Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2010 (04/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de noviembre de 2010

del Reglamento de OCMA y al articulo 233 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, por el que el computo del plazo de prescripcion se suspende con el primer pronunciamiento del organo contralor, la excepcion de prescripcion deducida por el recurrente deviene en infundada; Decimo Septimo.- Que, respecto al hecho alegado por el recurrente que se encuentra rehabilitado de la sentencia impuesta, cabe senalar que por resolucion de 16 de MORDAZA del 2010 se declaro infundado el citado recurso de queja excepcional interpuesto en el MORDAZA penal por el que alega la rehabilitacion y en todo caso, la figura de la rehabilitacion no enerva el hecho acreditado y reconocido que el 17 de noviembre de 2004, fue sujeto de una condena por delito de abuso de autoridad y otros; Decimo Octavo.- Que, asimismo lo expuesto por el recurrente que la propuesta de destitucion es inadecuada e irregular, puesto que se encuentra en tramite el recurso de queja directa que interpusiera contra lo resuelto por la MORDAZA Sala Especializada en lo Penal Para Procesos Con Reos Libres de MORDAZA, al rechazarle el recurso de nulidad, no es atinente, puesto que por Resolucion del 16 de MORDAZA del 2010 la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema declaro infundado dicho recurso de queja; Decimo Noveno.- Que, el Consejo Nacional de la Magistratura destituyo al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de conformidad con el articulo 31 de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, por haber sido condenado por sentencia de 17 de noviembre de 2004, por delito de abuso de autoridad, incumplimiento de deberes funcionales y prevaricato en agravio del Estado; Vigesimo.- Que, la destitucion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se ha efectuado dentro de un MORDAZA disciplinario tramitado por el Consejo Nacional de la Magistratura con todas las garantias del debido MORDAZA, en el que se actuaron diversas pruebas que crearon conviccion en el Pleno del Consejo, sobre la responsabilidad funcional del Magistrado destituido por los hechos imputados; consecuentemente, los argumentos del mismo no modifican de modo alguno los fundamentos de la resolucion impugnada, ni desvirtuan los hechos ni el criterio que se tuvieron en cuenta para expedir la misma; Por las consideraciones expuestas, y estando a lo acordado por unanimidad por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, en sesion de 16 de septiembre de 2010, con la abstencion del senor Consejero MORDAZA Paz de la MORDAZA y de acuerdo a lo establecido en los incisos b) y e) del articulo 37 de la Ley Nº 26397; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar infundada la excepcion de prescripcion deducida por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Candela. Articulo Segundo.- Declarar infundada en todos sus extremos la reconsideracion interpuesta por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion N° 096-2009-PCNM, que lo destituye en el cargo, dandose por agotada la via administrativa. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 561215-2

Visto, la Hoja Informativa Nº 112-2010-CG/GOCI, emitida por la Gerencia de Gestion de Organos de Control Institucional de la Gerencia General de la Contraloria General de la Republica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 18º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el jefe del Organo de Control Institucional ­ OCI mantiene una vinculacion de dependencia funcional y administrativa con la Contraloria General de la Republica, en su condicion de Ente Tecnico Rector del Sistema, sujetandose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el articulo 19º de la referida Ley Nº 27785, modificada por la Ley Nº 28557, dispone que este Organo Superior de Control, aplicando el MORDAZA de caracter tecnico y especializado del control, nombra mediante concurso publico de meritos a los jefes de los OCI, y hasta un veinticinco por ciento (25%) de los mismos, por designacion directa del personal de la Contraloria General; asimismo, establece que los jefes de los OCI pueden ser trasladados a otra plaza por necesidad de servicio; Que, asimismo, los literales a), b) y c) del articulo 24º del Reglamento de los OCI, aprobado mediante Resolucion de Contraloria Nº 459-2008-CG, modificada mediante Resolucion de Contraloria Nº 099-2010CG, establecen las modalidades a traves de las cuales se efectua la designacion, tales como, por concurso publico de meritos, por designacion directa del personal profesional de la Contraloria General, de acuerdo a las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloria General y por traslado en la oportunidad que se considere conveniente; Que, de acuerdo al articulo 26º del citado Reglamento, los jefes de OCI designados por la Contraloria General, ejerceran sus funciones en las entidades por un periodo de tres (03) anos. Excepcionalmente, y por razones debidamente fundamentadas y calificadas, podra permanecer por un periodo menor a los tres (03) anos o, de ser el caso, un tiempo mayor en la entidad, el cual no debera exceder de cinco (05) anos; Que, mediante las Resoluciones de Contraloria Nros. 192-2003-CG, 556-2005-CG, 062-2008-CG, 043-2009-CG y 030-2010-CG se designo a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Willians MORDAZA Mertz MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Munoz, MORDAZA MORDAZA Marruffo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Campomanes, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Goicochea, en los cargos de jefe del OCI del Ministerio de Relaciones Exteriores, Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN, Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial S.A. ­ CORPAC, Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa y la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - SBS, respectivamente; Que, las jefaturas de los OCI de la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancias ­ SUTRAN, Organismo Supervisor de la Inversion en la Energia y Mineria ­ OSINERGMIN y Direccion de Salud IV MORDAZA Este, se encuentran a la fecha en calidad de encargadas a personal de dichas entidades y/o en calidad de vacantes; Que, de acuerdo a la Hoja Informativa del visto, por razones de interes institucional y convenir a las necesidades del servicio, en el MORDAZA de las nuevas politicas institucionales que se vienen implementando en la Contraloria General de la Republica, resulta necesario efectuar las designaciones, los traslados o dar por concluidas las designaciones segun corresponda de jefes de OCI, en las entidades comprendidas en los considerandos precedentes; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ingreso a la Contraloria General mediante concurso publico de meritos para cubrir las plazas de jefes de OCI para entidades sujetas a control, por lo que mediante el documento del visto se recomienda designar al referido profesional, en el cargo de jefe del OCI del Organismo

CONTRALORIA GENERAL
Efectuan traslado, dan por concluida designacion y designan Jefes de OCI de diversas entidades
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 282-2010-CG MORDAZA, 3 de noviembre de 2010

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