Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2010 (04/11/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de noviembre de 2010

NORMAS LEGALES

425661

momento de expedir la Resolucion N° 2, toda vez que ello podria resultar determinante al momento de valorar las conductas que se le imputan como infractoras del ordenamiento legal; Decimo Octava.- Que, por escrito de 8 de febrero de 2010, el doctor MORDAZA MORDAZA senala que el articulo 5° de la Ley del MORDAZA Contencioso Administrativo ha establecido que se pueden plantear pretensiones con el objeto de obtener la nulidad o ineficacia de actos administrativos y el reconocimiento del derecho o interes juridicamente tutelado; siendo que por ello, el demandante Lienzo al ver vulnerado su derecho, bonificacion del 10% y ascenso, solicito como pretension en la medida cautelar la bonificacion del 10% y su ascenso; Decimo Novena.- Que, por escrito de 18 de febrero de 2010, el doctor MORDAZA MORDAZA reitera lo expuesto en sus escritos precedentes; Vigesima.- Que, el 27 de enero de 2010 el magistrado procesado rindio su declaracion en la sede del Consejo, habiendo realizado el informe oral correspondiente ante el Pleno del Consejo el 11 de febrero de 2010; Vigesimo Primera.- Que, respecto al primer cargo imputado, de las pruebas que obran en el expediente se aprecia que el 30 de octubre de 2006, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de Caballeria del Ejercito interpone una demanda contencioso administrativa contra el Comandante General del Ejercito y el Inspector General del Ejercito, solicitando: 1.- La nulidad del oficio N° 1088IGE/K-3.d/20.03.03 de fecha 5 de septiembre de 2006 emitido por el senor Inspector General del Ejercito que, confirmando en MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa lo resuelto mediante Oficio N° 1211-A.1 a 3 de fecha 1° de agosto de 2006, -igualmente viciado de nulidad- emitido por la Sub Direccion de Administracion de Oficiales DACO de Caballeria, declara improcedente su solicitud de reconocimiento y otorgamiento de bonificacion del 10% sobre su nota final obtenida dentro del Cuadro de Meritos para Ascensos de Oficiales del Ejercito Peruano, correspondiente al ano 2007; y 2.- Se ordene a la parte demandada el reconocimiento efectivo de su derecho a la precitada bonificacion de 10% adicional sobre su nota final en el citado cuadro de meritos para su ascenso, a partir del 1° de enero de 2007, al grado inmediato superior de MORDAZA del Ejercito, demanda que por Resolucion N° Uno, de 11 de diciembre de 2006, fue admitida a tramite por el Tercer Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, expediente N° 40693-2006; Vigesimo Segunda.- Que, asimismo, el 18 de septiembre de 2007, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita al Juzgado Contencioso Administrativo medida cautelar innovativa con la finalidad que se ordene a la demandada, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 23324, se le otorgue la bonificacion del 10% en la nota final del cuadro de meritos para el MORDAZA de Ascensos de Oficiales del Ejercito Peruano - Promocion 2007, y se disponga su ascenso del grado de MORDAZA MORDAZA al grado de MORDAZA de Caballeria del Ejercito Peruano, desde el 1° de enero de 2007, hasta la expedicion de la sentencia que se emita en el principal; Vigesimo Tercera.- Que, por Resolucion N° Uno, de 28 de septiembre de 2007, el senor Juez MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a cargo del Tercer Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo, concedio al accionante MORDAZA MORDAZA, la medida cautelar innovativa, ordenando se le conceda al mismo la bonificacion del 10% en la nota final del cuadro de meritos para el MORDAZA de Ascenso de Oficiales del Ejercito Peruano ­ Promocion 2007, y dispuso que se oficie a la demandada para que informe dentro del termino del tercer dia sobre el cumplimiento de la resolucion; Vigesimo Cuarta.- Que, por escrito de 19 de noviembre de 2007, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito al Tercer Juzgado Contencioso Administrativo, la aclaracion y/o ampliacion de medida cautelar por considerar que la Resolucion N° Uno, de 28 de septiembre de 2007, omitio la parte final de su petitorio donde solicita se disponga su ascenso del grado de MORDAZA MORDAZA al grado de MORDAZA de Caballeria del Ejercito Peruano desde el 1° de enero de 2007 hasta la expedicion de la sentencia;

