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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de mayo de 2010 418651 GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN Aprueban modificación del Contrato de Concesión Definitiva de Generación de Energía Eléctrica con Recursos Energéticos Renovables Nº 001-2009- CE-DREMJ DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 094-2010-GRJUNIN/DREM Huancayo, 4 de mayo de 2010 VISTO: El Expediente Nº 1176-2010, organizado por Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Electrónica N° 11966962 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral Lima, sobre modifi cación de concesión definitiva de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables; CONSIDERANDO: Que, el inciso “d” del artículo 59° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que es función de los Gobiernos Regionales “Impulsar proyectos y obras de generación de energía y electrifi cación urbano rurales, así como para el aprovechamiento de Hidrocarburos de la Región. Asimismo, otorgar concesiones para mini centrales de generación eléctrica”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 050-2006- MEM/DM, publicada el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 18 de noviembre del 2006 se formalizó la transferencia de la función establecida inciso d) del artículo 59 de la ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 056- 2009-EM, precisa la facultad transferida a los Gobiernos Regionales relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generación de energía eléctrica con potencia instalada mayor de 500 kw y menor de 10 MW, prevista en el anexo que forma parte integrante del Decreto Supremo N° 052-2005-PCM, comprende tanto el otorgamiento de Autorización para la Generación de Energía Eléctrica con potencia instalada mayor a 500 Kw y menor de 10 MW., como el otorgamiento de Concesiones Defi nitivas para Generación con Recursos Energéticos Renovables (RER) con potencia instalada mayor a 500 Kw y menor de 10 MW. siempre que se encuentren en la respectiva Región; Que, mediante Ordenanza Regional N° 095-2009- GRJ/CR, de fecha 21 de Junio de 2009, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Junín, estableciéndose en el artículo 145° las funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas Junín; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 140- 2009-GRJUNIN/DREM, del 29 de setiembre de 2009, se otorgó concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Huasahuasi I, ubicada en el distrito de Huasahuasi, provincia de Tarma, departamento de Junín, aprobándose el Contrato de Concesión Defi nitiva de Generación con Recursos Energéticos Renovables Nº 001-2009-CE-DREMJ, a favor de Hidroeléctrica Conchucos S.A.C.; Que, con fecha 24 de abril de 2010, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución Directoral Nº 086-2010-GRJUNIN/DREM, a través del cual se transfi rió la concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Huasahuasi I a favor de Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C., quien asumió los derechos y obligaciones que aparecen en el Contrato de Concesión Nº 001-2009-CE-DREM, en razón de la Cesión de Posición Contractual celebrada con la titular originaria de la concesión Hidroeléctrica Conchucos S.A.C.; Que, mediante el documento presentado el 15 de abril de 2010, ingresado bajo el Registro Nº 1176- 2010, Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C., sociedad inscrita en la Partida Electrónica Nº 11966962 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral Lima, solicitó a la Dirección Regional de Energía y Minas que apruebe la modificación del Contrato de Concesión Definitiva de Generación de Energía Eléctricas con Recursos Energéticos Renovables 001- 2009-CE-DREMJ, a fin de modificar el presupuesto del proyecto, para lo cual argumentó la existencia de razones técnico económicas al amparo del literal b) del artículo 36° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección Regional de Energía y Minas, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe N° 142-2010-OL-DREM/JUNÍN; Que, en ese sentido, resulta procedente modificar el numeral 1.3 de la Cláusula Primera del Contrato e incorporar el nuevo Presupuesto de las Obras de la Central Hidroeléctrica Huasahuasi I, a través de una minuta de modifi cación de contrato, el cual deberá ser elevado a escritura pública en la que se incorporará el texto de la presente Resolución Directoral, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de los Servicios Públicos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; De conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53° y en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo N° 056-2009-EM, Decreto Legislativo N° 1002 y con la opinión favorable del Profesional del Área Legal de la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Junín; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la modifi cación del Contrato de Concesión Defi nitiva de Generación con Recursos Energéticos Renovables Nº 001-2009-CE-DREMJ, en el aspecto relativo al numeral 1.3 de su Cláusula Primera, referente al nuevo presupuesto aprobado de la Central Hidroeléctrica Huasahuasi I, por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Remitir al Presidente del Gobierno Regional Junín la presente Resolución Directoral, para que, suscriba la Minuta de Modifi cación al Contrato de Concesión Defi nitiva de Generación con Recursos Energéticos Renovables Nº 001-2009-CE-DREMJ, aprobado en el Artículo precedente, así como la Escritura Publica correspondiente. Artículo 3º.- El texto de la presente Resolución Directoral deberá ser incorporado en la Escritura Pública que se origine en virtud de la Minuta a la que se refi ere el artículo precedente. Artículo 4º.- En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 53 º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, la presente Resolución Directoral será notifi cada a Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C., dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición, y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, conforme lo dispone el artículo 54º de la norma reglamentaria antes mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR PAUL ORTIZ JAHN Director General 490856-1