciativa lavado de manos en el Proyecto Educativo Institucional (PEI). - Monitorear y evaluar la implementación de la técnica del lavado de manos. - Facilitar la ejecución de actividades que la Dirección Regional de Salud realice en el espacio educativo relacionado a la técnica del lavado de manos. - Promover la evaluación de los docentes participantes. - Llevar a cabo la certifi cación de los docentes que han cumplido con los requisitos, en coordinación con las UGEL correspondientes. - Designar al área responsable de supervisar y monitorear la implementación de la iniciativa lavado de manos. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Salud, a través de la Dirección Ejecutiva de Promoción de la Salud y la Dirección de Educación para la Salud incorpore a la técnica del lavado de manos como parte de su plan de trabajo institucional. Artículo Quinto.- CONSIDÉRESE como integrante del equipo de implementación de la Estrategia “CRECER” al Programa de Agua y Saneamiento de Banco Mundial, representado por la persona que esta entidad designe. Artículo Sexto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Página web de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Ica para su promulgación. En Ica, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil nueve. RUBEN RIVERA CHAVEZ Consejero Delegado Consejo Regional de Ica POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Ica. ROMULO TRIVEÑO PINTO Presidente del Gobierno Regional de Ica 474203-8 Aprueban cuadro de Asignación de Personal de la Red de Salud Chincha- Pisco ORDENANZA REGIONAL Nº 0022-2009-GORE-ICA Ica, 29 de diciembre de 2009 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria del día quince de diciembre del año dos mil nueve. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materia de su competencia; Que, el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 043- 2004-PCM, precisa los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Asignación de Personal de las Direcciones Regionales Sectoriales y sus órganos internos del mismo, se aprueban mediante Ordenanza Regional; Que, con Ofi cio Nº 2180-2009-GORE-ICA/PR, la Presidencia Regional de Ica, remite al Consejo Regional, el Proyecto de modifi cación del Cuadro de Asignación Personal – CAP de la Red de Salud Chincha- Pisco, para su aprobación por el Pleno del Consejo Regional; adjuntando el Informe Nº 093-2009-SGDS, evaluado por la Sub-Gerencia de Desarrollo Sistémico del Gobierno Regional de Ica, el mismo que contiene opinión favorable para su aprobación; así también cuenta con Informe Nº 242-2009-OGPP-OO/MINSA, evaluado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, que contiene opinión favorable para su aprobación; Informe Legal Nº 189-2009-DRSA-OAL, que contiene opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría legal de la Dirección Regional de Ica; todos ellos relacionada al sustento técnico legal de la propuesta de modifi cación del CAP de la Red de Salud Chincha-Pisco; de cuya evaluación de los actuados del expediente, se desprende que el Proyecto de modifi cación se ha efectuado dentro de las especifi caciones y lineamientos establecidos por el D.S. Nº 043-2004-PCM, además cuenta con Dictamen Nº 008-2009-CSPVS/CRI, favorable de la Comisión de Salud, Población, Vivienda y Saneamiento, por lo que es pertinente su aprobación mediante Ordenanza Regional por el Consejo Regional de Ica; Que, estando a lo acordado y aprobado por el Pleno del Consejo Regional en la Sesión Ordinaria de fecha 15 de diciembre de 2009, y de conformidad con las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales” y su modifi catoria Ley Nº 27902; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Red de Salud Chincha-Pisco, que consta de 194 (ciento noventa y cuatro) cargos,