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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de mayo de 2010 418647 Informe Técnico de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y la Opinión Legal de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional y Dirección Regional de Educación; evento que afi rmará la identidad regional, partiendo de la noción de la diversidad cultural, mediante la ejecución descentralizada de acciones de conservación, promoción revalorar las costumbres y tradiciones a través de la difusión de la canción Ayacuchana, en cumplimiento al acuerdo de reunión de la Mesa de Concertación aprobado mediante Acta de fecha 26 de mayo del 2009, con el Dictamen emitido por la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia, Tecnología, Deporte y Recreación se somete a consideración del Pleno del Consejo Regional; Festival Regional promovido a través de las gestiones realizadas por la señora Zenaida Araujo Claudio; Que, el Artículo 5º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es misión de los Gobierno Regionales organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; Que, los numerales 1), 4) y 7) del Artículo 8º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que la gestión de los Gobiernos Regionales se rige, entre otros, por los principios de participación, inclusión y equidad; asimismo, el Artículo 47º del mismo cuerpo legal, señala las funciones específi cas que ejercen los Gobiernos Regionales en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación; Que, mediante Resolución Directoral Regional Nº 01390, de fecha 22 de noviembre de 1995, la Dirección Regional de Educación de la Región “Los Libertadores Wari”, se resuelve institucionalizar la organización y ejecución del Festival de la Canción Ayacuchana “Buscando Nuevos Valores”, a realizarse cada año con la participación activa de los estudiantes del nivel primario, secundario y superior no universitario del departamento de Ayacucho, conmemorándose el 06 de noviembre el “Día de la Canción Ayacuchana”; Que, el Plan de Desarrollo Regional Concertado – Plan Wari 2007-2024, es un documento estratégico para la Región Ayacucho, que tienen un reto ético no solamente para la administración regional, sino también para la sociedad articulada y organizada, sus organizaciones políticas y futuros gobernantes regionales y locales; el mencionado Plan prioriza en la Dimensión de Desarrollo Institucional y Descentralización el objetivo estratégico de “alto grado de organización para afrontar la inseguridad ciudadana y la violencia social”, la misma que considera el Programa Regional de la promoción del deporte, música, arte y esparcimiento cultural; Que, el Proyecto Educativo Regional de Ayacucho, cuenta con seis políticas públicas regionales y establece en su Primera Política una Educación Intercultural y Bilingüe para Ayacucho, indicando en el numeral 1.9.- la Creación de espacios en los medios de comunicación masiva y promover bibliotecas, exposiciones literarias, artísticas y afi nes, para promover los valores e identidad culturales y poner en valor sus potencialidades para el desarrollo regional; de la misma forma en la Segunda Política, señala una educación rural para el desarrollo y la transformación social, en el numeral 2.5.- establece diseñar las competencias de aprendizaje comunitarias, que recuperen la diversidad cultural y las identidades colectivas étnicas expresadas en la construcción de saberes, el folklore, las cosmovisiones, la tecnología, la artesanía, la vestimenta, el uso dialectal de idiomas en los diferentes espacios comunitarios, fortaleciendo la identidad histórico-cultural; Por lo que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modifi catorias según Ley Nº 27902, Ley Nº 29053, y Ley Nº 28968, y demás disposiciones, el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- INSTITUCIONALIZAR, el Festival Regional de la Canción Ayacuchana “Buscando Nuevos Valores”, como un evento que afi rme la identidad regional, a ejecutarse cada año con la participación de los estudiantes de las Instituciones Educativas de nivel primario, secundario y superior, y que busque a través de la música y el canto la internalización del sentimiento ayacuchano, a la par de descubrir nuevos compositores e intérpretes para conservar, preservar, revalorar las costumbres y tradiciones del ámbito de nuestra región. Artículo Segundo.- CONFORMAR, la Comisión Organizadora a nivel Regional y Provincial, que tendrá una duración permanente para la coordinación general y ejecución del Festival Regional de la Canción Ayacuchana “Buscando Nuevos Valores”, conforme se detalla: Comisión Organizadora Regional: 1. Gobierno Regional de Ayacucho 2. Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ayacucho. 3. Gerencia Regional de Desarrollo Económico. 4. Dirección Regional de Educación 5. Consejero Regional de la Provincia. Comisión Organizadora y Ejecución de nivel Provincial: 1. Alcalde Provincial 2. Unidad de Gestión Educativa Local de la provincia. 3. Dirección de la Institución Educativa ganadora del evento 4. Sectores públicos y privados Coordinación General: Coordinador de la Institución Educativa ganadora del evento. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la elaboración de los Proyectos de Inversión Pública en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a fi n prever la asignación y gestión del fi nanciamiento respectivo en forma anual para el desarrollo del Festival de la Canción Ayacuchana. Artículo Cuarto.- DISPONER, que las Direcciones de las Unidades de Gestión Educativa Local – UGELs en coordinación con las Municipalidades Provinciales y Distritales brinden las facilidades en la ejecución, movilización y el apoyo respectivo para el desplazamiento de las delegaciones a la sede central del evento. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la Publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho para su promulgación. En la ciudad de Ayacucho, a los 23 días del mes de octubre del año dos mil nueve. EMILIANO CHUCHON CASTRO Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la ciudad de Ayacucho, en la sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 23 días del mes de octubre del año dos mil nueve. ERNESTO MOLINA CHÁVEZ Presidente 490425-1