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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (13/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 13 de noviembre de 2010 429102 ORGANISMOS EJECUTORES FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO FE DE ERRATAS ACUERDO DE DIRECTORIO N° 003-2010/014-FONAFE Mediante Ofi cio N° 939-2010/DE-FONAFE la Dirección Ejecutiva de FONAFE solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Directorio N° 003-2010/014- FONAFE, publicado en la edición del día 30 de octubre de 2010. DICE: NOMBRE DE RENUNCIANTE EMPRESA CARGO (...) (...) (...) JAIME HANZA SÁNCHEZ CONCHA DISTRILUZ DIRECTOR (...) (...) (...) DEBE DECIR: NOMBRE DE RENUNCIANTE EMPRESA CARGO (…) (...) (…) JAIME HANZA SÁNCHEZ CONCHA HIDRANDINA S.A. DIRECTOR JAIME HANZA SÁNCHEZ CONCHA ELECTRONOROESTE S.A. DIRECTOR JAIME HANZA SÁNCHEZ CONCHA ELECTRONORTE S.A. DIRECTOR JAIME HANZA SÁNCHEZ CONCHA ELECTROCENTRO S.A. DIRECTOR (…) (...) (…) 565841-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Otorgan autorización de organización de sociedad administradora de fondos de inversión denominada Faro Capital Safi S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL DE PATRIMONIOS AUTÓNOMOS Nº 037-2010-EF/94.06.2 Lima, 8 de noviembre de 2010 VISTOS: El Expediente N° 2010001409 iniciado por Columbia Pacifi c Capital S.A. y el señor Daniel Stuart Berns, así como el Informe Nº 664-2010-EF/94.06.2 del 08 de noviembre de 2010, con la opinión favorable de la Responsable Legal; CONSIDERANDO: Que, mediante escrito presentado el 15 de enero de 2010, complementado el 18 y 19 de enero; 02 y 10 de marzo; 26 y 27 de abril; 12 de mayo; 12, 14 y 26 de octubre, así como el 02 de noviembre de 2010, Columbia Pacifi c Capital S.A. y el señor Daniel Stuart Berns, solicitaron autorización para la organización de una sociedad administradora de fondos de inversión a ser denominada FARO CAPITAL SAFI S.A.; Que, de acuerdo con la información presentada, los organizadores mencionados en el párrafo anterior tendrán una participación accionaria de 99% y 1%, respectivamente, en FARO CAPITAL SAFI S.A.; Que, de la evaluación a la documentación presentada se ha determinado que los organizadores de la sociedad administradora de fondos de inversión a ser denominada FARO CAPITAL SAFI S.A. han cumplido con los requisitos para la obtención de la autorización de organización, establecidos en los artículos 17 y 18 del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV N° 042-2003-EF/94.10 y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 056-2002-EF; Que, asimismo, al no haberse formulado objeciones a la formación de la sociedad administradora o a las personas que la organizan, dentro del plazo establecido por el artículo 18 del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, corresponde se otorgue la autorización solicitada; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del artículo 2 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126; artículo 36 de la Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobado por el Decreto Legislativo N° 862, el literal b) inciso i) del artículo 32 del Reglamento de Organización y Funciones de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2007-EF; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar a Columbia Pacifi c Capital S.A y al señor Daniel Stuart Berns la autorización de organización de una sociedad administradora de fondos de inversión denominada FARO CAPITAL SAFI S.A. Artículo 2º.- La presente resolución no autoriza el inicio de actividades de administración de fondos de inversión hasta que CONASEV expida la autorización de funcionamiento respectiva. Artículo 3º.- Difundir la presente resolución a través del diario ofi cial El Peruano y el Portal de CONASEV. Artículo 4º.- La presente resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a Columbia Pacifi c Capital S.A. y al señor Daniel Stuart Berns. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODNY RIVERA VIA Director de Patrimonios Autónomos (e) 565364-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Se suprime la aplicación de derechos antidumping definitivos impuestos por Res. Nº 150-2005/CDS-INDECOPI sobre importaciones de tejidos de algodón y mezclas poliéster/algodón, originarios de la República Federativa del Brasil RESOLUCIÓN Nº 196-2010/CFD-INDECOPI Lima, 4 de noviembre de 2010