Vigesimo Quinta.- Que, por Resolucion N° Dos, de 17 de marzo de 2008, el doctor MORDAZA MORDAZA, entonces a cargo del Tercer Juzgado Contencioso Administrativo, dispuso integrar la Resolucion N° Uno, de fecha 28 de septiembre de 2007, y ordeno el ascenso de MORDAZA MORDAZA del grado de MORDAZA MORDAZA al grado de MORDAZA de Caballeria del Ejercito Peruano sin afectar el derecho de los coroneles ascendidos desde el 1° de enero de 2007, y se oficie a la demandada para que cumpla la resolucion; Vigesimo Sexta.- Que, de lo expuesto se aprecia que quien otorgo la medida cautelar innovativa y ordeno se le conceda al accionante MORDAZA MORDAZA la bonificacion del 10% en la nota final del cuadro de meritos para el MORDAZA de ascenso de oficiales del Ejercito Peruano - Promocion 2007 fue el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y no el procesado MORDAZA MORDAZA, el que ante la omision incurrida por el primero, respecto al ascenso del grado de MORDAZA MORDAZA al grado de MORDAZA de Caballeria del Ejercito Peruano, integro la Resolucion N° Uno y dispuso su ascenso; Vigesimo Septima.- Que, ahora bien, respecto al tema del ascenso, materia de cuestionamiento, cabe senalar que en el expediente obra la Resolucion N° 01, de 10 de MORDAZA de 2006, por la que el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo, concedio la medida cautelar temporal sobre el fondo al accionante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y ordeno que la Policia Nacional del Peru - Direccion General, de cumplimiento a lo establecido por el articulo 1° de la Ley N° 23324 y a lo dispuesto mediante Resolucion Directoral N° 2267-2005DIRGEN/DIRREHUM y otorgue al citado demandante la bonificacion del 10% en la nota final del cuadro de meritos para el MORDAZA de Ascenso de Oficiales PNP - Promocion 2006, disponiendo su ascenso del grado de Comandante PNP al grado de MORDAZA PNP, desde el primero de enero de 2006 hasta la expedicion de la sentencia en el MORDAZA principal; Vigesimo Octava.- Que, asimismo, por Resolucion N° Tres, de 5 de junio de 2006, la MORDAZA Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo concedio la medida cautelar sobre el fondo al accionante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y dispuso que la demandada Policia Nacional del Peru de cumplimiento a lo previsto en la Ley N° 23324 y a la Resolucion Directoral N° 2244-2005-DIRGEN/ DIRREHUM, de fecha 5 de octubre de 2005, y se otorgue al demandante la bonificacion del 10% en la nota final del cuadro de meritos para el MORDAZA de Ascenso de Oficiales PNP ­ Promocion 2006, disponiendo su ascenso del grado de Mayor PNP al grado de Comandante PNP, desde el primero de enero del dos mil seis, hasta la expedicion de la sentencia en el MORDAZA principal; Vigesimo Novena.- Que, en el mismo sentido, la Tercera Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo, por Resolucion N° Dos, de 28 y 29 de MORDAZA de 2007, respectivamente, concedio medida temporal sobre el fondo a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a don MORDAZA MORDAZA Stucchi Cahuas y dispuso que la demandada en ambos casos, Policia Nacional del Peru, de cumplimiento a lo previsto en la Ley N° 23324 y se otorgue a los recurrentes la bonificacion del 10% en la nota final del cuadro de meritos para el MORDAZA de ascenso de oficiales PNP - Promocion 2007, disponiendo sus ascensos del grado de Comandante PNP al grado de MORDAZA PNP - sin afectar el derecho de los Coroneles ascendidos - Promocion 2007, desde el primero de enero de 2007, hasta la expedicion de la sentencia en el MORDAZA principal; Trigesima.- Que, por lo expuesto, estando a que en el Poder Judicial los organos jurisdiccionales han concedido la bonificacion del 10% y los ascensos, la Resolucion N° Dos, emitida por el procesado MORDAZA MORDAZA, que integra la Resolucion N° Uno, y dispone el ascenso de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA del grado de MORDAZA MORDAZA al de MORDAZA de Caballeria del Ejercito Peruano, no colisiona con lo normado por el articulo 69 y siguientes del Reglamento que rigio el MORDAZA de ascenso de los oficiales de la promocion 2007 (Decreto Supremo N° 0212006-DE/EP), ni con la Ley N° 21148 sobre jerarquias y ascensos de las fuerzas armadas, encontrandose avalada y legitimada por dichas resoluciones judiciales, por lo que se le debe absolver del cargo imputado;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.