Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2010 (04/11/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

428653

Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010 y la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Articulo 1º.- Autoriza Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, hasta por la suma de VEINTE MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL SETECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 306 700,00), a favor de la EPS SEDALORETO S.A. con recursos del Convenio de Prestamo Nº PE-P29 aprobado por el Decreto Supremo Nº 096-2000-EF, para ser destinada a la ejecucion de las "Obras Complementarias del Proyecto de Ampliacion y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable de la MORDAZA de Iquitos". Articulo 2º.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada por el articulo 1º del presente Decreto Supremo se atendera con cargo a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Credito del Presupuesto Institucional 2010 del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, Actividad 1 028027: Transferencia para el Mejoramiento y Ampliacion de Agua Potable y Alcantarillado en la MORDAZA de Iquitos. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia autorizada por el presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. El uso de los recursos transferidos esta sujeto a las disposiciones contenidas en el Convenio de Prestamo Nº PE-P29, el Convenio de Implementacion de fecha 09 de marzo de 2004 y sus Adendas, a que se refiere la parte considerativa de la presente norma; asi como, a la normatividad que regula el gasto publico, segun corresponda. Articulo 4º.- Informacion La EPS SEDALORETO S.A., informara al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de las "Obras Complementarias del Proyecto de Ampliacion y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable de la MORDAZA de Iquitos" a su cargo, con relacion a las disposiciones contenidas en el convenio de implementacion y las adendas correspondientes. El Programa Agua Para Todos del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la EPS SEDALORETO S.A. se sujetan a las obligaciones que se derivan del Convenio de Prestamo Nº PE-P29 y el Convenio de Implementacion y adendas, en su calidad de Unidad Ejecutora y de Unidad de Implementacion, respectivamente. Articulo 5º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de noviembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 563284-5

ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Delegan diversas facultades al Subjefe del Seguro Integral de Salud y al Jefe de la Oficina de Administracion
RESOLUCION JEFATURAL N° 146-2010/SIS MORDAZA, 2 de noviembre de 2010 VISTOS: La Resolucion Jefatural Nº 142-2010/SIS; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, se creo el Seguro Integral de Salud como Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Salud, calificado mediante Decreto Supremo N° 034-2008PCM, como Organismo Publico Ejecutor, con la mision de administrar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud individual de la poblacion carente de seguro de salud, con especial atencion en los mas pobres y vulnerables, de conformidad con la politica del sector; Que, el articulo 13° del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2002-SA, establece que el Jefe del Seguro Integral de Salud, debe disenar, redisenar y mejorar continuamente los procesos del SIS; Que, el numeral 1.2.1 del articulo 1° de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que los actos de administracion interno de las entidades, son regulados por cada entidad, con sujecion a las disposiciones del Titulo Preliminar de esta Ley y de aquellas normas que expresamente asi lo establezcan; Que, asimismo el articulo 72.1 de la precitada Ley reconoce que los titulares de los organos administrativos pueden delegar mediante comunicacion escrita la firma de actos y decisiones de su competencia en sus inmediatos subalternos; Que, el Decreto Legislativo Nº 1057 ­ que regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios, establece disposiciones relacionadas al regimen especial de contratacion administrativa de servicios, de aplicacion a toda entidad publica sujeta al Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y a otras normas que regulan carreras administrativas especiales, asi como a las sujetas al regimen de la actividad privada, con excepcion de las empresas del Estado; Que, conforme a lo normado por los articulos 26º y 53º, concordante con el articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 1017 que aprobo la Ley de Contrataciones del Estado y con los articulos 35º y 113º del Reglamento de la acotada Ley, aprobado por el Decreto Supremo 184-2008-EF, las bases de los procesos de seleccion seran aprobadas por el Titular de la Entidad o por el funcionario al que MORDAZA delegada esta facultad; asi mismo, el Titular de la Entidad podra delegar la potestad de resolver el recurso de apelacion; Que, el articulo 10° del Reglamento de Organizacion y Funciones del SIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA, dispone que la Jefatura es el organo de MORDAZA nivel jerarquico y de toma de decisiones del SIS, encontrandose facultada a delegar en la Sub Jefatura o en otros funcionarios de la Institucion las atribuciones que no le MORDAZA privativas, segun lo previsto en el literal o) del articulo 11º del mencionado reglamento; Que, con la conformidad y el visado de la Sub Jefatura del SIS, Secretaria General y la Oficina de Administracion y de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el literal i) y o) del Articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.